BOLETÍN Nº 169 - 31 de julio de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 61E/2020, de 6 de julio, de la Directora General de Ordenación del Territorio por la que se dispone la publicación, en el Boletín Oficial de Navarra, de la Orden Foral 37E/2020 de 13 de marzo del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General Municipal en lo relativo a la categoría del suelo no urbanizable en zona de huertas (términos de la Tranca y El Amplo), y al artículo 117 de la Normativa Urbanística Particular, sobre casetas de aperos, del Plan General Municipal de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de Murillo el Fruto.

Mediante Orden Foral 37E/2020, de 13 de marzo del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, se aprobó definitivamente el expediente de modificación del Plan General Municipal en lo relativo a la categoría del suelo no urbanizable en zona de huertas (términos de la Tranca y El Amplo), y al artículo 117 de la Normativa Urbanística Particular, sobre casetas de aperos, del Plan General Municipal de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de Murillo el Fruto, condicionando su publicación en el Boletín Oficial de Navarra a la aportación de un Texto Refundido de la modificación en el que se incluyan las correcciones señaladas en dicha Orden Foral.

Habiéndose aportado el Texto Refundido exigido y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Territorio y Paisaje, procede la publicación de la citada Orden Foral de aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

RESUELVO:

1.º Disponer la publicación, en el Boletín Oficial de Navarra, de la Orden Foral 37E/2020, de 13 de marzo, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General Municipal en lo relativo a la categoría del suelo no urbanizable en zona de huertas (términos de la Tranca y El Amplo), y al artículo 117 de la Normativa Urbanística Particular, sobre casetas de aperos, del Plan General Municipal de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de Murillo el Fruto, cuyo texto íntegro se recoge en el anexo que se adjunta a esta Resolución.

2.º Señalar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente Resolución.

3.º Trasladar esta Resolución al Ayuntamiento de Murillo el Fruto y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de julio de 2020.–La Directora General de Ordenación del Territorio, Izaskun abril Olaetxe.

ANEXO

Orden Foral 37E/2020, de 13 de marzo, de la Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General Municipal en lo relativo a la categoría del suelo no urbanizable en zona de huertas (términos de la Tranca y El Amplo), y al artículo 117 de la Normativa Urbanística Particular, sobre casetas de aperos, del Plan General Municipal de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de Murillo el Fruto.

El Ayuntamiento de Murillo el Fruto ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva, incorporando la determinación a la normativa “del suelo no urbanizable en zona de huertas”: “la actividad constructiva permitida de invernaderos no puede emplear cimentaciones, ni fábrica de obra de ningún tipo”, en un Texto Refundido, certificado por parte de la Secretaría del Ayuntamiento, a remitir a este Departamento en un plazo máximo de tres meses.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan General Municipal en lo relativo a la categoría del suelo no urbanizable en zona de huertas (términos de la Tranca y El Amplo), y al artículo 117 de la Normativa Urbanística Particular, sobre casetas de aperos, del Plan General Municipal de Murillo el Fruto, promovido por el Ayuntamiento de Murillo el Fruto, incorporando la siguiente determinación a la normativa “del suelo no urbanizable en zona de huertas”: “la actividad constructiva permitida de invernaderos no puede emplear cimentaciones, ni fábrica de obra de ningún tipo”, en un Texto Refundido, certificado por parte de la Secretaría del Ayuntamiento, a remitir a este Departamento en un plazo máximo de tres meses.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Murillo el Fruto a los efectos de que proceda a remitir el Texto Refundido certificado.

4.º Condicionar la publicación de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a la entrega del citado Texto Refundido certificado.

Pamplona, a 13 de marzo de 2020.–El Consejero del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Aierdi Fernández de Barrena.

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