BOLETÍN Nº 118 - 29 de septiembre de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO TRES DE TUDELA

Edicto. Juicio verbal L.E.C. 2000 675/2010

Se hace saber que en este Juzgado se sigue el procedimiento arriba indicado, por reclamación de cantidad habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia número Tres de Tudela (Navarra). Pablo Sarasate, 4.

Asunto: 675/2010 juicio verbal, (reclamación de cantidad por responsabilidad contractual).

Sentencia número 149/2010. En Tudela a 15 de septiembre de 2010.

Vistos por mí, don Oscar Ortega Sebastián Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de los de Tudela, los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el número 675/2010, a instancia de la mercantil Forjados Orgues, S.L., representada por el procurador de los tribunales don Javier Martínez González y asistida por el letrado don Juan José Huerta Chueca, contra don José Ramón Bikuña Serrano, en situación de rebeldía procesal, por el caso de reclamación de cantidad y responsabilidad derivada de incumplimiento contractual, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo:

Se estima totalmente la demanda interpuesta por la mercantil Forjados Orgues, S.L., contra don José Ramón Bikuña Serrano por responsabilidad contractual y se condena a la misma al pago por incumplimiento, de la cantidad de 5.928,89 euros, (cinco mil novecientos veintiocho euros con ochenta y nueve céntimos) más los intereses legales desde la fecha de reclamación judicial 3 de junio de 2010 e incrementados en dos puntos desde fecha de esta resolución y las costas del procedimiento.

La presente sentencia quedará custodiada y debidamente coleccionada en el libro de sentencias de este Juzgado, bajo custodia del federatario público, dejándose certificación literal en los autos de los que dimana, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma puede interponerse ante este mismo Juzgado recurso de apelación, previa constitución del preceptivo y correspondiente depósito en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo dispuesto en la Disposición Adicional 15.ª de la LOPJ conforme a la reforma llevada a cabo por la Ley 1/2009 de fecha 3 de noviembre, en el plazo de cinco días, del que conocerá en su caso la Audiencia Provincial de Navarra.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, ordeno y mando, don Oscar Ortega Sebastián, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Tudela.

Y para que sirva de notificación a José Ramón Bikuña Serrano hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Tudela, 15 de septiembre de 2010.-El Secretario Judicial, Elías Marchite Lorente.

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