II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
TAFALLA
Aprobación definitiva modificación P.E.P.R.I Sector E-4 manzana 191, polígono 34, parcelas 669 Y 670
El Ayuntamiento de Tafalla, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 31 de marzo de 2008, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación del P.E.P.R.I. Sector E-4, manzana 191 parcelas 669 y 670 del Polígono 34, promovida por Promociones Valdetina Juan y Xabier, S.L.
NORMATIVA URBANISTICA
8.-Ficha normativa modificada manzana 191 Determinaciones básicas del P.E.P.R.I:
Las determinaciones del Plan Especial de Protección y Reforma Interior vigente para la manzana 191, transcritas de la Normativa Pormenorizada son las siguientes:
-Clasificación: Suelo Urbano.
-Régimen Urbanístico: Conservación.
Restauración: 2A:-. 2B: Túbal 70. 2C: Poyo 3 y 9 y parcela 661.
Indiferencia: El resto
Fuera de Ordenación: Parcelas 684, 687, 666.
-Calificación pormenorizada:
Usos tolerados:
.Artículo 34. todos los compatibles con la vivienda que cumplan la legislación vigente y, en particular, la que hace referencia a las actividades MINP.
Usos prohibidos:
.artículo 34. El resto y en particular la industria de gran tamaño y los usos pecuarios no regulados por el Decreto Foral188/1986, de 24 de junio.
.Limitación de usos en plantas elevadas: 1.-Deberán estar integrados dentro de las viviendas de sus titulares. 2.-La implantación de usos tolerados, no superará el 25% de la superficie construida correspondiente, referida al ámbito total del Plan, excluyéndose de este conjunto los edificios destinados por el Plan a Equipamientos y Dotaciones, y que vienen representados en el plano número 5.
Usos en Planta baja:
.Se permite garaje en calle Monte Busquil.
.Se permite vivienda en Calle Poyo y Misericordia.
Artículo 35, 36, 37,38, 39,40:
.Se tolerará el uso industrial que sea compatible con el residencial, en las siguientes condiciones: 1.-Sólo en Planta Baja. 2.-Se cumplirá la legislación vigente y en particular la referente a actividades MIMP.
.Se tolerarán las actividades artesanales y los talleres domésticos que sean compatibles con el uso residencial, en las siguientes condiciones: 1.-En planta baja, entreplantas y en la primera planta. 2.-En el resto de plantas altas con las limitaciones establecidas en el artículo 35. 3.-Se deberá cumplir la legislación vigente y en particular la referente a las actividades MINP.
.Se permitirá el uso de almacén en planta baja, en planta sótano siempre que esté ligado al uso comercial de planta baja; y en planta entrecubierta siempre que esté vinculado a las viviendas del inmueble. No se permitirá en plantas elevadas. En todo caso se deberá cumplir la legislación vigente y en particular la referente a las actividades MINP.
.Se permitirá el uso hotelero en los mismos lugares que para el uso de vivienda y en las mismas condiciones. Se deberá cumplir la legislación vigente y en particular la referente a actividades MINP.
Usos en Planta elevada: Los definidos anteriormente.
Artículos 35,38,40,42:
.Se toleran en planta baja y entreplantas los usos de oficinas, despachos profesionales y servicios profesionales, en plantas elevadas con las limitaciones establecidas en el artículo 35.2.
-Condiciones de la edificación:
Alineaciones y rasantes:
.Las de Planos de ordenación y plano 4.1 de modificación para las parcelas 668, 669 Y 670.
Superficie máxima:
.Planta baja: La de Planos
.Planta elevada: La de Planos
Tipología: Vivienda Urbana no exenta.
Altura máxima:
.B+2 (Los edificios número 31 al 49 de la calle Misericordia B+1).
.B+3 Monte Busquil número 2.
Otras: Los huecos de Planta primera de calle Misericordia y Túbal serán asgados (balcón). En planta Baja calle Misericordia el material de fachada será sillarejo o en su caso piedra natural.
Agregación de parcelas: artículos 53, 84.
Grado mínimo de Rehabilitación:
.Grado 3: Parcelas 676, 681 y 666
.Grado 2: Parcelas 677,680,683,685,686,690,659, y B+1 de 667
.Grado 1: El resto
Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 y 74 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Tafalla, 11 de abril de 2008.-La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.
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