BOLETÍN Nº 10 - 23 de enero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 459/2007, de 20 de diciembre, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales para la instalación de: "Nueva línea eléctrica aérea de alimentación, a 66 kV. D/C a STR Zidacos, nuevas salidas aéreo-subterráneas, a 13,2 kV., eliminación parcial de línea aérea a 13,2 kV., e instalación de nueva STR 66/13,2 kV., Zidacos en Olite", promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Con fecha 30 de mayo y 23 de agosto de 2007 han tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental las solicitudes de Autorización de Afecciones Ambientales de los expedientes arriba citados, correspondientes a instalación de líneas de 66/13,2 kV. e instalación de la STR Zidacos.

El proyecto se incluye en el Anexo 2C, apartado I de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se someten, conjuntamente, al régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

Esta Ley Foral establece en el artículo 28 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo emite informe favorable a la propuesta, tomando también en consideración el favorable informe sobre posible repercusión negativa en el entorno de protección del Bien de Interés Cultural "Castillo de Olite". No se adjunta informe urbanístico municipal.

Vistos los informes que figuran en el expediente, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 28.1 de la indicada Ley Foral 4/2005, que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Otorgar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. la Autorización de Afecciones Ambientales para la construcción de nueva línea aérea de alimentación, a 66 kV. D/C a STR Zidacos, nuevas salidas aéreo-subterráneas, a 13,2 kV., eliminación parcial de línea aérea existente a 13,2 kV., e instalación de nueva STR 66/13,2 kV., Zidacos en Olite.

2.º La validez de la presente Autorización estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones y medidas correctoras:

-Incidir en que, según lo previsto en el Estudio de Afecciones Ambientales, al iniciar la instalación de las líneas subterráneas, en la apertura de cimientos de apoyos y ocupación de terreno de la STR, se retire la tierra vegetal (capa superficial de suelo, de 30 centímetros de espesor) que se acopiará separadamente para reutilizarla posteriormente en los trabajos de restauración de terrenos afectados. El material de excavación, según su naturaleza y calidad, se podrá utilizar en el posterior relleno de la zanja.

-Destacar, entre las medidas correctoras, la ejecución de las debidas actuaciones de integración paisajística.

-Se señalará con balizas salvapájaros, no solamente el vano sobre el río Zidacos, sino también el vano contiguo por estar próximo a la vegetación y fauna asociadas al río. Los elementos se dispondrán alternativamente en los correspondientes hilos de forma que, en dirección perpendicular a la traza, se aprecien a una distancia aparente de siete metros.

-Para finalizar las obras se realizará una completa limpieza. Los restos de obra, materiales sobrantes, elementos de las líneas que se desguacen y otros residuos generados, deberán llevarse a escombrera autorizada.

-El promotor contratará, con cargo al presupuesto del Proyecto, un Agente Técnico Ambiental, con las funciones de: a) Hacerse responsable de la puesta en práctica del Programa de Vigilancia Ambiental; b) Asesorar a la Dirección de Obra para compaginar el desarrollo de las actuaciones propuestas con las determinaciones ambientales establecidas; c) Informar a la Dirección General de Medio Ambiente y Agua, tanto mediante informes periódicos (derivados de desarrollos previstos) como instantáneos (derivados de impactos imprevistos o desacuerdos con la Dirección de Obra). El conjunto de informes periódicos se compondrá de un informe inicial, previo al inicio de las obras; varios informes de periodicidad mensual, durante la ejecución de las obras; otros informes de periodicidad semestral, durante los dos posteriores años de seguimiento de la evolución de las actuaciones ejecutadas y el informe final.

-Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, la empresa promotora se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

3.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente, que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

4.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos de Autorización de Afecciones Ambientales.

5.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio, al Guarderío de Medio Ambiente, al Ayuntamiento de Olite y al interesado con sede en Bilbao y Delegación de Pamplona, a los efectos oportunos.

Pamplona, 20 de diciembre de 2007.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

Código del anuncio: F0719678