BOLETÍN Nº 60 - 19 de mayo de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

RESOLUCION 1117/2006, de 2 de mayo, del Director General de Función Pública, por la que se aprueban las convocatorias para la constitución, a través de pruebas selectivas, de dos relaciones de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, una para la contratación temporal y otra para la formación, en situación de servicios especiales.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, con carácter previo a la contratación temporal, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos ofertará el desempeño de aquellos puestos de trabajo que pretenda cubrir a sus empleados fijos, convocando a tal efecto las correspondientes pruebas selectivas para la confección de listas de aspirantes en formación.

A la vista de las necesidades de personal existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra procede realizar una convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación, de puestos de trabajo de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, así como de una relación de aspirantes a la contratación temporal de dicho puesto de trabajo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en el Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre y en la Orden Foral 199/2004, de 30 diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el artículo 42.2 c) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra y la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se anuncian las siguientes

CONVOCATORIAS

I._CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCION DE UNA RELACION DE ASPIRANTES A LA CONTRATACION TEMPORAL COMO INGENIERO TECNICO DE OBRAS PUBLICAS

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera._Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Segunda._Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Hallarse en posesión del título de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o título declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado 2.1.c) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados, en el plazo que a tal efecto se determine por Resolución del Director General de Función Pública, de acuerdo con lo establecido en la norma sexta de las comunes a las convocatorias.

2.3. El cumplimiento de todos los requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Tercera._Desarrollo y valoración del proceso de selección.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas por la presente Resolución. En cualquier caso, las pruebas no darán comienzo antes del mes de septiembre de 2006.

Cuarta._Llamamiento de los aspirantes a la contratación temporal.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en las bases de esta convocatoria, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen normas de provisión temporal de puestos de trabajo (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 144 de 2 de diciembre de 2005) y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002 de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

II._CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCION DE UNA RELACION DE ASPIRANTES EN FORMACION COMO INGENIERO TECNICO DE OBRAS PUBLICAS

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera._Se anuncia convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a desempeñar en situación de servicios especiales para la formación el puesto de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

Esta relación de aspirantes en formación tendrá carácter subsidiario respecto del personal al que se refiere la Disposición Transitoria Primera del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Segunda._Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de empleado fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y estar encuadrado en los niveles o grupos C, D o E.

b) Haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Estar en posesión de la titulación de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o título equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Dicha titulación debe ser distinta de aquella por la que el empleado fijo se encuentra en servicio activo.

2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado 2.1.d) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados, en el plazo que a tal efecto se determine por Resolución del Director General de Función Pública, de acuerdo con lo establecido en la norma sexta de las comunes a las convocatorias.

2.3. El cumplimiento de todos los requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse en el momento del llamamiento y durante el periodo de formación.

2.4. No podrá participar en la presente convocatoria el personal docente del Departamento de Educación, el personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, ni el personal excluido del ámbito de aplicación del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tercera._Desarrollo y valoración del proceso de selección.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas por la presente Resolución. En cualquier caso, las pruebas no darán comienzo antes del mes de septiembre de 2006.

Cuarta._Llamamiento de los aspirantes en formación.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la declaración en situación de servicios especiales para la formación se realizará de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en la Orden Foral 199/2004, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el procedimiento de constitución y gestión de las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en formación (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 157, de 31 de diciembre) y demás normativa que resulte de aplicación.

III._NORMAS COMUNES A LAS DOS CONVOCATORIAS

Primera._Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes para las dos convocatorias aprobadas por la citada Resolución será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Segunda._Instancias.

2.1. Las instancias para poder participar en las convocatorias deberán presentarse en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, (vestíbulo) de Pamplona, en cualquiera de las demás oficinas del Registro General mencionado, cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 33, de 18 de marzo de 2005, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

2.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I, para los aspirantes a la contratación temporal y en el Anexo II, para los aspirantes en formación. Estos modelos se facilitarán en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público".

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes sólo deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite la identidad y nacionalidad del aspirante y, en su caso, de los requisitos de nacionalidad y parentesco exigidos en la base 2.1.a de la convocatoria relativa a la contratación temporal.

Unicamente los aspirantes que resulten aprobados deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de titulación, en el plazo que a tal efecto se determine por Resolución del Director General de Función Pública, de acuerdo con lo establecido en la norma sexta de las comunes a las convocatorias. Esta documentación no deberá aportarse junto con la instancia de participación.

Quienes no presenten los documentos señalados en este apartado 2.2., serán excluidos del procedimiento selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

2.3. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Tercera._Admisión de aspirantes.

3.1. Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, hará públicas, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Av. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las convocatorias aprobadas por la mencionada Resolución.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de diez días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

3.2. Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán públicas en el Tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en las convocatorias.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en las convocatorias. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes o de la que obra en poder de la Administración, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en las convocatorias.

3.3. Con la publicación de las listas de aspirantes admitidos y excluidos se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados a los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarta._Pruebas.

4.1. El proceso selectivo se llevará a cabo mediante la realización de una prueba, compuesta por dos ejercicios, que se desarrollarán en una única jornada, no antes del mes de septiembre de 2006:

A) Primer ejercicio: de carácter teórico consistirá en el desarrollo por escrito de un tema, elegido por los aspirantes de entre dos extraídos al azar, de los que componen el temario que figura como anexo III de la presente Resolución.

B) Segundo ejercicio: de carácter práctico consistirá en el desarrollo de un supuesto planteado por el Tribunal en relación con el temario que figura como anexo III de la presente Resolución.

4.2. Cada uno de los ejercicios de los que se compone la prueba será valorado con una calificación máxima de 10 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a la prueba en su conjunto, es decir, 10 puntos.

4.3. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.

4.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Quinta._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Jesús González Albero, Director del Servicio de Caminos y Construcción del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Presidente Suplente: Don Amador Mariscal Martínez, Jefe de la Sección de Obras III del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Vocal: Don Daniel Luis Rivas Sánchez, Director del Servicio de Conservación del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Vocal suplente: Don Juan Serrano Medrano, Jefe de la Sección de Conservación del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Vocal: Don Jesús Posadas Martínez, Director del Servicio de Ordenación y Gestión del Transporte, del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Vocal suplente: Don Jesús Armendáriz Mateo, Jefe de la Sección de Explotación de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Vocal: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en la Comisión de Personal de Administración Núcleo, propuesto por la misma.

Vocal Suplente: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en la Comisión de Personal de Administración Núcleo, propuesto por la misma.

Vocal-Secretario: Doña Maite Ezkurra Mata, Jefa del Negociado de Gestión Administrativa y Jurídica del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Vocal-Secretario Suplente: Doña María Rosario Loitegui Biurrun, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

5.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de las convocatorias.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en éstas.

Sexta._Relaciones de aprobados.

6.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el lugar de su celebración, de forma separada, las siguientes relaciones:

_Relación de aspirantes aprobados en la convocatoria relativa a la contratación temporal, por orden de puntuación total obtenida.

_Relación de aprobados en la convocatoria de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación, por orden de puntuación total obtenida.

Asimismo, el Tribunal remitirá las relaciones a que se refiere la presente norma al Director General de Función Pública para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

6.2. Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre los aspirantes se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Convocatoria de contratación temporal: los empates se resolverán atendiendo a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de los que se compone la prueba, por el orden en que se hayan realizado. En caso de que persista el empate, éste se resolverá mediante sorteo celebrado al efecto en el Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública, al que serán convocados los aspirantes afectados.

b) Convocatoria de aspirantes en formación: los empates se resolverán atendiendo a la mayor antigüedad que tengan reconocida los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria. De persistir el empate, éste se resolverá mediante sorteo celebrado al efecto en el Servicio de Gestión de Personal, al que serán convocados los aspirantes afectados.

6.3. Una vez recibido el expediente del Tribunal calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se harán públicas las relaciones de aprobados en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, y se concederá a los aspirantes aprobados un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar fotocopia compulsada del título de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o título declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo mantenerse durante todo el procedimiento selectivo y durante el periodo de prestación de servicios.

Séptima._Listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

7.1. Los aspirantes aprobados que cumplan todos los requisitos exigidos en las convocatorias, serán incluidos en las listas de aspirantes al desempeño, con carácter temporal, del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico de Obras Públicas. A tal fin por Resolución del Director General de Función Pública se aprobarán las siguientes relaciones que se publicarán en el Tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Av. Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

_lista de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

_Lista de aspirantes al desempeño, en situación de servicios especiales para la formación, del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

7.2. Quienes dentro del plazo indicado en la norma sexta no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes al desempeño del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico de Obras Públicas a que se refiere la presente norma. Estos aspirantes serán excluidos del procedimiento selectivo por Resolución del Director General de Función Pública y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la correspondiente convocatoria.

7.3. El llamamiento de los aspirantes que figuren en las relaciones a que se refiere la presente norma se realizará de acuerdo con lo establecido en las bases de las convocatorias aprobadas por la presente Resolución y garantizando, en todo caso, la prioridad en el llamamiento de los aspirantes en formación sobre los aspirantes a la contratación temporal.

Octava._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra las convocatorias, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Modelo de instancia

Solicitud para participar en la convocatoria de contratación temporal del puesto de trabajo de ............................. publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número .......... de fecha ..................................

1) Datos personales.

Nombre y Apellidos ................................ DNI ..................... Nacionalidad ....................... Fecha nacimiento ........................... Domicilio ................................... Localidad ................................... Provincia .............................. Código Postal ......................... Teléfonos (máx 3) .......................

2) Acreditación de discapacidad. (únicamente cuando proceda)

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

3) Plazas en vascuence. (únicamente cuando lo contemple la convocatoria)

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

4) Asimismo manifiesta:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo, ni está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, a ...... de .................. de 2006.

(Firma)

ANEXO II

Modelo de instancia

Solicitud para participar en la convocatoria de nuevos aspirantes en formación del puesto de trabajo de .................... publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ........... de fecha ............................

1) Datos personales.

Nombre y Apellidos ................................ DNI ..................... Nacionalidad ....................... Fecha nacimiento ........................... Domicilio ................................... Localidad ................................... Provincia .............................. Código Postal ......................... Teléfonos (máx 3) .......................

2) Datos del puesto de trabajo para el que fue nombrado.

Departamento

Servicio

Puesto de trabajo

Nivel

3) Acreditación de discapacidad. (únicamente cuando proceda)

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

4) Plazas en vascuence. (únicamente cuando lo contemple la convocatoria)

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

5) Asimismo manifiesta:

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria, distintas de aquellas por las que se encuentra en servicio activo, y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, a ........ de ................... de 2006.

(Firma)

ANEXO III

Temario (Ingeniero Técnico de Obras Públicas)

1._Legislación en materia de Defensa de las Carreteras de Navarra.

2._Conservación y explotación de la carretera. Organización de métodos de conservación. Vialidad invernal.

3._Conservación y explotación de la carretera. Grupos de actividades. Planes, programas y actuaciones.

4._Estudios y Planes de Seguridad y Salud en las Obras Públicas. Objeto, contenido.

5._Indices de peligrosidad. Estudios de accidentes. Aspectos a tener en cuenta en proyecto desde el punto de vista de la seguridad vial.

6._Elementos auxiliares: señalización, balizamiento, iluminación y defensa. Servicios auxiliares. Información.

7._Estudios de tráfico. Aforos. Encuestas. Estudios de Intensidades

8._Estudios de velocidad e intensidad. Capacidad y Niveles de Servicio en circulación continua. Otros estudios de tráfico

9._Instrucción de trazado de carreteras. Características geométricas. Planta, alzado y sección transversal. Coordinación de la planta y alzado de la carretera: criterios en relación con la comodidad y seguridad vial.

10._Intersecciones. Funcionamiento. Clasificación. Elementos. Tipos. Criterios de proyecto.

11._Enlaces. Elementos. Ramales. Estructuras. Vías colectoras y distribuidoras. Datos para el proyecto de un enlace. Tipos. Criterios de proyecto.

12._Estudios geológicos y geotécnicos. Objetivos y contenido. Estudio de procedencia de materiales.

13._Explanaciones. Proyecto y ejecución de desmontes y terraplenes. Diagrama de masas. Estudios de compensación de tierras.

14._Firmes y pavimentos. Normativa aplicable. Firmes flexibles, firmes rígidos y tratamientos pavimentos superficiales. Bases granulares.

15._Túneles en carretera. Criterios de proyecto. Conservación y mantenimiento.

16._Medidas de la seguridad en las carreteras en servicio. Análisis global de actuaciones. Prioridad de actuación.

17._Transportes de viajeros. Establecimiento, adjudicación y explotación de los servicios regulares permanentes de uso general. Régimen tarifario (Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre y disposiciones de desarrollo).

18._Explotación de las concesiones. Unificación y extinción de las concesiones. Servicios regulares permanentes de uso general en condiciones especiales de prestación. Transportes regulares temporales y de uso especial.

19._Autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros en autobús. Requisitos que deben cumplir los titulares de las autorizaciones. Visado de autorizaciones. Rehabilitación de autorizaciones caducadas por falta de visado. Autorizaciones de transporte privado complementario de viajeros en autobús.

20._Arrendamiento de vehículos sin conductor. Arrendamiento de vehículos con conductor. Transporte escolar.

21._La Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del taxi de Navarra.

22._Autorizaciones de transporte de mercancías: Condiciones para su obtención. Características de los vehículos. N.º mínimo y antigüedad. Requisitos de los titulares de las autorizaciones de transporte público de mercancías.

23._Régimen sancionador de los transportes por carretera y de las actividades auxiliares y complementarias de los mismos. Documentos de control.

Pamplona, 2 de mayo de 2006
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

Código del anuncio: F0607566