BOLETÍN Nº 72 - 13 de junio de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Modificación Acuerdo de Colaboración entre el Gobierno de Navarra, Ayuntamiento de Pamplona y Caja de Ahorros de Navarra

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 5 de abril de 2001, adoptó el siguiente acuerdo:

"Habiendo transcurrido el plazo establecido para la emisión del preceptivo dictamen por el Consejo de Navarra en relación con el asunto epigrafiado sin que el mismo se haya recibido en este Ayuntamiento, entendiendo, por tanto, que éste es favorable y de conformidad con el informe de la Letrado de la Gerencia Municipal de Urbanismo de 24 de octubre de 2000, obrante en el expediente, se acuerda modificar el modelo de Acuerdo de Colaboración entre el Gobierno de Navarra, Ayuntamiento de Pamplona y Caja de Ahorros de Navarra, sobre cesión de parcela municipal para la construcción de un Centro Cívico, en los apartados que a continuación se enumeran, con el siguiente tenor literal:

1.º En el expositivo Segundo, donde dice:

"De la anterior finca el Ayuntamiento de Pamplona cederá, previa segregación y de acuerdo con el planeamiento, al Gobierno de Navarra a título gratuito la propiedad de la siguiente finca: Parcela 15.1 en el denominado Sector "J" de la Primera Zona del III Ensanche de Pamplona, que tiene una superficie de tres mil metros cuadrados. Linda: Norte, Avenida de Barañáin; Este y Sur, con resto de parcela número 15 de la que se segrega, y Oeste, con paseo peatonal Jose María Lacarra", debe decir:

"De la anterior finca el Ayuntamiento de Pamplona cederá, previa segregación y de acuerdo con el planeamiento, al Gobierno de Navarra a título gratuito la propiedad de la siguiente finca: Parcela 15.1 en el denominado Sector "J" de la Primera Zona del III Ensanche de Pamplona, que tiene una superficie de tres mil ochocientos veintisiete metros cuadrados. Linda: Norte, Avenida de Barañáin; Este, Oeste y Sur, con resto de parcela número 15 de la que se segrega".

2.º En el acuerdo Cuarto:

A) Tras el primer párrafo incorporar el siguiente:

"Será responsabilidad de los promotores del Centro Cívico la ejecución de la Urbanización y ajardinamiento de las zonas exteriores a él, bien estén incluidas dentro de la parcela edificable o bien pertenezcan al espacio libre restante".

B) En la descripción del programa que ha de cumplir el Proyecto, tras el apartado C), debe añadirse:

"Apartado D) I: Aparcamiento subterráneo público".

3.º Por otra parte, todas las referencias que en este documento se hacen a "Caja de Ahorros de Navarra" se realizarán a "Caja de Ahorros y Monte de Piedad Navarra",resultado de la fusión de dicha entidad y la "Caja de Ahorros y Monte de Piedad Municipal de Pamplona".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, o bien:

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, dieciocho de abril de dos mil uno. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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