BOLETÍN Nº 71 - 14 de abril de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERIÁIN

Calendario de recaudación de 2026

A efectos de garantizar una mayor seguridad jurídica y dado que los siguientes recursos se liquidan sobre la base de registros de contribuyentes, sin que sea necesario la notificación personal, de conformidad con el artículo 77 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, en relación con el 86.3 y 143 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y de la Resolución de Alcaldía número 150, de 16 de marzo de 2026 se hacen públicos a continuación los periodos voluntarios de pago de los diversos tributos y otros ingresos de derecho público para el ejercicio 2026, con arreglo a las respectivas ordenanzas fiscales o normas reguladoras de precios públicos, y en su caso, pliegos de condiciones, y con lo establecido en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra respecto al devengo de los respectivos tributos, que serán los que a continuación se relacionan:

1. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 12 de marzo al 20 de abril.

2. Contribución territorial (urbana y rústica):

–Primer semestre: del 5 de mayo al 5 de junio.

–Segundo semestre: del 4 de noviembre al 4 de diciembre.

3. Impuesto de actividades económicas: del 16 de noviembre al 16 de diciembre.

4. Terrenos comunales: del 7 de septiembre al 7 de octubre.

Las liquidaciones domiciliarias se girarán al cobro pasado el periodo voluntario de pago.

El pago de los recibos no domiciliados podrá efectuarse en cualquiera de las cuentas bancarias titularidad del Ayuntamiento, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o en las oficinas municipales.

Transcurrido el plazo de pago voluntario, y si se produjeran devoluciones en el caso de los recibos domiciliados, se aplicará el recargo ejecutivo del 5 por 100, previsto en el artículo 117 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria y se iniciarán los trámites para proceder al cobro por la vía de apremio, que conlleva, a su vez, el recargo del 20 por 100 a que se refiere el artículo citado.

El comienzo del período ejecutivo determinará asimismo el devengo de los intereses de demora.

Contra las liquidaciones practicadas, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al último día de pago voluntario, o, previamente y con carácter potestativo, algunos de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de al último día de pago voluntario.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al último día de pago voluntario.

Todo ello con las salvedades y especificidades previstas en el artículo 143 de la de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, respecto a la contribución territorial.

Lo que se publica para su general conocimiento.

Beriain, 16 de marzo de 2026.–El alcalde, José Manuel Menéndez González.

Código del anuncio: L2604264

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es