BOLETÍN Nº 68 - 4 de abril de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 22E/2024, de 21 de marzo, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se corrige el error detectado en la convocatoria de la subvención a entidades sin ánimo de lucro y a empresas para la ejecución de proyectos en materia de igualdad de género y conciliación.

Mediante Resolución 5E/2024, de 22 de febrero, del director general de Economía Social y Trabajo se aprobó la convocatoria de la subvención a entidades sin ánimo de lucro y a empresas para la ejecución de proyectos en materia de igualdad de género y conciliación.

Se ha detectado un error en la base 8 del anexo III de la convocatoria puesto se establece la obligatoriedad de registrar un plan de igualdad en REGCON durante el año 2024 cuando debía decir 2025.

En virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común: "Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Por lo que procede corregir el error detectado y señalar que dónde dice: "Las empresas y/o entidades que accedan a la subvención para la realización de un diagnóstico de situación elaborado conforme a los previsto en el artículo 7 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, tendrán la obligación de redactar el plan de igualdad durante el año 2024 y su correspondiente registro en REGCON", debe decir: "Las empresas y/o entidades que accedan a la subvención para la realización de un diagnóstico de situación elaborado conforme a los previsto en el artículo 7 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, tendrán la obligación de redactar el plan de igualdad durante el año 2025 y su correspondiente registro en REGCON".

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Corregir el error de la base 8 del anexo III y señalar que debe decir: "Las empresas y/o entidades que accedan a la subvención para la realización de un diagnóstico de situación elaborado conforme a los previsto en el artículo 7 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, tendrán la obligación de redactar el plan de igualdad durante el año 2025 y su correspondiente registro en REGCON".

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 21 de marzo de 2024.–El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.

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