BOLETÍN Nº 64 - 26 de marzo de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZIZUR MAYOR

Información pública del Plan estratégico de subvenciones para 2024-2026

El Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2023, aprobó el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Zizur Mayor / Zizur Nagusia para el período 2024-2026.

Lo que se publica en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 221.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Anexo: Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia para el período 2024-2026.

Zizur Mayor, 7 de marzo de 2024.–El alcalde, Jon Gondán Cabrera.

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ZIZUR MAYOR-ZIZUR NAGUSIA PARA EL PERIODO 2024-2026

1.–Marco normativo.

–Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

–Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

–Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.

–Ordenanza Municipal para la igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.

2.–Procedencia de la aprobación del presente plan estratégico de subvenciones.

De conformidad con el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los órganos de las administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por lo que respecta al ámbito de esta Corporación, la exigencia de aprobación previa de un plan estratégico de subvenciones viene impuesta también por el artículo 3 de la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones de Zizur Mayor-Zizur Nagusia. De conformidad con este precepto, dicho plan deberá incluir una previsión de las acciones a desarrollar en materia de subvenciones para un periodo de tres años, comprendiendo la totalidad de las que prevea establecer el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia, salvo que por motivos debidamente acreditados se considere conveniente su desglose en más de un plan estratégico.

En virtud de la potestad de programación o planificación atribuida a las entidades locales por el artículo 4.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se ha elaborado el presente Plan Estratégico, con la participación de todas las Áreas, Centros de Gestión y Unidades Administrativas responsables de la gestión de subvenciones del Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.

3.–Naturaleza jurídica.

El plan estratégico de subvenciones se configura como un instrumento programático, de planificación de políticas públicas, carente de carácter normativo y cuyo contenido no crea derechos ni obligaciones, no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni genera derechos ni obligaciones para la Administración, quedando su efectividad condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. Así se desprende de los artículos 10 a 15 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

El plan estratégico no supone la generación de derecho alguno a favor de las potenciales personas beneficiarias, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica. El Plan se presenta como una guía que, dentro del marco normativo preestablecido, marca la pauta a seguir en la línea de fomento de actividades de interés general.

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.

Asimismo, en el establecimiento de subvenciones se deberá incorporar de manera transversal y preceptiva criterios sociales, tales como el arraigo local, la igualdad de mujeres y hombres, la calidad en el empleo, así como la responsabilidad social y la calidad social de las propuestas (art. 4 de la Ordenanza de Subvenciones), además de respetar y cumplir las disposiciones de las Ordenanzas municipales o Planes municipales en materia de euskera e igualdad.

4.–Competencia.

El órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones, es el Pleno municipal, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad subvencional o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.e) de la Ley de bases de Régimen Local.

No obstante, el órgano competente para conceder las subvenciones será Alcaldía.

5.–Ámbito subjetivo.

El presente Plan Estratégico de Subvenciones incluye tanto las subvenciones concedidas por este Ayuntamiento.

6.–Vigencia.

El ámbito temporal del presente Plan Estratégico de Subvenciones se propone para los ejercicios 2024 a 2026; y quedará prorrogado hasta la aprobación del siguiente Plan.

7.–Gestión y eficacia.

Para la consecución de los objetivos es necesario que cada Área, Centro de Gestión o Unidad Administrativa sea quien gestione en su ámbito la concesión de las subvenciones en los términos que se señalan en la LGS, correspondiendo a Intervención Municipal la fiscalización de las mismas, lo que conlleva la necesidad de coordinar las acciones.

8.–Costes previsibles y financiación.

Previo a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la autorización del gasto correspondiente.

No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine presupuestariamente.

Los créditos presupuestarios tienen carácter limitativo y vinculante por lo que no se podrán adquirir compromisos de gastos superiores a su importe.

No obstante, excepcionalmente, la convocatoria de subvenciones podrá fijar, además de la cuantía total máxima fijada dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria conforme a las reglas establecidas en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

9.–Control y seguimiento del plan estratégico.

El control y seguimiento del presente Plan Estratégico se realizará de forma anual, en dos aspectos.

a) Control económico-financiero de las subvenciones concedidas. Está encomendado a la Intervención General del Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia, y se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente.

b) Control y seguimiento del Plan, se encomienda al Pleno, para lo cual, cada una de las Áreas, Centro de Gestión o Unidad Administrativa que gestionan las subvenciones, remitirá en el primer cuatrimestre de cada ejercicio, memoria justificativa de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior con las siguientes especificaciones:

–Objeto, entidad beneficiaria e importe subvencionado.

–Subvenciones concedidas, justificadas, renunciadas y reintegradas (o en procedimiento de reintegro).

–El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos conforme a los indicadores que hubiere establecido, de su plazo de consecución, concretando el número de personas a las que ha alcanzado la acción subvencionada.

–Los costes efectivos en relación a los previsibles.

–Conclusiones o valoración global en la que conste la valoración en cuanto a los objetivos perseguidos y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa.

–Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.

10.–Líneas estrategicas de subvención.

En cumplimiento de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril de Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de la Ordenanza Municipal para la igualdad entre mujeres y hombres, el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia incorpora al presente Plan Estratégico de subvenciones el principio de igualdad entre mujeres y hombres, y no discriminación, de manera que en las diferentes convocatorias de subvenciones municipales se garantizará la inclusión entre los criterios de valoración la integración de la perspectiva de género en la solicitud presentada y en el proyecto o actividad subvencionada, salvo cuando no proceda, cuestión que deberá justificarse de forma motivada.

Con el fin de asegurar una adecuada evaluación de las solicitudes, las personas responsables contarán con formación en igualdad, o en su defecto, recibirán asesoramiento del área de igualdad.

Se podrá incluir como criterio de valoración a la hora de adjudicar subvenciones (a las asociaciones organizaciones o colectivos peticionarios el compromiso de estas con la igualdad de mujeres y hombres, tanto en lo referente a la composición de sus órganos directivos como en relación a las actividades que pretenden desarrollar o la formación o experiencia con la que cuentan en materia de igualdad.

Además, con carácter transversal, el Ayuntamiento se compromete a utilizar un porcentaje del monto de la línea de subvención al desarrollo y/o participación en actividades y/o eventos que promocionen la igualdad.

A estos efectos las beneficiarias de ayudas y subvenciones asumen las siguientes obligaciones:

1. Realizar un uso no sexista del lenguaje e imágenes en los contenidos de los carteles, textos y documentos que se elaboren como elementos de promoción de los programas, proyectos o actividades subvencionadas.

2. Incorporar la perspectiva de género en los programas, proyectos y actividades objeto de la subvención.

3. No generar ningún programa, proyecto o actividad que implique una discriminación directa o indirecta por razón de sexo, identidad u orientación sexual.

4. Elaborar memorias finales que incorporen una evaluación sobre el impacto de género, con indicadores y datos desglosados por sexo de las personas beneficiarias. Salvo cuando no proceda, y/o la recogida de estos datos no sea posible, cuestión que deberá justificarse de forma motivada.

Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento y de sus entidades dependientes, y en el que también se incluyen indicadores que se aplicarán según la línea estratégica, así como según la naturaleza de cada subvención, son las siguientes.

–Línea estratégica 1: bienestar social.

Objetivo estratégico: Contribuir a mejorar las condiciones de vida de personas y familias de Zizur Mayor-Zizur Nagusia que se encuentren en una situación precaria, prestando especial atención a las dimensiones de género avanzando en la disminución de la feminización de la pobreza en el municipio.

Objetivos específicos:

  • Garantizar la cobertura de necesidades básicas a personas o familias en situación de emergencia social o precariedad económica.
  • Garantizar la cobertura de necesidades de familias monoparentales en situación de emergencia social o precariedad económica.
  • Garantizar transporte a personas con discapacidad de movilidad e ingresos insuficientes.
  • Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro.
  • Promover la realización de actividades para promover autonomía personal y envejecimiento activo, atajando la influencia crucial del sexo y el origen étnico.

Indicadores:

a) N.º de personas beneficiarias, por sexo y tipo de familia.

b) Presupuesto utilizado en cada convocatoria.

c) N.º de ayudas por conceptos.

d) N.º de actividades desarrolladas según proyecto.

e) Resultados obtenidos.

f) N.º de participantes en las actividades desarrolladas, desagregado por sexo.

Plazo de ejecución: convocatorias anuales.

Fuentes de financiación: el presupuesto municipal de conformidad con las aplicaciones presupuestarias recogidas para cada anualidad.

Costes económicos: los costes económicos que se contemplen en los respectivos presupuestos municipales.

Procedimiento de concesión: se realizará en evaluación individualizada, en concurrencia competitiva y mediante la formalización del correspondiente convenio, en su caso, con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

Plan de actuación: mediante la elaboración de las correspondientes bases de la convocatoria en régimen de evaluación individualizada o en concurrencia competitiva y con la tramitación de convenios con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

–Línea estratégica 2: cooperación al desarrollo.

Objetivo estratégico: Cooperar en el desarrollo de los pueblos más desfavorecidos mejorando sus condiciones de vida mediante ayudas económicas a proyectos de solidaridad y desarrollo local, y utilizando el Enfoque de Género en el Desarrollo (GED).

Objetivos específicos:

  • Contribuir a la ejecución de acciones que contribuyan a la satisfacción de las necesidades básicas de los países y zonas más desfavorecidas o en vías de desarrollo.
  • Atender situaciones de emergencia a través de acciones de ayuda humanitaria.
  • Abordar las desigualdades y los desafíos específicos que enfrentan las mujeres de los pueblos más desfavorecidos.

Indicadores:

a) N.º de actuaciones realizadas según programa.

b) Resultados obtenidos.

c) Presupuesto utilizado.

d) Personas beneficiarias de los programas, por sexo.

Plazo de ejecución: convocatorias anuales.

Fuentes de financiación: el presupuesto municipal de conformidad con las aplicaciones presupuestarias recogidas para cada anualidad.

Costes económicos: los costes económicos que se contemplen en los respectivos presupuestos municipales.

Procedimiento de concesión: se realizará en concurrencia competitiva y mediante la formalización del correspondiente convenio, en su caso, con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

Plan de actuación: mediante la elaboración de las correspondientes bases de la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva y con la tramitación de convenios con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

–Línea estratégica 3: fomento de los intereses económicos.

Objetivo estratégico: Favorecer el desarrollo sostenible, el crecimiento económico y la promoción de Zizur Mayor-Zizur Nagusia con el fin de aumentar el bienestar social y la calidad de vida de la ciudadanía, promoviendo que mujeres y hombres tengan igualdad de oportunidades para beneficiarse de los avances económicos y sociales.

Objetivos específicos:

  • Favorecer el empleo de mujeres y hombres en Zizur Mayor-Zizur Nagusia.
  • Fomentar la creación de nuevas actividades empresariales en Zizur Mayor-Zizur Nagusia.
  • Promocionar el comercio minorista.
  • Reducir las desigualdades de género que obstaculizan la participación y el acceso equitativo a los beneficios del desarrollo sostenible, el crecimiento económico y la promoción de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.
  • Apoyar la rehabilitación de edificios de Zizur Mayor-Zizur Nagusia y la eliminación de barreras arquitectónicas de los mismos.

Indicadores:

a) N.º de solicitudes.

b) Presupuesto utilizado.

c) Incidencia en la tasa de desempleo de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.

d) Incidencia en la creación de empresas en Zizur Mayor-Zizur Nagusia.

e) Personas participantes en las actividades desarrolladas.

f) N.º de personas beneficiarias.

g) N.º de comercios adheridos a la Asociación de Comerciantes.

Plazo de ejecución: convocatorias anuales.

Fuentes de financiación: el presupuesto municipal de conformidad con las aplicaciones presupuestarias recogidas para cada anualidad.

Costes económicos: los costes económicos que se contemplen en los respectivos presupuestos municipales.

Procedimiento de concesión: se realizará en evaluación individualizada y mediante la formalización del correspondiente convenio, en su caso, con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

Plan de actuación: mediante la elaboración de las correspondientes bases de la convocatoria en régimen de evaluación individualizada y con la tramitación de convenios con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

–Línea estratégica 4: dinamización cultural y educativa.

Objetivo estratégico: Apoyar, difundir y promocionar el tejido cultural del municipio en todas sus dimensiones, promoviendo un acceso y participación equilibrada de mujeres y hombres en todas las actividades culturales que se desarrollen.

Objetivos específicos:

  • Promover, fomentar y apoyar la realización de actividades complementarias y extraescolares que favorezcan el desarrollo educativo e impliquen la participación activa de padres y madres y alumnado organizadas por las Apymas de centros escolares de educación infantil, primaria, secundaria y bachiller de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.
  • Promoción del transporte escolar a centros escolares de educación infantil y primaria de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.
  • Promoción y difusión de la cultura autóctona, favoreciendo la visibilización de las aportaciones de las mujeres.
  • Promoción y difusión de la música en todos sus géneros y manifestaciones.
  • Promoción y fomento de la creatividad, de la lectura y escritura, de las artes plásticas y escénicas y audiovisuales en todas sus dimensiones.
  • Fortalecer el movimiento asociativo en el ámbito cultural como forma de participación ciudadana.
  • Promoción y difusión de la lengua y cultura vasca.

Indicadores:

a) Presupuesto utilizado.

b) Actividades desarrolladas.

c) Alumnado y familias participantes, por sexo.

d) N.º de integrantes de las asociaciones beneficiarias, por sexo.

e) Material inventariable adquirido.

f) Repercusión social y cultural.

Plazo de ejecución: convocatorias anuales.

Fuentes de financiación: el presupuesto municipal de conformidad con las aplicaciones presupuestarias recogidas para cada anualidad.

Costes económicos: los costes económicos que se contemplen en los respectivos presupuestos municipales.

Procedimiento de concesión: se realizará en evaluación individualizada y mediante la formalización del correspondiente convenio, en su caso, con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

Plan de actuación: mediante la elaboración de las correspondientes bases de la convocatoria en régimen de evaluación individualizada y con la tramitación de convenios con las entidades que figuren nominativamente en el presupuesto.

–Línea estratégica 5: fomento de la actividad física y del deporte.

Objetivo estratégico: Ofrecer al conjunto de la ciudadanía la posibilidad de satisfacer sus necesidades deportivas e incentivar una práctica saludable como medio de mejora de la calidad de vida a través de las colaboraciones con otras entidades, interviniendo sobre los menores niveles de actividad física de las mujeres y fomentando la incorporación de las mujeres a aquellos ámbitos de las actividades deportivas en los que están infrarrepresentadas.

Objetivos específicos:

  • Impulsar y facilitar la organización de acontecimientos y espectáculos deportivos en Zizur Mayor-Zizur Nagusia por Clubes y secciones deportivas de esta localidad inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra y con convenio de colaboración firmado con el Patronato Municipal de Deportes.
  • Facilitar la participación de las criaturas, jóvenes y personas abonadas en las instalaciones deportivas de Zizur Mayor-Zizur Nagusia a través de clubes de Zizur Mayor-Zizur Nagusia que tengan firmado convenio de colaboración con el Patronato Municipal de Deportes para la promoción y fomento de distintas disciplinas deportivas mediante escuelas deportivas y su fidelización en las mismas.

Indicadores:

a) Presupuesto del evento.

b) Solicitudes presentadas.

c) Actividades desarrolladas.

d) Repercusión social.

e) Participación, por sexo y especialidad deportiva.

f) N.º de equipos o categorías, número de competiciones y número de desplazamientos.

Plazo de ejecución: convocatorias anuales.

Fuentes de financiación: el presupuesto municipal de conformidad con las aplicaciones presupuestarias recogidas para cada anualidad.

Costes económicos: los costes económicos que se contemplen en los respectivos presupuestos municipales.

Procedimiento de concesión: se realizará en evaluación individualizada y concurrencia competitiva.

Plan de actuación: mediante la elaboración de las correspondientes bases de la convocatoria en régimen de evaluación individualizada o concurrencia competitiva.

–Línea estratégica 6: fomento de los intereses juveniles en materia de vivienda.

Objetivo estratégico: Favorecer y facilitar el acceso a la vivienda de las personas jóvenes empadronadas en el municipio que quieran continuar viviendo en éste, con el fin de garantizar el crecimiento y desarrollo social de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.

Objetivos específicos:

  • Facilitar el acceso a la vivienda de las personas jóvenes empadronadas en el municipio.
  • Fomentar crecimiento y desarrollo social de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.
  • Apoyar que las personas empadronadas en el municipio, se emancipen y puedan seguir habitando en éste.
  • Reducir obstáculos económicos de las personas jóvenes en el acceso a la vivienda.
  • Colaborar económicamente en el cumplimiento del derecho ciudadano de acceso a una vivienda digna.
  • Abordar las desigualdades y los desafíos específicos que encuentran los jóvenes en materia de vivienda.

Indicadores:

a) N.º de solicitudes, diferenciadas por sexo.

b) Presupuesto utilizado.

c) N.º de personas beneficiarias, diferenciadas por sexo.

d) Repercusión social.

Plazo de ejecución: convocatorias anuales.

Fuentes de financiación: el presupuesto municipal de conformidad con las aplicaciones presupuestarias recogidas para cada anualidad.

Costes económicos: los costes económicos que se contemplen en los respectivos presupuestos municipales.

Procedimiento de concesión: se realizará en evaluación individualizada de forma que los expedientes serán tramitados y resueltos según el orden de entrada de las solicitudes.

Plan de actuación: mediante la elaboración de las correspondientes bases de la convocatoria en régimen de evaluación individualizada por orden de entrada de solicitudes.

Código del anuncio: L2404106