BOLETÍN Nº 64 - 26 de marzo de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

IRAÑETA

Tipos impositivos para 2024

El Ayuntamiento de Irañeta, en sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero de 2024, adoptó el siguiente acuerdo que se transmite a continuación para general conocimiento:

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se acuerda por unanimidad para el año 2024:

Primero.

1.–Establecer el tipo impositivo del 0,20% para la contribución territorial.

2.–Impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana: para determinar el importe del incremento real se aplicarán los coeficientes máximos del cuadro del artículo 175 de la Ley Foral de Haciendas Locales. El tipo impositivo será del 8%.

3.–Establecer el tipo impositivo del 3,00% al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

4.–Impuesto de actividades económicas: aplicar el índice mínimo de 1,2.

5.–Tasas.

5.1. Aguas.

5.1.0. Consumo mínimo a facturar, menor o igual a 40 m³ el semestre. Cuota mínima 13 euros.

5.1.1. Consumo doméstico: 0,37 euros/m³, a partir de 40 m³.

5.1.2. Consumo industrial: 0,43 euros/m³.

5.1.3. Canon mantenimiento: 3,6 euros más IVA.

5.1.4. Enganche a red abastecimiento o acometida uso doméstico: 200 euros.

5.1.5. Enganche a red abastecimiento o acometida uso industrial: 300 euros.

5.2. Lotes de leña.

5.3.1. Canon para optar a un lote de leña de hogares para 2024 será 50 euros. Dos lotes 100 euros. El plazo para disponer del lote es de un año.

5.3.2. Árboles durante el año (no del lote) se cubicará por los alguaciles. El plazo para disponer de los mismos es de dos meses.

5.3. Auzolanes.

–4 al año (60 euros cada uno).

Tarifas borda: Las establecidas en la Ordenanza reguladora del uso de actividades recreativas privadas en Borda Basokoetxea.

Segundo.–Aprobar el siguiente calendario de recaudación municipal:

El impuesto de circulación de vehículos se girará en marzo.

El impuesto sobre la contribución territorial se girará en septiembre.

El impuesto de actividades económicas se girará en octubre.

La tasa por consumo de agua se cobrará semestralmente, en enero y en julio.

El lote de leña se repartirá en julio.

Tercero.–Resto de tasas y precios públicos como figuran en sus respectivas tarifas.

Cuarto.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2024.

Irañeta, 1 de marzo de 2024.–El alcalde, Jose Ignacio Arangoa Cía.

Código del anuncio: L2403998