BOLETÍN Nº 62 - 22 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 133E/2024, de 26 de febrero, de la directora general de Medio Ambiente por la que se formula informe ambiental estratégico favorable de la modificación del Plan General Municipal de Añorbe para instalación de vivienda en parcela 290 del polígono 8, promovido por Cristina Erviti Martiarena y Joseba Ander Urdaniz Lizarraga.

La modificación ha sido aprobada inicialmente por parte del Ayuntamiento el 24 de noviembre de 2023.

El objeto del mismo es cambiar la clasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano, de 1.106,80 m² de la parcela 290 del polígono 8 (sobre los 2.743,97 m² totales), para poder construir una vivienda unifamiliar, creando una nueva unidad asistemática (AA5). El resto de la parcela mantendrá la categoría de suelo no urbanizable, quedando con los usos asignados a esta categoría.

De acuerdo a la clasificación urbanística actual se trata de una parcela de suelo de "preservación de salvaguarda del modelo de desarrollo"; tiene un uso genérico de cultivo herbáceo de secano que soporta una actividad ganadera.

El ámbito tiene continuidad con la trama urbana de Añorbe y solo es lindante con suelo rústico por el sur. Presenta suministro eléctrico y acceso desde el este por un camino público pavimentado, con el que limita a través de un muro de piedra escalonado. No se prevé ninguna actuación de urbanización más allá de la parcela, estableciéndose la conexión a los servicios de abastecimiento y saneamiento desde puntos inmediatos.

La Sección de Evaluación Ambiental considera que la modificación puntual del planeamiento no va a generar afecciones significativas, dadas las características del ámbito, que la parcela carece de valores ambientales relevantes y que no queda expuesta al ruido (infraestructuras, industrias...). No obstante, dada su posición en ladera, la actuación debería establecer soluciones de adaptación topográfica sin afecciones significativas durante la fase de urbanización del ámbito.

El Servicio de Biodiversidad y Gestión Piscícola informa que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se ha llevado a cabo adecuadamente.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral, el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el Decreto Foral 74/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Formular informe ambiental estratégico favorable de la modificación del Plan General Municipal de Añorbe para instalación de vivienda en parcela 290 del polígono 8, promovido por Cristina Erviti Martiarena y Joseba Ander Urdaniz Lizarraga, considerando que no genera afecciones ambientales significativas.

2.º Las consideraciones relativas a la integración ambiental de los taludes o soluciones constructivas para la contención de las tierras, deberá ser tenidas en cuenta en los instrumentos urbanísticos posteriores a esta modificación del plan, o en la propia intervención de urbanización de la parcela.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta resolución, a la Sección de Urbanismo (Servicio de Territorio y Paisaje) y al Ayuntamiento de Añorbe, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de febrero de 2024.–La directora general de Medio Ambiente, Ana Bretaña de la Torre.

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