BOLETÍN Nº 61 - 21 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 11E/2024, de 27 de febrero, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante de Plan Municipal de Ibargoiti, relativa a la ampliación de la UE-6 de Abínzano, promovida por Luis Ignacio Domeño Buldain.

El Ayuntamiento de Ibargoiti ha presentado ante el Departamento de Cohesión Territorial, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

El objeto del expediente consiste en ampliar el suelo urbano de Abínzano con parte de los terrenos de la parcela 135 del polígono 6, clasificados como suelo no urbanizable, agrupándolos con la parcela 25 del mismo polígono, clasificados como urbanos y que constituyen la vigente U6, con nueva delimitación de la misma.

En el mismo expediente se incluye la modificación del apartado 2.º del artículo 10 de la Ordenanza General de Edificación para exceptuar en Abínzano la limitación de ocupación en planta de 300 m² para almacenes.

Mediante Resolución 202E/2023, de 6 de marzo, del director general de Medio Ambiente se formula informe ambiental estratégico favorable sobre la "Modificación del Plan Municipal de Ibargoiti, en las parcelas 25 y 135 del polígono 6", promovida por Luis Ignacio Domeño Buldain, considerando que no genera afecciones ambientales.

Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 75, de 13 de abril de 2023.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la modificación estructurante de Plan Municipal de Ibargoiti, relativa a la ampliación de la UE-6 de Abínzano, promovida por Luis Ignacio Domeño Buldain.

2.º Notificar esta orden foral al promotor del expediente, y trasladarla a la Sección de Impacto Ambiental, a los efectos oportunos.

3.º Trasladar esta orden foral al Ayuntamiento de Ibargoiti para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.

4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de febrero de 2024.–El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

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