BOLETÍN Nº 58 - 18 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 128/2024, de 5 de marzo, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se corrigen los errores de la Resolución 77/2024, de 16 de febrero, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se aprobaron la convocatoria y las bases reguladoras para las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo para la campaña 2024-2025.

Con fecha 29 de febrero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 44, de 29 de febrero de 2024, la Resolución 77/2024, de 16 de febrero, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se aprobaron la convocatoria y las bases reguladoras para las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo, para la campaña 2024-2025.

Advertidos los errores en el archivo que fue remitido a la Secretaría General Técnica para su publicación se solicita mediante la presente resolución, la corrección de los mismos.

Los errores se han detectado donde dice campaña 2019-2020, en los puntos 2 e) donde se hace referencia a la operación de "Reconversión de viñedos por cambio de variedad" y 2 f) relativo a la operación de "Mejora de las técnicas de gestión" de la base cuarta de la Resolución 77/2024, de 16 de febrero.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1. Corregir los errores de los puntos 2 e) y 2 f) de la base cuarta de la Resolución 77/2024, de 16 de febrero, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras para las ayudas de reestructuración y reconversión del viñedo para la campaña 2024-2025, y la rectificación consiste en lo siguiente:

Donde dice:

"e) Se entenderá por "Reconversión de viñedos por cambios de variedad", el cambio de variedad de una parcela de viña mediante la acción del reinjertado o sobreinjertado sin posibilidad de incrementar el número de cepas en la parcela. Únicamente podrá realizarse la reconversión varietal sobre parcelas que hayan sido plantadas con anterioridad a la campaña 2019-2020.

Esta operación incluirá la acción "Sobreinjertado (material e injerto)" relacionada en el anexo III, siempre y cuando se cumpla la característica j): que se realice con variedades incluidas en una figura de calidad diferenciada (DOP o IGP) y perseguirá el objetivo global establecido en el anexo IV, para dicha característica.

f) Se entenderá por "Mejora de técnicas de gestión", las actuaciones que se efectúen para realizar un cambio del sistema de cultivo de cepas a un sistema de conducción más sostenible, que permita una mejor aireación de los racimos, una mayor exposición de los mismos a la luz del sol, y/o una mayor distancia sobre el suelo que redunde en una menor incidencia de enfermedades y, por consiguiente, un menor uso de productos fitosanitarios. En la Comunidad Foral de Navarra se define como sistema de conducción más sostenible la conducción en espaldera respecto a la conducción en vaso. De esta forma, será subvencionable la transformación del viñedo en vaso a espaldera, siempre y cuando el viñedo se encuentre en buen estado vegetativo y sanitario, y haya sido plantado con anterioridad a la campaña 2019-2020.

Esta operación podrá incluir las acciones subvencionables relacionadas en el anexo III, siempre y cuando se cumpla la característica l): cambio del sistema de conducción vaso al sistema de conducción espaldera y perseguirá el objetivo global y medioambiental establecidos en los anexos IV y V respectivamente, para dicha característica."

Debe decir:

"e) Se entenderá por "Reconversión de viñedos por cambios de variedad", el cambio de variedad de una parcela de viña mediante la acción del reinjertado o sobreinjertado sin posibilidad de incrementar el número de cepas en la parcela. Únicamente podrá realizarse la reconversión varietal sobre parcelas que hayan sido plantadas con anterioridad a la campaña 2020-2021.

Esta operación incluirá la acción "Sobreinjertado (material e injerto)" relacionada en el anexo III, siempre y cuando se cumpla la característica j): que se realice con variedades incluidas en una figura de calidad diferenciada (DOP o IGP) y perseguirá el objetivo global establecido en el anexo IV, para dicha característica.

f) Se entenderá por "Mejora de técnicas de gestión", las actuaciones que se efectúen para realizar un cambio del sistema de cultivo de cepas a un sistema de conducción más sostenible, que permita una mejor aireación de los racimos, una mayor exposición de los mismos a la luz del sol, y/o una mayor distancia sobre el suelo que redunde en una menor incidencia de enfermedades y, por consiguiente, un menor uso de productos fitosanitarios. En la Comunidad Foral de Navarra se define como sistema de conducción más sostenible la conducción en espaldera respecto a la conducción en vaso. De esta forma, será subvencionable la transformación del viñedo en vaso a espaldera, siempre y cuando el viñedo se encuentre en buen estado vegetativo y sanitario, y haya sido plantado con anterioridad a la campaña 2020-2021.

Esta operación podrá incluir las acciones subvencionables relacionadas en el anexo III, siempre y cuando se cumpla la característica l): cambio del sistema de conducción vaso al sistema de conducción espaldera y perseguirá el objetivo global y medioambiental establecidos en los anexos IV y V respectivamente, para dicha característica."

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Pamplona, 5 de marzo de 2024.–El director general de Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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