BOLETÍN Nº 54 - 14 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 187E/2024, de 14 de febrero, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto de la convocatoria de la subvención "Subvenciones al fomento de contratación en el sector agrario" y se modifican las bases reguladoras de dicha convocatoria. Identificación BDNS: 743463.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2024.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

Por Resolución 2711/2018, de 25 de octubre, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones al fomento de la contratación en el sector agrario.

Procede, por ello, autorizar el gasto para el año 2024 correspondiente a la convocatoria de subvenciones anteriormente citada. Además, se modifica la convocatoria para adaptarla a la normativa de minimis y actualizar las cuantías de acuerdo a los incrementos de IPC.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Autorizar un gasto de 180.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 950001 96100 4819 241108, "Ayudas a programas de atención al empleo agrícola. Conferencia Sectorial", de los Presupuestos del 2023 prorrogados para 2024, para la realización de contrataciones con las personas trabajadoras del sector agrario, BDNS 743463.

2.º Autorizar un gasto de 40.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 950001 96100 4819 241108, "Ayudas a programas de atención al empleo agrícola. Conferencia Sectorial", de los Presupuestos del 2023 prorrogados para 2024 para las actuaciones de sensibilización, difusión y divulgación relacionadas con el empleo agrícola, BDNS 743463.

3.º Modificar las bases reguladoras 2 y 16 de la convocatoria, que quedan redactadas de la siguiente manera:

2.–Actuaciones subvencionables y cuantía de la subvención.

Las actuaciones subvencionables, que deberán realizarse en Navarra, serán las siguientes:

a) Las contrataciones que se realicen con las personas trabajadoras del sector agrario en las que hayan mediado las entidades beneficiarias.

El importe de la subvención será de 41 euros por cada contrato realizado. Este importe ascenderá a 59 euros si la persona contratada es perceptora de Renta Garantizada a fecha de dicho contrato.

El total de subvención por esta actuación será de 90.000 euros máximo por entidad, con cargo a la convocatoria anual.

b) Conferencias, jornadas, seminarios, acciones de sensibilización, difusión e información general a la población, relacionadas con el empleo de calidad en el sector agrario y diversas medidas de activación laboral.

El total de subvención por estas actuaciones será de 20.000 euros máximo por entidad, con cargo a la convocatoria anual.

A efectos del pago de la subvención de las actuaciones contempladas en la base 2a) cada persona sólo podrá contabilizarse dos veces por mes natural en el que se realice la actuación.

16.–Ayuda de minimis.

16.1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de "ayudas de minimis" conforme a lo previsto en el Reglamento 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

De conformidad con dicho Reglamento, el importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años. La definición de "única empresa" será la establecida en el artículo 2.2 del mencionado Reglamento.

16.2. A estos efectos, las empresas declararán las otras ayudas de minimis recibidas durante cualquier periodo de tres años."

4.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 14 de febrero de 2024.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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