BOLETÍN Nº 54 - 14 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 190E/2024, de 14 de febrero, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto de la convocatoria de la "Subvención para el fomento de los contratos de relevo" y se modifican las bases reguladoras de dicha convocatoria. Identificación BDNS: 743450.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2024.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto de la subvención para el fomento de los contratos de relevo durante 2023 y 2024 para el año 2024. Se modifican además las bases de la convocatoria para adaptarla a la normativa de minimis y ajustarla favoreciendo, exclusivamente, a los contratos referidos a puestos no manufactureros.

Por Resolución 25380E/2022, de 23 de diciembre, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare se regulan las subvenciones para el fomento de los contratos de relevo durante 2023 y 2024.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Autorizar con cargo al Presupuesto de Gastos del 2024 el gasto para subvenciones al fomento de los contratos de relevo durante 2023 y 2024, reguladas por la Resolución 25380E/2022, de 23 de diciembre, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, número 743450 de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, 500.000 euros, con cargo a la partida 950001 96100 4709 241118 "Ayudas a la contratación de colectivos de difícil empleabilidad" de los presupuestos del 2023 prorrogados para 2024.

2.º Podrá autorizarse una cuantía adicional máxima por un importe de 125.000 euros, cuya efectividad queda condicionada a su autorización como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias legalmente previstas. La autorización, en su caso, de este crédito adicional se realizará por el órgano competente y se publicará en los mismos términos que la convocatoria, no implicando la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver y notificar.

3.º Modificar las bases reguladoras 1,5 y 16 de la convocatoria que quedan redactadas de la siguiente manera:

Base 1.–Objeto y ámbito de actuación.

Las presentes bases tienen como objeto regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a empresas para fomentar la suscripción de contratos de relevo para puestos no manufactureros, especialmente aquellos en los que la persona relevista tiene dificultades de inserción.

Los contratos objeto de esta subvención deberán ser suscritos para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Foral de Navarra a partir del 1 de noviembre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024.

Base 5.–Cuantía de la subvención.

5.1. Importes a conceder:

a) Se subvencionará con 11.520 euros siempre que el contrato de relevo tenga una duración de 36 meses. En caso de duración menor, se descontarán 320 euros por cada mes.

b) En el caso de que la persona relevista pertenezca a uno de los grupos prioritarios señalados a continuación, la cuantía subvencionada será de 13.320 euros siempre que el contrato de relevo tenga una duración de 36 meses. En caso de duración menor, se descontarán 370 euros por cada mes.

Se considerarán grupos prioritarios los siguientes:

–Personas jóvenes inscritas en el Registro de Garantía Juvenil.

–Personas desempleadas de larga duración.

–Personas perceptoras de renta garantizada.

–Mujeres.

5.2. A los efectos del cálculo del importe de la subvención únicamente se computarán meses enteros, entendiendo que estos comprenden 30 días".

Base 16.–Ayuda de minimis.

16.1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de "ayudas de minimis" conforme a lo previsto en el Reglamento 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

De conformidad con dicho Reglamento, el importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años. La definición de "única empresa" será la establecida en el artículo 2.2 del mencionado Reglamento.

16.2. A estos efectos, las empresas declararán las otras ayudas de minimis recibidas durante cualquier periodo de tres años."

4.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 14 de febrero de 2024.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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