BOLETÍN Nº 50 - 8 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 4/2024, de 5 de febrero, del director del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales de la Hacienda Foral de Navarra, por la que aprueba la propuesta municipal de renovación colectiva de datos básicos afectante a las parcelas 231, 232, 233, 234, 235, 239, 240, 243, 244, 245, 248, 679, 250, 251, 252, 253 y 254 del polígono 2 de Abárzuza.

ANTECEDENTES

Con fecha 21 de julio de 2023 el Ayuntamiento de Abárzuza presentó en este Servicio la documentación relativa al procedimiento de renovación colectiva de datos básicos regulado en el artículo 28.º bis de la Ley Foral 12/2006 del Registro de la Riqueza Territorial y los Catastros de Navarra (LFRRTyCN) afectante a las parcelas arriba señaladas.

La presentación se realizó a través del registro general electrónico del Gobierno de Navarra y se le asignó el número de registro 2023/1013396. La documentación presentada es la siguiente:

I.–Resolución de Alcaldía de fecha 3 de febrero de 2023 por la que se acuerda iniciar la tramitación del procedimiento regulado en el artículo 28.º bis de la LFRRTyCN para modificar los datos básicos de dichas parcelas inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial de forma inexacta o divergente.

II.–Publicación de dicha resolución de inicio en el Boletín Oficial de Navarra número 33, de fecha 16 de febrero de 2023.

III.–Certificado expedido el 21 de julio de 2023 por la secretaria municipal, con el visto bueno del alcalde.

IV.–Anuncio de la nueva delimitación gráfica y caracterización de los inmuebles afectados por la renovación en el Boletín Oficial de Navarra número 99, fecha 11 de mayo de 2023.

V.–Archivos gráficos representativos de la nueva representación gráfica de las parcelas citadas.

CONSIDERACIONES TÉCNICAS Y JURÍDICAS

El SRTTP ha analizado la documentación aportada, tanto desde los puntos de vista técnico y jurídico.

Primera.–Desde el punto de vista técnico se considera que la nueva delimitación gráfica y la caracterización de las parcelas afectadas por el procedimiento de renovación colectiva se ajusta a la normativa técnica vigente.

Segunda.–Desde el punto de vista jurídico, se constata que el Ayuntamiento de Abárzuza se ha ceñido al procedimiento establecido en el artículo 28.º bis LFRRTyCN el cual establece los siguientes trámites de obligado cumplimiento:

1. Resolución de inicio del procedimiento. Como se ha dicho, la misma se dictó el 3 de febrero de 2023.

2. Publicación de dicha resolución de inicio en el Boletín Oficial de Navarra. La publicación se efectuó en el Boletín Oficial de Navarra número 33, de 16 de febrero de 2023, abriéndose un plazo declaratorio de un mes para que los titulares afectados puedan aportar sus títulos de propiedad y demás documentación que estimen oportuno

3. Una vez finalizado el período declaratorio citado, elaboración por el Ayuntamiento de la nueva delimitación gráfica del área afectada, asignación de titularidades y caracterización y valoración de los inmuebles.

4. Anuncio en el Boletín Oficial de Navarra indicando que se ha finalizado la elaboración de la nueva delimitación gráfica y que la misma queda expuesta al público en las dependencias municipales por un plazo mínimo de 15 días. Como se ha indicado, dicho anuncio se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 99, de fecha 11 de mayo de 2023, abriéndose un plazo de exposición al público de 15 días durante el cual los interesados podían consultar la documentación del expediente y presentar las alegaciones que estimasen convenientes.

5. Remisión a este Servicio de la documentación del expediente municipal, junto con las alegaciones presentadas y la propuesta de nueva delimitación gráfica. Como se ha dicho en los Antecedentes de esta resolución, con fecha 21 de julio de 2023 la secretaria municipal expidió un certificado, con el visto bueno del alcalde, en el que, tras explicar las exposiciones públicas llevadas a cabo, se hace constar que transcurridos los plazos legales no se ha presentado alegación alguna.

6. Resolución del director de este Servicio aprobando la renovación de datos básicos propuesta, publicación de la misma en el Boletín Oficial de Navarra e inscripción directa de dichos nuevos datos básicos en el Registro de la Riqueza Territorial.

Tercera.–Examinada la documentación presentada por el Ayuntamiento de Abárzuza, se considera suficientemente fundada la propuesta municipal de renovación colectiva de datos básicos, por lo que, de acuerdo con el número 7 del artículo 28 bis de la LFRRTyCN, procede dictar Resolución para su aprobación.

Por consiguiente, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 36.º de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional, y 42.º y siguientes y 72.º del Decreto Foral 300/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra.

RESUELVO:

Primero.–Aprobar la renovación de datos básicos propuesta por el Ayuntamiento de Abárzuza en relación a las parcelas 231, 232, 233, 234, 235, 239, 240, 243, 244, 245, 248, 679, 250, 251, 252, 253 y 254 del polígono 2 de dicha localidad.

Segundo.–Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra de acuerdo con lo previsto en el número 7 del artículo 28.º bis de la LFRRTyCN.

Tercero.–Ordenar a la jefa de la Sección del Registro de la Riqueza Territorial de este Servicio que imparta las instrucciones necesarias entre el personal a su cargo para realizar, una vez efectuada la citada publicación, el mantenimiento catastral de la modificación aprobada.

Cuarto.–Trasladar esta resolución al Ayuntamiento de Abárzuza, de conformidad con el artículo 18.º 4 de la LFRRTyCN.

Quinto.–Notificar esta resolución a los titulares catastrales de las parcelas afectadas por la renovación colectiva aprobada, indicándoles que, contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponerse recurso de alzada ante el consejero de Economía y Hacienda en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.º bis 7, párrafo 2.º de la LFRRTyCN.

Pamplona, 5 de febrero de 2024.–El director del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales, Sergio Osés Amézqueta.

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