BOLETÍN Nº 50 - 8 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 6E/2024, de 12 de febrero, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante de Plan General Municipal del Valle de Yerri / Deierri, en el Área 2 (parcelas 15 y 332 del polígono 20 de Murugarren, promovida por Amaya Maestu Pérez de Pipaón.

El Ayuntamiento de Valle de Yerri / Deierri ha presentado ante el Departamento de Cohesión Territorial, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

El objeto del expediente consiste en el cambio de clasificación de suelo procedente de la parcela 332 del polígono 20 en Murugarren pasando éste de no urbanizable a urbano para delimitar, junto con el suelo urbano de la parcela 15 del polígono 20, una nueva unidad de ejecución UE-MUG-8.

Mediante Resolución 204E/2023, de 6 de marzo, del director General de Medio Ambiente se formula Informe Ambiental Estratégico favorable sobre la "Modificación de determinaciones estructurantes en el Área 2 del Plan General Municipal de Yerri, en parte de las parcelas catastrales 332 y 15 del polígono 20", promovida por Amaya Maestu Pérez de Pipaón, considerando que no genera afecciones ambientales.

Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 75, de 13 de abril de 2023.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la Modificación estructurante de Plan General Municipal del Valle de Yerri / Deierri, en el Área 2 (parcelas 15 y 332 del polígono 20) de Murugarren, promovida por Amaya Maestu Pérez de Pipaón.

2.º Notificar esta orden foral a la promotora del expediente, y trasladarla a la Sección de Impacto Ambiental, a los efectos oportunos.

3.º Trasladar esta orden foral al Ayuntamiento de Valle de Yerri / Deierri para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.

4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 12 de febrero de 2024.–El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

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