BOLETÍN Nº 29 - 8 de febrero de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 12E/2024, de 28 de enero, de la directora general de Energía, I+D+i Empresarial y Emprendimiento, por la que se modifican las bases reguladoras de la convocatoria de la subvención "Ayuda para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial". BDNS: 650951; 650953.

Mediante la Resolución 167E/2022, de 27 de septiembre, se aprobó la convocatoria de la subvención "Ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público".

Los fondos de esta convocatoria provienen de la concesión directa realizada a la Comunidad Foral de Navarra aprobados mediante el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Mediante Resolución de 21 de marzo de 2023 de la presidenta del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), se amplía el presupuesto previsto por Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre.

Mediante Resolución 349E/2023, de 30 de octubre, de la directora general de Transición Energética, Proyectos Estratégicos y S4, se aumentó el presupuesto inicial de la convocatoria "Ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas".

Mediante Resolución de 13 de noviembre de 2023 de la presidenta del IDAE se amplía por segunda vez el presupuesto previsto inicialmente por Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre.

Mediante Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la que se amplió la vigencia.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Modificar el apartado 3 de la base 3, en relación con el plazo de presentación de las solicitudes, de la convocatoria de "Ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público", aprobada por Resolución 167E/2022, de 27 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:

"3.3. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará al día siguiente de la publicación de las bases reguladoras en el Boletín Oficial de Navarra y se prolongará hasta el 31 de julio de 2024 o hasta agotar el presupuesto autorizado en la convocatoria.

A la finalización del plazo de presentación de solicitudes no serán admitidas más solicitudes.

Se dará publicidad del agotamiento del presupuesto disponible a través del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es".

2. Modificar el apartado 1 de la base 10, en relación con el plazo de justificación de las actuaciones, de la convocatoria de "Ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público", aprobada por Resolución 167E/2022, de 27 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:

"10.1. Las beneficiarias deberán justificar la actuación en el plazo máximo de dieciocho meses desde la notificación de la resolución de concesión, siempre que dicho plazo no exceda del 31 de diciembre de 2025. Para lo cual deberán presentar, en la forma señalada en la base 8.1, la solicitud de abono, acompañada de la documentación exigida en el anexo II (AII.1) de la convocatoria.

La justificación se ajustará también a las exigencias de la normativa de la Unión Europea y nacional relativa al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia".

3. Publicar esta resolución el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.

4. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 28 de enero de 2024.–La directora general de Energía, I+D+i Empresarial y Emprendimiento, Uxue Itoiz Mariñelarena.

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