1. Comunidad Foral de Navarra
1.1. Disposiciones Generales
1.1.3. Órdenes Forales
ORDEN FORAL 104/2024, de 11 de noviembre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se modifica la Orden Foral 86/2022, de 17 de noviembre, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial a nivel de Negociados.
Por Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial a nivel de las Direcciones Generales, Servicios y Secciones que se integran en la misma.
Mediante Orden Foral 86/2022, de 17 de noviembre, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial a nivel de Negociados que fue modificada por la Orden Foral 70/2024, de 5 de julio en lo que concierne al ámbito de la Secretaría General Técnica del Departamento.
Por parte del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto se propone la modificación de dicha estructura en lo que concierne a su ámbito.
En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
ORDENO:
Artículo único.–Modificación de la Orden Foral 86/2022, de 17 de noviembre, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial a nivel de Negociados.
Uno.–Se modifica el capítulo IV y se añade un nuevo artículo con la siguiente redacción:
CAPÍTULO IV.–SERVICIO DE GESTIÓN ECONÓMICO PRESUPUESTARIA Y CONTROL DEL GASTO
Artículo 36. Estructura y adscripción de Negociados.
La Sección de Gestión Económico Presupuestaria del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto se estructura en el siguiente Negociado:
–Negociado de Gestión Económica.
La Sección de Gestión Económica de Obras en Concesión y Control del Gasto se estructura en el siguiente Negociado:
–Negociado de Canal de Navarra y Obras en Concesión.
Artículo 37.bis. Negociado de Canal de Navarra y Obras en Concesión.
El Negociado de Canal de Navarra y Obras en Concesión ejercerá las siguientes funciones:
a) Asistencia en el seguimiento económico-financiero de los contratos de concesión de Canal de Navarra en colaboración con los servicios técnicos correspondientes.
b) Colaboración con los órganos competentes en la gestión y tramitación de expedientes de contenido económico relacionados con los contratos de concesión de Canal de Navarra.
c) Participación en la elaboración de previsiones anuales y a medio plazo del gasto derivado de los contratos de concesión de Canal de Navarra.
d) Gestión de la documentación económica derivada de los contratos de concesión de Canal de Navarra.
e) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.
Dos.–La jefatura tendrá un complemento de puesto de trabajo del 65 por ciento de su nivel.
Disposición final única.–Entrada en vigor.
La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 11 de noviembre de 2024.–El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.
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