BOLETÍN Nº 99 - 11 de mayo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 43/2023, de 5 de abril, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S4 por la que se procede a la declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación solar fotovoltaica "Guardian", en el término municipal de Corella.

Mediante Resolución 81/2022, de 26 de julio, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S4 se otorgó a Suno Energía 5, S.L, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica "Guardian", en el término municipal de Corella (expediente 5005-CE).

Con fecha 2 de enero de 2023, Suno Energía 5, S.L, solicitó declaración, en concreto, de utilidad pública, para las parcelas 188, 189 y 190 del polígono 17 del término municipal de Corella, afectadas por las infraestructuras de evacuación de la citada instalación eléctrica.

A los efectos de lo establecido en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la anterior solicitud, incluyendo la relación de bienes y derechos afectados, fue sometida al trámite de información pública durante treinta días, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra N.º18, de 26 de enero de 2023, en Diario de Navarra de fecha 27 de enero de 2023 y en la web de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, se remitió anuncio al Ayuntamientos de Corella para su exposición al público en el tablón de edictos y consta en el expediente diligencia acreditativa de dicho acto.

Finalizado el periodo de información pública, no se han recibido alegaciones.

El artículo 151 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, dispone que:

En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los necesarios bienes y derechos la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

Vista la documentación presentada y atendiendo a lo dispuesto en Decreto Foral 56/2019, de 8 de mayo, por el que se regula la autorización de parques eólicos en Navarra, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se propone declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación, reconociendo a la empresa Suno Energía 5, S. L., la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la citada instalación, conforme a lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y los artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

3. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, a los efectos oportunos.

4. Notificar esta resolución a Suno Energía 5, S.L, y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

5. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Corella, advirtiendo que, contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 5 de abril de 2023.–La directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S4, Uxue Itoiz Mariñelarena.

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