BOLETÍN Nº 96 - 9 de mayo de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ESLAVA

Tipos impositivos y tasas para 2023

El Pleno del Ayuntamiento de Eslava, en sesión celebrada el día 1 de marzo de 2023, acordó por unanimidad y con el quorum legalmente establecido, la aprobación de los tipos de gravamen y tasas que se aplicarán para el ejercicio 2023, de conformidad con lo establecido por la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y que se describen a continuación:

Primero.–Establecer para el ejercicio 2023, los siguientes tipos impositivos:

1. Contribución territorial urbana: 0,3270%.

2. Contribución territorial rústica: 0,7678%.

3. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 5%.

4. Impuesto de actividades económicas: índice: 1%.

5. Impuesto sobre el incremento de los valores de los terrenos de naturaleza urbana: al igual que en años anteriores, se mantienen los porcentajes y tipo de gravamen mínimos establecidos por el Gobierno de Navarra.

Lo que se hace público para general conocimiento y contra el presente acuerdo que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la referida publicación.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.

Segundo.–Establecer las siguientes tasas:

–Tasa de suministro y distribución agua potable: 0,70 euros/m³.

–Tasa de alcantarillado: 6,00 euros/trimestre.

–Tasa de alquiler del contador: 3,00 euros/trimestre.

Tercero.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se entienden modificadas las ordenanzas fiscales en lo que resulten afectadas por el presente acuerdo, comenzando a aplicarse desde el día 1 de enero de 2023.

Cuarto.–Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios municipal a los efectos oportunos.

Eslava, 14 de abril de 2023.–El alcalde, Ignacio Barber Zulet.

Código del anuncio: L2305989