BOLETÍN Nº 96 - 9 de mayo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 3/2023, de 27 de abril, del director general de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, por la que se inicia el procedimiento de declaración e inscripción del Parque Memorial de Uroz como Lugar de Memoria Histórica de Navarra.

La ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936 establece, en su artículo 9, la figura de Lugar de Memoria Histórica de Navarra.

Posteriormente, la Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra, regula la declaración, protección, conservación y difusión de los lugares de la memoria histórica de Navarra, con la finalidad de que sirvan como espacios de transmisión de la memoria y contribuyan a promover una cultura de paz y convivencia. Con esa finalidad, los artículos 6 y siguientes del texto legal citado crean el Registro de Lugares de Memoria Histórica de Navarra como instrumento de publicidad y control de este tipo de lugares, y regulan el procedimiento para la inscripción en el mismo.

Esta ley establece un procedimiento preciso a seguir por el Departamento competente en Memoria Histórica del Gobierno de Navarra que culminará con la declaración de Lugar de Memoria Histórica de Navarra, de aquellos lugares o espacios que cumplen con los requisitos exigidos.

El reconocimiento como Lugar de Memoria Histórica de Navarra conllevará su inscripción preventiva, y definitiva en caso de así reconocerse, en el Registro de Lugares de Memoria Histórica de Navarra, llevando implícita tanto el reconocimiento singular y aplicación del régimen de protección establecido en dicha Ley Foral, como la declaración de utilidad pública o interés social a todos los efectos.

El Instituto Navarro de la Memoria considera que el parque memorial de Uroz reúne los requisitos para ser catalogado como Lugar de Memoria de Histórica de Navarra, motivo por el cual procede a iniciar el procedimiento de reconocimiento e Inscripción del mismo como Lugar de Memoria Histórica de Navarra.

El parque de Uroz es un espacio circular inaugurado en 2018 para reconocimiento de las personas asesinadas en el valle de Lizoain-Arriasgoiti tras el golpe militar de 1936. Tal y como se hace constar en la placa instalada en el conjunto monumental, el 15 de agosto de 1936 tres vecinos de Caparroso, Teófilo Jiménez Ladrón, Juan Merino Navarro y Santiago Moreno Alba, fueron asesinados y enterrados en la fosa de Uroz, y sus cuerpos recuperados en 1980, junto con el de su convecina Matilde Ruiz Remón, natural de Cortes, que formaba parte de la misma saca y había sido asesinada y enterrada en Echalaz. Ese mismo mes de agosto de 1936, sin que se conozca la fecha exacta, fueron asesinados en este lugar Valentín Carlos Beroiz, de Aoiz, Pablo Gastesi Expósito, de Pamplona, y Mariano Inda Navaz, de Azparren. Sus cuerpos fueron localizados y exhumados en 1976, para ser trasladados al cementerio de Aoiz. Además, este espacio memorial recuerda a uno de los fugados del Fuerte de San Cristóbal el 22 de mayo de 1938, de identidad desconocida, que fue asesinado y enterrado en Zalba, sin que sus restos hayan sido localizados hasta la fecha.

El parque, obra de los hermanos Félix y Julián Lizarraga, es circular y contiene ocho esculturas de acero corten que miran hacia el Este. El conjunto, inspirado en los crómlech, simboliza la eternidad de la memoria, con una mujer al frente que guía a los hombres hacia la salida del sol, simbolizando la energía del renacer.

Consta en el expediente informe propuesta del Instituto Navarro de la Memoria e informe jurídico para la declaración e inscripción en el Registro de Lugares de Memoria de Navarra del Parque Memorial de Uroz como Lugar de Memoria Histórica de Navarra.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me corresponden como director general de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 94/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Relaciones Ciudadanas,

RESUELVO:

1.º Iniciar el procedimiento de declaración e inscripción del Parque Memorial de Uroz como Lugar de Memoria Histórica de Navarra y realizar su anotación preventiva en el Registro de Lugares de Memoria Histórica de Navarra con el número de inscripción LM-2023-0002, según las características y condiciones establecidas en el anexo de esta resolución.

2.º El inicio conlleva la aplicación provisional, inmediata y directa del régimen de protección establecido en la Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra. Dicho régimen de protección se mantendrá durante la tramitación del presente expediente de declaración e inscripción, sin perjuicio de su levantamiento por parte de la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, en cualquier momento, si se acreditara la ausencia de riesgo o peligro para el bien cuya inscripción se pretende.

3.º El plazo máximo de resolución del expediente de inscripción será de 12 meses, contados a partir de la presente resolución. De no recaer resolución expresa el expediente se entenderá caducado, no pudiendo iniciarse nuevo procedimiento sobre el mismo bien en los tres años siguientes, salvo que se realice a instancia de la persona titular del bien.

4.º Trasladar esta resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Relaciones Ciudadanas, al Instituto Navarro de la Memoria y notificar al Ayuntamiento de Lizoain-Arriasgoiti, a los efectos oportunos.

5.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra, sometiéndola a trámite de información pública por un plazo de un mes, contado a partir del día de su publicación.

En el citado plazo, las personas físicas y jurídicas interesadas podrán presentar cuantas alegaciones consideren convenientes en el registro general electrónico del Gobierno de Navarra (http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/1718/Registro-General-Electronico), o en cualquiera de los Registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas a la Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos.

Pamplona, 27 de abril de 2023.–El director general de Paz, Convivencia y Derechos Humanos, Martín Zabalza Arregui.

ANEXO

Identificación del lugar (descripción y ubicación):

Parque memorial de Uroz.

Referencia catastral: 310000000001262275KP.

Polígono 3, parcela 88.

Partes del bien afectadas:

Las ocho esculturas y el menhir.

Delimitación cartográfica (IDENA):

–623.001, 4.740.013.

–623.001, 4.740.004.

–623.015, 4.740.003.

–623.011, 4.739.999.

Identificación de valores:

Se trata de un espacio memorial creado en 2018 para honrar la memoria de las ocho personas asesinadas tanto en ese lugar como en el resto del término municipal de Lizoain-Arriasgoiti. Los cuerpos de las víctimas, de distintos orígenes, fueron exhumados durante el proceso de las exhumaciones tempranas, durante la Transición. Representa el horror provocado por la eliminación sistemática de los rivales políticos motivada únicamente por su ideología y militancia; pero también simboliza la eternidad de la memoria.

Titularidad:

Ayuntamiento de Lizoain-Arriasgoiti.

CIF: P3115500E.

Medidas particulares para la conservación, señalización y divulgación:

Las generales establecidas en los títulos III y IV de la Ley Foral 29/2018.

Medidas cautelares de protección:

No se precisan.

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