BOLETÍN Nº 90 - 2 de mayo de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERIÁIN

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

El Pleno del Ayuntamiento de Beriain en sesión celebrada el 2 de febrero de 2023, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1.b) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el anuncio de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 36, de 21 de febrero de 2023 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Beriain.

Transcurrido el periodo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, reparos u observaciones de cualquier tipo y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.c) in fine de la ley foral citada, la modificación de la ordenanza referida se entiende aprobada definitivamente procediéndose, de conformidad con el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra a la publicación de dicha modificación a los efectos oportunos.

Beriain, 17 de marzo de 2023.–El alcalde, José Manuel Menéndez González.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DEL AYUNTAMIENTO DE BERIAIN

Exposición de motivos

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 96.3. e. del Decreto Foral Legislativo 1/2017 de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta adecuado modificar la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre instalación sobre construcciones, instalaciones y obras, incorporando a la misma tres disposiciones adicionales con el fin de coordinar las competencias municipales con las competencias supramunicipales que corresponden a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona en materia de ejecución, mantenimiento y gestión de infraestructuras generales de servicios.

En consecuencia, a dicha Ordenanza fiscal se adicionan las siguientes

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.–Con el fin de garantizar, en el ámbito del Ayuntamiento de Beriain, el cumplimiento del deber de los propietarios de suelo urbano no consolidado, que dispone el artículo 96. 3 c del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Decreto Foral Legislativo 1/2017 de 26 de julio), el Ayuntamiento, con carácter previo al otorgamiento de licencia de obras de nueva edificación, en unidades de suelo urbano no consolidado, solicitará informe preceptivo y vinculante de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona respecto a la necesidad o no de contribuir por parte de los propietarios de suelo, en dichas unidades de suelo urbano no consolidado, a sufragar el coste de las infraestructuras de conexión con las redes generales de servicios y ampliación y reforzamiento de las existentes cuya ejecución, mantenimiento y gestión son competencia de dicha Mancomunidad, referidas a la unidad de suelo urbano no consolidado de que se trate.

Segunda.–Si fuera necesaria dicha contribución a sufragar el coste de tales infraestructuras, dicha obligación se incorporará como condición en la resolución de concesión de la licencia de obras.

Tercera.–Deberá acreditarse por parte del propietario del suelo en que se materialice la obra objeto de licencia o por el titular de dicha licencia, mediante informe o certificación emitida por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, que se ha cumplido dicha obligación de contribución antes del inicio de las obras.

Código del anuncio: L2306033