BOLETÍN Nº 84 - 25 de abril de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BASABURUA

Convocatoria para la adjudicación de una licencia taxi

En Pleno celebrado el día 28 de marzo de 2023, por el Ayuntamiento de Basaburua ha acordado aprobar la convocatoria para la adjudicación mediante concurso de una licencia de taxi urbano en el término municipal de Basaburua.

El plazo de presentación de ofertas finalizará a los 60 días naturales siguientes contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio del presente pliego en el Boletín Oficial de Navarra.

Basaburua, 31 de marzo de 2023.–La alcaldesa, Esther Lakasta Perez-Ilzarbe.

BASES REGULADORAS DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICENCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TAXI

1.–Objeto.

Constituye el objeto de las presentes bases la adjudicación en régimen de concurrencia de una licencia de taxi por este ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi.

El servicio se prestará íntegramente en el municipio de Basaburua; para la prestación de servicios interurbanos el titular de la licencia deberá solicitar la correspondiente autorización al Gobierno de Navarra.

2.–Régimen jurídico.

El régimen jurídico aplicable a las licencias objeto de la presente convocatoria se contiene en la siguiente normativa:

–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

–Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

–Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra.

–Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi y su modificación mediante Ley Foral 22/2013, de 2 de julio.

–Ordenanza reguladora del servicio de taxi en el municipio de Basaburua publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 47/2004, de 19 de abril.

Y por las demás disposiciones que en desarrollo o complemento de las citadas sean de aplicación.

3.–Condiciones de participación.

1. Las condiciones necesarias para participar en el concurso son las siguientes:

a) Ser persona física empadronada en Basaburua con un mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la solicitud, según los dispuesto en el artículo 11 de la Ordenanza reguladora del servicio de taxi en el municipio de Basaburua.

b) Tener la nacionalidad española o bien la de un Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en Acuerdos, Tratados o Convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito o, en otro caso, contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de la actividad de transporte en nombre propio.

c) No tener otra licencia de taxi.

d) Justificación de poseer conocimientos de euskera, bien mediante presentación de certificado de Aptitud expedido por una escuela oficial de idiomas o de una titulación reconocida como equivalente, o bien mediante la realización de las correspondientes pruebas de conocimiento de euskera.

e) Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social establecidas en la normativa vigente.

f) Constituir la garantía por importe de 600 euros.

4.–Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Basaburua sito en calle La Asunción 7 de Jauntsarats, en un plazo de 60 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de las presentes bases en el Boletín Oficial de Navarra.

Podrán presentarse solicitudes por correo, en cuyo caso el interesado deberá enviar, antes de que finalice el plazo establecido en el párrafo anterior, por e-mail udala@basaburua.eus, el resguardo correspondiente acreditando la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos. Sin cumplir tales requisitos, no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo establecido.

No obstante, transcurridos 4 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

5.–Documentación.

Las solicitudes se presentarán en tres sobres cerrados en los que figurará la siguiente leyenda: "Concurso para la adjudicación de 1 licencia para la prestación del servicio de taxi," y el nombre, apellidos, número del DNI y firma de la persona que presenta la solicitud, así como el título de cada sobre, que será, respectivamente:

–Sobre número 1: documentación administrativa.

–Sobre número 2: documentación técnica.

–Sobre número 3: proposición económica.

1. El sobre número 1 titulado "documentación administrativa" incluirá:

1.1. Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor de la persona que presenta la solicitud.

1.2. Garantía: los licitadores deberán presentar una garantía de 600 euros a favor del Ayuntamiento de Basaburua.

La garantía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, se podrá presentar mediante aval bancario, en metálico directamente en Caja del Ayuntamiento o bien mediante transferencia bancaria o por contrato de seguro de caución.

La garantía responderá del mantenimiento de la oferta hasta el momento de la aprobación de la adjudicación provisional.

La garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación provisional de las licencias aprobada por el órgano competente, siendo incautada a los candidatos que no mantengan su oferta hasta esta adjudicación y retenida a los adjudicatarios provisionales.

La garantía retenida a los adjudicatarios provisionales será incautada a aquel que no presente en el plazo de 3 meses desde la notificación de la adjudicación provisional de la licencia, la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento, y en particular la relativa a la disposición de vehículo, la contratación de los seguros, en su caso, del conductor asalariado, y el abono del importe íntegro de la licencia.

La garantía retenida a los adjudicatarios será devuelta después de la adjudicación definitiva de las licencias.

1.3. Fotocopia del carnet de conducir clase B.

1.4. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social establecidas en la normativa vigente.

–Certificado del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra y, además, el de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente de las mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.

–Certificado expedido por la Seguridad Social acreditativo de estar inscritas en el sistema de Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes (salvo el supuesto de que el licitador no esté comprendido obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación), expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.

–Declaración del licitador, o en su caso de su apoderado o representante, en la que se afirme, bajo su responsabilidad, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones vigentes.

2. En el sobre número 2 titulado "documentación técnica" deberá incluirse, conforme al modelo que se adjunta como anexo número 1, la documentación que aporte el solicitante para que se valoren y puntúen los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 6 de las presentes bases, a excepción de la proposición económica.

3. En el sobre número 3 titulado "proposición económica" deberá incluirse, conforme al modelo que se adjunta como anexo número 2, la oferta económica.

6.–Criterios de adjudicación.

Para la adjudicación de las licencias se tendrán en cuenta los siguientes criterios, debidamente ponderados:

1. Adaptación vehículo a transporte de minusválidos, con plataforma elevadora de silla de ruedas: 15 puntos.

2. Gran capacidad: hasta 10 puntos.

–9 plazas con conductor incluido: 10 puntos.

–8 plazas con conductor incluido: 8 puntos.

–6 plazas con conductor incluido: 6 puntos.

–5 plazas con conductor incluido: 5 puntos.

3. Oferta económica, se valorará con 5 puntos como máximo. La oferta mínima de 600 euros se valorará con un punto; cada tramo de 300 euros de incremento se valorará con un punto más o fracción.

4. Oferta de servicio: 10 puntos.

En este aspecto se valora con un máximo de 10 puntos el compromiso ofertado para la prestación del servicio en una serie de periodos especiales, como nocturno, festivos y fines de semana, así como la prestación del servicio los siete días de la semana.

–Nocturnos y festivos y fines de semana: 1,5 puntos.

–7 días de la semana: 1,5 puntos.

5. Exclusividad: 10 puntos.

Se valorará con 10 puntos que el servicio del taxi se preste con carácter de exclusividad. Esto es, que profesionalmente se dedique exclusivamente al oficio de taxista. Este extremo se acreditará mediante una declaración responsable.

6. Aspectos tecnológicos 2 puntos.

Se valorará con 2 puntos la oferta de elementos tecnológicos que ayuden a la localización de lugares y navegación: GPS, Help-bidea u otras aplicaciones.

7. Combustibles y motores menos contaminantes:

Se valorará con un máximo de 10 puntos el compromiso ofertado para la utilización de vehículos que supongan utilización de combustibles y motores que resulten menos contaminantes. Según el siguiente baremo.

–Clasificación ECO 10 puntos.

–Clasificación 0 emisiones: 7 puntos.

–Clasificación B: 3 puntos.

En caso de empate en la puntuación total, en cumplimiento del artículo 5.2 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de taxi en el municipio de Basaburua, y en el artículo 5.5 de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, éste se dirimirá a favor de la oferta que favorezca la incorporación de la mujer al sector del taxi, es decir, a favor de las solicitantes mujeres. Si persistiese el empate, se resolverá mediante sorteo.

7.–Comisión calificadora.

La Comisión encargada de la calificación de la documentación y la evaluación de las propuestas estará formada por:

–Presidente: Esther Lakasta Perez-Ilzarbe.

  • Suplente presidente: Ricardo Arangoa Legarra.

–Vocal: Santos Etxegia Oronoz.

  • Suplente: Francisco Javier Azpiroz Latasa.

–Vocal: Julen Beunza Arano.

  • Suplente: M.ª Mar Ansorena Sala.

–Vocal-secretaría: Lucia Beloqui Iriarte.

  • Suplente: Elena Gascue Jaunarena.

8.–Calificación de la documentación.

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Comisión, en acto interno, procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre número 1 en sesión no pública.

Se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento la lista provisional de los solicitantes admitidos y excluidos. Los aspirantes podrán formular reclamaciones y subsanar los defectos en que pudieran haber incurrido en el plazo que indique la propia lista provisional de solicitantes admitidos.

El día indicado en la lista provisional de solicitantes se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento la lista definitiva con los aspirantes admitidos y excluidos a optar a la licencia para la prestación del servicio urbano del taxi en el municipio de Basaburua. En caso de no existir excluidos en la lista provisional de solicitantes, la lista provisional pasará a ser definitiva y así lo indicará.

La lista definitiva de solicitantes determinará día, hora y lugar en el que se procederá a la apertura de los sobres económicos y a la lectura de la puntuación del sobre número 2.

Una vez conocidos los solicitantes admitidos a optar a una licencia, también en acto interno, se procederá a la apertura y análisis del contenido del sobre número 2 conforme a los criterios de adjudicación contenidos en la base 6.

9.–Apertura de las proposiciones.

La Comisión, en acto público que se celebrará en el día, hora y lugar indicado en la lista definitiva de solicitantes dará cuenta de la puntuación obtenida por el análisis del contenido del sobre número 2 conforme a los criterios de adjudicación.

A continuación, el secretario de la Comisión, procederá a la apertura y lectura de los sobres número 3.

Al día siguiente se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento el listado de puntuación con el orden de preferencia según se define en la base 10 para optar a la licencia a concurso.

10.–Adjudicación de la licencia.

1. Una vez evaluadas las ofertas se asignará a cada una de ellas un orden de preferencia de acuerdo con la puntuación total obtenida.

2. El órgano competente aprobará la adjudicación provisional de la licencia.

3. El adjudicatario provisional deberá presentar en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la adjudicación la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento y, en particular:

–La relativa a la disposición del vehículo al que se adscribirá la licencia, que deberá ajustarse a la oferta presentada, así como cumplir las características previstas en la ley foral del taxi y en la ordenanza reguladora.

–La contratación de los seguros, y en su caso, del conductor contratado.

–El abono del importe íntegro de la licencia según la oferta económica presentada.

4. En caso de que el adjudicatario provisional no presente en el plazo de 3 meses desde la notificación de la adjudicación de la licencia la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento, y en particular la relativa a la disposición de vehículo, la contratación de los seguros, en su caso, del conductor asalariado y el abono del importe íntegro de la licencia, le será incautada la garantía retenida y descartado del proceso de adjudicación de licencias, ocupando su lugar el primer candidato según el orden de preferencia establecido que no hubiere sido adjudicatario provisional de licencia.

Todos aquellos candidatos readmitidos en la lista provisional de adjudicación por este procedimiento dispondrán de las mismas condiciones que los adjudicatarios en primera instancia, incluido el restablecimiento de la garantía de 600 euros en el plazo de una semana desde la notificación de la adjudicación provisional.

5. Presentada dicha documentación el Pleno del Ayuntamiento otorgará definitivamente la licencia de taxi, publicándose en el Boletín Oficial de Navarra la adjudicación definitiva de la licencia para la prestación del servicio urbano del taxi en el municipio de Basaburua.

11.–Obligaciones del titular de la licencia.

El adjudicatario de la licencia de taxi deberá mantener las condiciones establecidas por el artículo 6 de la Ley Foral 9/2005 del Taxi para ser titular de la licencia de taxi.

Igualmente, todas las características valoradas en este concurso según los criterios definidos en la base 6 deberán ser mantenidas vinculadas a la licencia durante todo el tiempo de vigencia de la misma.

12.–Jurisdicción y recursos.

Cuantas incidencias se deriven de la aplicación e interpretación de las presentes bases serán resueltas en primer término por el órgano competente para la adjudicación de la licencia, cuyas resoluciones podrán ser impugnadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra, en la Ley 39/2015 y en el caso de que se recurra ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de dicha jurisdicción.

Código del anuncio: L2305443