BOLETÍN Nº 84 - 25 de abril de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 80E/2023, de 21 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Programa de Inspección Ambiental de la actividad industrial en Navarra para el año 2023.

Mediante la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprobó el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

El Plan de Inspección Ambiental de Navarra 2023-2026 es el documento marco de carácter plurianual mediante el cual se configura y ordena la inspección en materia de calidad ambiental en Navarra, de acuerdo con las competencias de la Dirección General de Medio Ambiente, recogiendo el conjunto de objetivos y actuaciones a desarrollar por esta Administración en el periodo comprendido entre los años 2023 y 2026, ambos inclusive, con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones ambientales establecidas por la legislación ambiental y una elevada protección del medio ambiente y la salud de las personas en esta Comunidad Foral.

Este documento unifica la planificación en materia de inspección de las instalaciones y actividades que son competencia de la citada Dirección General, es decir, las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, las instalaciones afectadas por la Ley 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, y los Traslados Transfronterizos de Residuos en la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con el Reglamento (UE) número 660/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) número 1013/2006 relativo a los traslados de residuos, y los subprogramas sectoriales de inspecciones medioambientales, dando cumplimiento a su vez a las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria, estatal y autonómica en cuanto al deber de los organismos competentes en materia de inspección de elaborar planes de inspección y, a su vez, aplicar buenas prácticas en la planificación que permiten una mejor gestión de medios materiales, personales y técnicos de que se disponen.

En el punto 8 del Plan de Inspección Ambiental se establece que la ejecución del plan de inspección se realizará a través de programas anuales que lo desarrollarán en detalle a lo largo del año natural, de acuerdo con lo indicado en el artículo 73 del Decreto Foral 26/2022. Por este motivo se elabora el presente programa de inspección en materia de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el año 2023 una vez finalizado el Programa de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el año 2022 que fue aprobado mediante la Resolución 98E/2022, de 25 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. El programa de inspección ambiental es un documento que recoge la información necesaria para llevar a cabo las inspecciones ambientales que se incluyen y priorizan, y también la previsión de los recursos necesarios para a ejecutarlo.

El programa de inspección en materia de calidad ambiental para el año 2023, que se aprueba mediante la presente resolución, se estructura en cinco apartados y tres anejos con el contenido que, en síntesis, se indica a continuación.

En el primer apartado se encuentra una introducción con los antecedentes que motivan la elaboración del programa, el marco competencial para la elaboración del mismo y una referencia a las definiciones de términos empleados.

En el apartado segundo se contempla la vigencia temporal del programa y la zona geográfica comprendida en el mismo.

En el apartado tercero se plasma la memoria de actuaciones correspondiente a 2022.

En el cuarto apartado se hacen constar los objetivos del programa, tanto los estratégicos como los específicos.

En el apartado quinto se señalan los recursos humanos de que la Dirección General de Medio Ambiente dispone para el desarrollo de las funciones de inspección ambiental.

Asimismo, se contemplan en tres anexos relativos a la normativa de aplicación y a las metodologías de evaluación de riesgos en instalaciones y en traslados transfronterizos de residuos.

La competencia de la elaboración y ejecución de los programas de inspección ambiental de actividades industriales corresponde a la Sección de Inspección Ambiental, tal como establece el artículo 48.a) del Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Mediante la presente orden foral se pone en práctica lo indicado en el punto 8 del Plan de Inspección 2023-2026.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su presidente,

ORDENO:

1. Aprobar el Programa de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial de la Dirección General de Medio Ambiente para el año 2023 en Navarra, cuyo texto se incluye como anexo a esta orden foral.

2. Trasladar esta orden foral al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, a los efectos oportunos.

3. Publicar esta orden foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4. Contra la presente orden foral cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. En el caso de Administraciones públicas, contra esta orden foral podrá interponerse recurso-contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 21 de marzo de 2023.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

1.–INTRODUCCION.

1.1. Antecedentes.

1.2. Marco competencial.

1.3. Definiciones.

2.–VIGENCIA Y ZONA GEOGRAFICA.

3.–REVISIÓN DEL PROGRAMA DE INSPECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL 2022.

3.1. Revisión general del programa.

3.2. Revisión de las problemáticas ambientales identificadas en el programa de inspección del año 2022.

4.–OBJETIVOS DEL PROGRAMA.

4.1. Objetivos estratégicos del programa.

4.2. Objetivos específicos y proyectos en 2023.

4.2.1. Actividades que funcionan con Autorización ambiental integrada.

4.2.2. Actividades que funcionan con Autorización ambiental Unificada.

4.2.3. Transportes transfronterizos de residuos.

4.2.4. Muestreo y aforo de aguas residuales.

4.2.5. Inspección de actividades AAI clausuradas.

4.2.6. Vertederos activos y clausurados.

4.2.7. Gestores de RAEE y RCD.

4.2.8. Precursores de ozono en la Ribera.

4.2.9. Instalaciones ETS (grupos A, B o C).

4.2.10. Aplicación de purines y digeridos.

4.2.11. Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...).

4.2.12. Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

4.2.13. Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común.

4.2.14. Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

4.2.15. Resumen general.

5.–RECURSOS HUMANOS.

ANEXO I.–NORMATIVA DE APLICACIÓN.

ANEXO II.–METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN INSTALACIONES.

ANEXO III.–METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN TRASLADOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS.

1.–INTRODUCCION

1.1. Antecedentes.

La Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación), introdujo la necesidad de establecer un sistema de inspección ambiental de las instalaciones que, incluyera el análisis de toda la gama de efectos ambientales relevantes de cada instalación.

Este sistema debe garantizar que todas las instalaciones estén cubiertas por un plan de inspección con un adecuado nivel de comprobación de su comportamiento ambiental, garantizando además que dicho plan se reexamine y cuando proceda, se actualice periódicamente.

Asimismo, se especifica el contenido mínimo que deben tener estos planes de inspección, así como, la obligación de elaborar periódicamente programas de inspección medioambiental programada, en los que se incluya la frecuencia de las visitas de inspección, en función de la evaluación sistemática de los riesgos medioambientales de las instalaciones, que será como máximo de tres años para las de riesgos menores.

Mediante la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprobó el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

De acuerdo con lo indicado en el punto 8 del Plan de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra 2023-2026, se elabora el presente programa de inspección ambiental para año 2022 que contiene las actuaciones a realizar durante su vigencia y el contenido mínimo indicado en el mismo.

1.2. Marco competencial.

La competencia de la inspección de actividades industriales corresponde a la Sección de Inspección Ambiental, tal como establece el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, que asigna a esta sección las atribuciones previstas en el Decreto Foral en el ámbito del control e inspección de actividades potencialmente contaminantes, y, en concreto, las siguientes:

a) Elaboración y ejecución de los planes y programas de inspección ambiental de actividades industriales.

b) El control e inspección de las actividades industriales a efectos de las emisiones a la atmósfera, vertidos de efluentes líquidos, producción y gestión de residuos y emisión de ruidos y vibraciones.

c) Control y vigilancia de los órganos de control acreditados en el desarrollo de trabajos de inspección ambiental.

d) La coordinación con las diferentes autoridades con competencia en el campo de la inspección ambiental.

e) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas dentro del ámbito de su actividad.

1.3. Definiciones.

Ver el punto definiciones del Anexo 1 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

2.–VIGENCIA Y ZONA GEOGRAFICA

El periodo de vigencia de este programa se fija entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, si bien algunos de los objetivos presentan una duración temporal que puede ser superior. Algunas visitas del programa de inspección se pueden realizar en el primer mes del año siguiente.

El programa establece las actividades a realizar durante 2023 en todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. Se establecen una serie de objetivos concretos de menor ámbito geográfico.

3.–REVISIÓN DEL PROGRAMA DE INSPECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL 2022

3.1. Revisión general del programa.

En el año 2003 se creó la Sección de Inspección Ambiental, negociado entre 2016 y 2019, y desde el año 2004 se elaboran anualmente Programas de Inspección Ambiental, que constituyen el instrumento principal a la hora de planificar las actuaciones de inspección y control ambiental en las actividades con efecto ambiental.

El número de inspecciones llevadas a cabo desde 2004 por tanto por personal del Departamento como otros actores externos al mismo es el siguiente:

AÑO

DEPARTAMENTO DRMA

OTROS

TOTAL

2004

196

104

300

2005

195

68

263

2006

136

131

267

2007

174

142

316

2008

164

80

244

2009

194

64

258

2010

141

64

205

2011

141

65

206

2012

138

65

203

2013

146

56

202

2014

93

41

134

2015

97

31

128

2016

130*

0

130

2017

131*

0

131

2018

104*

11

115

2019

152*

23

175

2020

132

56

188

2021

206

67

283

2022

255

89

344

* Los muestreos a cargo de entidad de inspección acreditada se realizaron junto con personal del Departamento en el transcurso de las visitas de inspección.

Tabla 1.–Número de inspecciones desde el año 2004

Las tareas realizadas en el programa llevan asociada una visita de inspección en la correspondiente actividad, instalación o proyecto y dan lugar a un expediente de inspección que agrupa toda la información y documentación generada (actas, informes...).

El año 2022 se inició con la situación de pandemia ocasionada por la COVID-19, aplicándose un protocolo para realizar dichas visitas con seguridad. A lo largo del año las medidas de precaución en el ámbito industrial se han ido relajando, si bien por parte del Departamento el protocolo se ha mantenido a lo largo de todo el año. En 2023 la previsión es la de volver a la situación previa a la pandemia, con la precaución normal ante enfermedades infecciosas. Señalar que el protocolo ha sido efectivo y no se ha reportado ningún contagio por este motivo.

De la revisión de las inspecciones realizadas en el año 2022 y la comparación con las previsiones del Plan se obtienen los siguientes datos con el grado de cumplimiento del programa:

REFERENCIA

OBJETIVO ESTRATÉGICO

CATEGORÍA
IRAM

INSPECCIONES PROGRAMADAS PREVISTAS

INSPECCIONES PROGRAMADAS REALIZADAS

%

2022/01

Inspección de actividades AAI en funcionamiento

I (6)

6

6

100

I (5)

33

35

106

II (4)

14

14

100

III (3-2-1)

63

53

84

Total

116

108

93

2022/02

Inspección de actividades AAI clausuradas

I (6)

2

2

100

I (5)

3

3

100

II (4)

1

0

0

III (3-2-1)

0

0

-

Total

6

5

83

2022/03

Inspecciones de actividades AAU

I (6)

0

0

-

I (5)

10

10

100

II (4)

7

5

71

III (3-2-1)

167

102

61

Total

184

117

63

2022/04

Inspecciones no programadas

20

25

125

2022/05

Muestreo y aforo de aguas residuales

50

50

100

2022/06

Control de Laboratorios acreditados

10

9

90

2022/07

Traslados transfronterizos de residuos

I (6)

1

2

200

I (5)

5

12

240

II (4)

4

6

150

III (3-2-1)

9

10

111

Total

17

30

176

2022/08

Instalaciones limítrofes de interés común

3

0

0

TOTAL

410

344

84

Tabla 2.–Grado de cumplimiento del programa de inspección 2022

En general el grado de cumplimiento del programa ha sido elevado, sin que la situación de pandemia debida a la COVID-19 haya supuesto un inconveniente reseñable, excepto para la realización de visitas de inspección conjuntas con personal de comunidades limítrofes. En este sentido ha sido un factor mucho más importante la disponibilidad del personal inspector debido a los procesos de oposición en los que se ha visto envuelto una parte notable de la plantilla.

El número total de inspecciones realizadas respecto a las programadas ha sido de trescientas cuarenta y cinco, un 84% del total.

1) De las instalaciones afectadas por el Real Decreto 815/2013 en funcionamiento:

–Se han realizado todas las visitas previstas de las instalaciones del grupo 6.

–Se han realizado todas las visitas previstas de las instalaciones del grupo 5.

–Se han realizado todas las visitas previstas de las instalaciones del grupo 4.

–Se han visitado cincuenta y tres de las sesenta y tres instalaciones de los grupos 3-2-1.

El porcentaje de instalaciones visitadas ha sido del 93% del total. Se ha priorizado la visita a las instalaciones de este grupo sobre todas las demás, especialmente las de los grupos 6, 5 y 4. Las instalaciones que no se han visitado pasan al programa del año 2023.

2) De las instalaciones afectadas por el Real Decreto 815/2013 clausuradas se han realizado cinco visitas, en total, el 83% de las instalaciones previstas.

La instalación que no se ha visitado lo ha sido por tener problemas sociales adicionales a los ambientales y por haber ocurrido un incendio. Se programará la visita en el programa de 2023 y se visitará cuando proceda.

3) De las instalaciones que funcionan con AAU según la Ley Foral 17/2020:

–Se han realizado todas las visitas previstas de las instalaciones del grupo 5.

–Se han realizado cinco de las siete visitas previstas de las instalaciones del grupo 4.

–Se han visitado ciento dos de las ciento sesenta y siete instalaciones de los grupos 3-2-1.

El porcentaje de instalaciones visitadas ha sido del 63%. Al no ser obligatorias las inspecciones a las instalaciones de este grupo al inicio del programa en 2022, ha sido el más afectado a la hora de establecer las prioridades para realizar visitas, priorizando las instalaciones que funcionan con AAI. Varias de estas instalaciones han sido controladas mediante muestreo y aforo de aguas residuales realizado por GAN.

4) El porcentaje de inspecciones de transportes transfronterizos de residuos ha sido del 171% del total.

No todas las acciones inspectoras han dado lugar a informes de verificación.

5) Se han realizado los cincuenta muestreos y aforos de vertido previstos a instalaciones por parte de entidad de inspección acreditada, un 100% de las programadas.

Se han sustituido algunas de las instalaciones previstas por otros muestreos debido a necesidades sobrevenidas durante el año.

6) Se han realizado nueve de los diez controles a Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera, un 90%.

En una ocasión no se ha realizado el informe por no haberse realizado la medición una vez presente el laboratorio acreditado en la instalación.

7) No se ha realizado ninguna de las tres visitas a instalaciones transfronterizas de interés común.

En los tres casos la situación sanitaria por el COVID-19 hacía aconsejable reducir al mínimo la presencia de personal inspector.

8) Se han realizado un total de 25 inspecciones no contempladas en el Plan de inspección inicial respecto a las 20 previstas inicialmente, correspondientes a comprobación de requerimientos, denuncias y otras comprobaciones.

Del total de las cuatrocientas diez visitas que comprenden las visitas programadas y las no programadas se han realizado un total de trescientas cuarenta y cuatro, un 84% del total. Se ha priorizado la realización de las visitas de las instalaciones afectadas por el Real Decreto 815/2013 y dentro de estas las de índice de riesgo más elevado.

En 2016 se incorporaron una serie de indicadores cuya evolución a lo largo del tiempo debe permitir una evaluación de la actividad inspectora del Departamento y del grado de cumplimiento de las instalaciones.

Las propuestas de incoación de expediente sancionador y las deficiencias se contabilizan solo cuando se producen a raíz de visitas de inspección, no en otros controles (informes de laboratorio acreditado o entidad de inspección acreditada...).

INDICADORES

VISITAS
REALIZADAS

PROPUESTAS
DE INCOACIÓN
DE EXPEDIENTE
SANCIONADOR

NÚMERO DE INFORMES SATISFACTORIOS
(sin incumplimientos)

NÚMERO DE INFORMES ADECUADOS
(incumplimientos
poco relevantes)

NÚMERO DE INFORMES CORRECTOS
(satisfactorios
y adecuados)

NÚMERO DE INFORMES
INCORRECTOS
(incumplimientos relevantes/muy relevantes)

2016

N

130

11

20

7

27

78

%

98

8

15

5

20

60

2017

N

131

12

25

15

40

63

%

99

9

19

11

30

48

2018

N

115

6

20

12

32

76

%

78

5

17

10

27

66

2019

N

178

18

51

20

71

107

%

86

10

29

11

40

60

2020

N

138

16

43

15

58

80

%

73

12

31

11

42

58

2021

N

221

25

76

26

102

119

%

88

11

34

12

46

54

2022

N

255

36

61

21

82

173

%

76

14

24

8

32

68

Tabla 3.–Evolución del número de propuestas de incoación de expedientes sancionadores
y del número de informes por grado de cumplimiento

Señalar respecto a los indicadores de la Tabla 3. señalar lo siguiente:

–El número de visitas se ha incrementado en el último año. El porcentaje de visitas respecto a la previsión es aceptable, un 76%. Los problemas de disponibilidad de personal han sido el motivo de que no se haya podido alcanzar un porcentaje de ejecución mayor. Se han priorizado las instalaciones que funcionan con AAI y las de Índice de Riesgo más elevado.

–El número de propuestas de incoación de expedientes sancionadores presenta un porcentaje, 14%, superior al de los últimos años, entre el 10-12% de las visitas.

–El número de informes satisfactorios (sin incumplimientos) ha disminuido en el último año. Porcentualmente baja respecto al trienio 2019-2021 (29-34% de las visitas) y es superior al del trienio 2016-2018 (15-19% de las visitas).

–El número de informes correctos (satisfactorios y adecuados) ha bajado también, situándose en un 32%, intermedio entre los valores del trienio 2016-2018 (20-30% de las visitas) y los del trienio 2019-2021 (40-46% de las visitas). De la misma forma aumenta el porcentaje de visitas con informes incorrectos.

Figura 1.–Número de informes correctos (satisfactorios y adecuados)
y porcentaje respecto al número de visitas

En lo referente a las deficiencias observadas señalar lo siguiente:

INDICADORES

DEFICIENCIAS MUY RELEVANTES

DEFICIENCIAS
RELEVANTES

DEFICIENCIAS RELEVANTES Y MUY RELEVANTES

DEFICIENCIAS POCO RELEVANTES

DEFICIENCIAS
TOTALES

2016

N

42

203

245

148

393

Promedio

0,32

1,56

1,88

1,14

3,02

2017

N

80

178

258

101

359

Promedio

0,63

1,39

2,02

0,79

2,81

2018

N

40

153

193

94

287

Promedio

0,37

1,42

1,79

0,87

2,66

2019

N

72

173

245

102

347

Promedio

0,41

0,99

1,4

0,59

1,99

2020

N

44

128

172

68

240

Promedio

0,32

0,93

1,25

0,50

1,75

2021

N

81

208

289

129

418

Promedio

0,37

0,94

1,31

0,58

1,89

2022

N

118

326

444

165

609

Promedio

0,46

1,28

1,74

0,65

2,39

Tabla 4.–Evolución del número de deficiencias, en números absolutos y en promedio, por categorías

Señalar respecto a los indicadores de la segunda tabla lo siguiente:

–El índice de deficiencias totales por visita, que había descendido progresivamente desde el periodo 2016-2018, con un promedio de 2,83 a 1,88 en el periodo 2019-2021, ha aumentado a un valor intermedio 2,39.

–El índice de deficiencias muy relevantes que había bajado de 0,44 a 0,37 en estos periodos sube a 0,46.

–El índice de deficiencias relevantes, que había disminuido de 1,46 a 0,95 sube a 1,28.

–Por estos motivos el número de deficiencias relevantes y muy relevantes que había bajado de 1,90 hasta 1,32 sube hasta un valor intermedio1,74.

Figura 2.–Número de deficiencias totales, muy relevantes, relevantes y poco relevantes, en promedio

A falta de una serie de datos más prolongada, la tendencia a la disminución en el número de deficiencias relevantes, muy relevantes y totales observada en el periodo 2016-2021 se ha interrumpido pasando a valores intermedios entre los observados entre estos dos periodos.

De ese modo, el número de informes correctos, sin deficiencias o que únicamente presentan deficiencias poco relevantes que estaba en un 43% de las instalaciones visitadas ha disminuido apreciablemente a un 31%.

Como una posible explicación está el hecho de que se ha iniciado la visita a instalaciones AAU que no habían sido visitadas nunca o desde hacía muchos años, lo que ha podido dar lugar a una relajación del cumplimiento de las condiciones ambientales de sus Licencias de actividad iniciales.

3.2. Revisión de las problemáticas ambientales identificadas en el programa de inspección del año 2022.

Los problemas concretos que se identificaron en el programa del año 2022, su situación a lo largo del año y la previsión para 2023 son los siguientes:

REFERENCIA

INSTALACIÓN

PROBLEMÁTICA

SITUACIÓN EN 2022

SITUACIÓN PARA 2023

2022/09

Vertedero de la Mancomunidad de la Ribera.

Asegurar una correcta explotación de la instalación.

–Ha mejorado la explotación de la planta.

–Se elimina del programa de inspección.

–Se realizarán dos visitas de inspección al año.

2021/10

Ruido en las inmediaciones de planta de estampación.

Reducción del nivel de ruido.

–El titular ha dejado de trabajar en turno de noche, contra su voluntad.

–El Ayuntamiento se negó a conceder la Licencia de actividad para la instalación de una pantalla acústica.

–Se elimina del programa de inspección.

2021/11

Partículas sedimentables en Ororbia.

Reducción de las emisiones.

–Graftech Ibérica S. L. ha adoptado las MTD de la Decisión 2016/1032.

–No se han registrado quejas en este sentido en 2022.

–Se elimina del programa de inspección.

2021/12

Olores alrededor de Viana y Logroño.

Reducción de las emisiones en una instalación industrial.

–Se ha establecido un protocolo de funcionamiento para cesar la actividad cuando las condiciones meteorológicas pueden dar lugar a molestias en Logroño.

–Se mantiene el problema en unos niveles de molestia aceptables para la población sin que se haya solucionado totalmente.

–Se mantiene en el programa de inspección.

–Se planteará realizar visitas conjuntas con la inspección de La Rioja.

2021/13

Vertedero de la Mancomunidad de Pamplona.

Cese del depósito de residuos sin tratar, que incluyen materia orgánica, en el vaso de vertido (art. 8. Real Decreto 646/2020).

–Se mantiene la misma situación.

–El titular plantea como única solución la construcción de una planta de tratamiento, actualmente en tramitación, permaneciendo en situación de incumplimiento hasta ese momento.

–Se mantiene en el programa de inspección.

–Se realizarán dos visitas al año.

2021/14

Surgencia de fuel oil en Tudela.

Identificación del origen del combustible, cese de la emisión del mismo y descontaminación del suelo si procede.

–Se mantiene en el programa de inspección.

2021/15

Serrería.

Instalación situada en el emplazamiento de una Autorización ambiental integrada clausurada en Arano en situación legal irregular.

–Situación legal irregular.

–Coordinación de las acciones para que el titular regularice su situación o abandone el emplazamiento.

–Se mantiene en el programa de inspección

2022/16

Fábrica de productos de huevo.

Olores producidos el casco urbano de Arbizu en la red de vertidos.

–Se han adoptado medidas para corregir los problemas de olores por parte de la empresa que fabricaba productos de huevo y del vertedero de la Mancomunidad.

–Se elimina del programa de inspección.

2022/17

Espumas en el puente de Cáseda.

Desaparición de las espumas.

–No se ha reportado la aparición de espumas al nivel del año anterior, si bien en enero de 2023 hay un episodio intenso.

–Las empresas que vierten al río Aragón han analizado tensoactivos en su vertido a lo largo del último año, de manera que únicamente en una de ellas se detectan por encima del límite de detección.

–Se mantiene en el programa de inspección Seguimiento por parte de guarderío.

–Visitas de inspección dentro del programa de inspección a las plantas del entorno.

Tabla 5.–Revisión de las problemáticas ambientales identificadas en el programa
de inspección del año 2022

Basándose en esta información eliminan del programa del año 2023 las referencias 2022/09, 2022/10, 2022/11 y 2022/16 y se mantienen las demás. No han aparecido nuevos problemas que deban ser considerados en este apartado.

4.–OBJETIVOS DEL PROGRAMA

4.1. Objetivos estratégicos del programa.

El objetivo final de este programa es la mejora de la calidad del medio ambiente mediante el impulso del cumplimiento de la legislación ambiental en Navarra. Los objetivos son, como mínimo, los siguientes:

a) Comprobar el cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos ambientales establecidos en sus autorizaciones.

b) Disponer de información actualizada de las mismas (ampliaciones, ceses de actividad, modificaciones...).

c) Identificación y regularización de actividades no legalizadas, industriales, vertederos...

d) Gestión de los avisos, quejas, denuncias, incidencias y accidentes.

e) Reducción del impacto de las actividades en el medio ambiente.

f) Propuesta de revisiones de autorizaciones.

g) Realizar una evaluación de riesgos ambientales de las empresas según lo indicado en el artículo 23 de la Directiva 2010/75/UE, que sirva como base para planificar la actividad inspectora.

h) Unificar las inspecciones de acuerdo con el resto de las comunidades españolas y en general en el conjunto de Europa, en cuanto a objetivos, estrategia y criterios, así como en lo referente a la publicación de los informes de inspección.

i) Garantizar el cumplimiento sobre la normativa sobre traslado transfronterizos de residuos y los actos administrativos en dicha materia, así como la detección de actuaciones contrarias a la norma aplicable.

4.2. Objetivos específicos y proyectos en 2023.

En el momento de la redacción de este programa de inspección si bien la pandemia debido al COVID-19 sigue activa se considera que lo está a un nivel que permite funcionar sin las dificultades y restricciones que llevó asociadas en 2020, 2021 y 2022. En este sentido, después de dos años sin hacerlo, en 2023 se volverán a realizar las visitas sin comunicarlo previamente al titular de la instalación, salvo en las situaciones habituales (vertederos...).

La planificación de las actividades de inspección debe permitir priorizar la inspección de aquellas actividades de mayor riesgo, en detrimento de otras con menor efecto ambiental, que son las que no se realizarán y se pospondrán para más adelante.

El Programa de Inspección Ambiental 2023 contempla los siguientes programas:

1) Actividades que funcionan con Autorización ambiental integrada.

2) Actividades que funcionan con Autorización ambiental unificada.

3) Trasportes transfronterizos de residuos.

Y los siguientes subprogramas:

4) Muestreo de aguas residuales a cargo de entidad de inspección acreditada.

5) Instalaciones que han tenido Autorización ambiental integrada clausuradas.

6) Vertederos activos y clausurados.

7) Gestores de RAEE y RCD.

8) Emisores de precursores de ozono: COV y NOx.

9) Instalaciones incluidas en el Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, ETS, grupos A, B y C.

10) Control de aplicación de purines y digeridos.

Además, se tienen en consideración otros grupos de visitas:

11) Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...).

12) Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

13) Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común.

14) Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

La siguiente tabla recoge los proyectos programados en el ejercicio 2023 para el desarrollo de los objetivos estratégicos del programa de inspección. En las dos primeras columnas se indica la correspondencia con los programas y subprogramas del Plan de Inspección de la actividad industrial en Navarra 2023-2026. Para los proyectos del subprograma 14) que contemplan problemas concretos se ha llevado a cabo una revisión en el punto 3.2.

PROGRAMA

SUBPROGRAMA

OBJETIVO
ESTRATÉGICO

REFERENCIA

PROYECTO

BREVE DESCRIPCIÓN DEL OBJETIVO

1.

Instalaciones AAI

2023/01

Actividades que funcionan con AAI.

Inspecciones programadas de acuerdo a los resultados de la evaluación de riesgo.

Seguimiento específico de empresas con menor grado de cumplimiento cada seis meses.

Inspección de las nuevas actividades IPPC en el plazo de un año desde su puesta en marcha.

2.

Instalaciones AAU

2023/02

Actividades que funcionan con AAU.

Inspección de las actividades AAU de mayor riesgo de acuerdo a los resultados de la evaluación de riesgo.

3.

Traslados transfronterizos de residuos

2023/03

Control de traslados transfronterizos de residuos.

Inspección de traslados transfronterizos de residuos, conforme a lo establecido en el Reglamento UE 660/2014 (Real Decreto 180/2015).

4.

Muestreo de vertidos a cargo de EIA

2023/04

Muestreo y aforo de aguas residuales.

Muestreo y aforo de vertidos a cargo de entidad de inspección acreditada.

5.

Instalaciones AAI clausuradas

2023/05

Inspección de actividades AAI clausuradas.

Inspecciones programadas de las actividades clausuradas con el fin de hacer seguimiento de su estado y la correcta ejecución del Plan de clausura.

6.

Vertederos activos y clausurados

2023/06

Inspección de vertederos.

Inspección de vertederos.

7.

Gestores de RAEE y RCD

2023/07

Inspección de gestores de RAEE y RCD.

Inspección de gestores de RAEE y RCD.

8.

Precursores de ozono

2023/08

Inspección de emisores de precursores de ozono en la Ribera.

Inspección de emisores de precursores de ozono en la Ribera.

9.

Instalaciones ETS (grupos A, B o C)

2023/09

Control en instalaciones ETS.

Comprobación de las condiciones de la autorización ETS.

10.

Aplicación purines y digeridos

2023/10

Control in situ de la aplicación de purines y digestatos.

Control in situ de la aplicación de purines y digestatos procedentes de seis instalaciones determinadas.

Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...)

2023/11

Avisos e inspecciones no

programadas.

Inspección de visitas por denuncias, quejas, avisos...

Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera

2023/12

Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

Control del muestreo de emisiones a la atmósfera a cargo de Laboratorio acreditado.

Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común

2023/13

Inspecciones en instalaciones en zonas limítrofes de interés común.

Inspecciones conjuntas a instalaciones situadas en zonas limítrofes de otras comunidades autónomas de interés común.

Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales

2023/14

Olores alrededor de Viana y Logroño.

Reducción de las emisiones de olor.

2023/15

Vertedero de la Mancomunidad de Pamplona.

Cese del depósito de residuos sin tratar, que incluyen materia orgánica, en el vaso de vertido (art. 7. Real Decreto 646/2020).

2023/16

Surgencia de fuel oil en Tudela.

Identificación del origen del combustible, cese de la emisión del mismo y descontaminación del suelo si procede.

2023/17

Instalación situada en el emplazamiento de una Autorización ambiental integrada clausurada en Arano en situación legal irregular.

Coordinación de las acciones para que el titular regularice su situación o abandone el emplazamiento.

2023/18

Espumas en el puente de Cáseda.

Seguimiento por parte de guarderío.

Visitas de inspección dentro del programa de inspección a las plantas del entorno.

Tabla 6.–Proyectos contemplados en 2023 para el desarrollo de los objetivos estratégicos
del programa de Inspección

4.2.1. Actividades que funcionan con Autorización ambiental integrada.

De acuerdo con el artículo 30.2 del Real Decreto Ley 1/2016, de 16 de diciembre, los órganos competentes para realizar las tareas de inspección ambiental contarán con un sistema de inspección ambiental para las instalaciones contempladas en el anejo 1 de dicho Real Decreto Ley ubicadas en su territorio. El sistema de inspección ambiental incluirá el análisis de toda la gama de efectos ambientales relevantes de la instalación de que se trate y garantizará un adecuado nivel de comprobación del cumplimiento ambiental.

Con este fin se ha llevado a cabo un análisis de riesgos aplicando la metodología consensuada en el seno de la Red de inspección ambiental Redia, adaptada de la definida en el proyecto IMPEL Easy Tools a las instalaciones afectadas por el Real Decreto Ley 1/2016.

Las actividades para las que se ha realizado el análisis de riesgos son las actividades afectadas por la normativa de control y prevención de la contaminación, a las que se han añadido las instalaciones nuevas afectadas por la DEI y de las que se han retirado las instalaciones cerradas o que han dejado de ser AAI.

La metodología del análisis de riesgos se ha aplicado a las instalaciones afectadas y se ha obtenido el siguiente resultado:

CATEGORÍA ACTIVIDAD

RIESGO

6

RIESGO
5

RIESGO
4

RIESGO
3

RIESGO
2

RIESGO
1

NUEVAS

TOTAL

2023

1

Instalaciones combustión

0

0

1

1

2

0

0

4

2

Producción y transformación de metales

0

3

9

4

5

0

0

21

3

Industrias minerales

0

3

2

4

0

0

0

9

4

Industria química

2

1

2

2

0

0

0

7

5

Gestión de residuos

2

5

5

18

0

0

2

32

6

Industria del Papel y cartón

1

0

3

1

0

0

0

5

7

Industria textil

0

0

0

1

0

0

0

1

9

Industria agroalimentaria

0

0

0

28

1

0

1

30

Ganadería intensiva

0

0

0

124

11

0

7

142

10

Consumo de disolventes orgánicos

0

0

1

4

0

0

0

5

11

Industria del carbono

0

1

0

0

0

0

0

1

TOTAL

5

13

23

187

19

0

10

257

VISITAS 2023

10

13

7

55

7

0

0

92

Tabla 7.–Análisis de riesgos de las instalaciones que funcionan con AAI en 2023

4.2.2. Actividades que funcionan con Autorización ambiental unificada.

Estas instalaciones, incluidas en el anejo 1 de la Ley Foral 17/2020, que funcionan en el régimen de la Autorización ambiental unificada, han pasado a estar exclusivamente bajo la competencia del Departamento a partir de junio de 2021, de acuerdo con lo indicado en la disposición final de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

De acuerdo con el artículo 63.3. De la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, los órganos competentes establecerán un sistema de inspección medioambiental de las actividades e instalaciones. A tal fin deberá contar con uno o varios programas de inspección en los que se determine el área geográfica que cubre, el tipo de instalaciones o emplazamiento a los que afecta, la frecuencia de las visitas de inspección y otras formas de control ambiental, su período de vigencia y demás contenidos que se especifiquen reglamentariamente.

Señalar que, por su importancia, algunas de ellas históricamente han sido contempladas en los programas de inspección y visitadas a menudo, incluso con mayor frecuencia que algunas instalaciones AAI.

Asimismo, que el inventario de las instalaciones está en elaboración, por lo que el número de instalaciones, la clasificación y la evaluación de riesgos de las mismas pueden estar sometidas a cambios.

El análisis de riesgos se ha llevado a cabo mediante la metodología definida en el proyecto IMPEL Easy Tools, similar al empleado para las instalaciones afectadas por el Real Decreto Ley 1/2016, con la información disponible, y se ha obtenido el siguiente resultado:

GRUPO AAU

CATEGORÍA ACTIVIDAD

RIESGO 6

RIESGO 5

RIESGO 4

RIESGO 3

RIESGO 2

RIESGO 1

NUEVAS

TOTAL 2023

1

Instalaciones de combustión / energéticas

0

0

0

8

0

0

0

8

2

Producción y transformación de metales

0

0

2

89

0

0

0

91

3

Industrias minerales

0

0

0

1

0

0

0

1

4

Industria química

0

0

0

7

5

0

2

13

5

Gestión de residuos

0

0

3

143

2

0

0

148

6

Industria del papel

0

0

0

3

0

0

0

3

8

Industria del cuero

0

0

0

3

0

0

0

1

9

Industrias agroalimentarias

0

1

1

15

40

0

1

57

10

Explotaciones ganaderas

0

0

1

31

464

0

0

496

11

Consumo de disolventes orgánicos

0

0

3

13

2

22

0

40

12

Industria de la conservación de la madera

0

0

1

0

0

0

0

1

13

Tratamiento de aguas residuales

0

1

3

1

102

0

1

108

16

Otras actividades industriales

0

0

1

30

3

0

0

34

17

Instalaciones de almacenamiento

0

0

0

8

0

0

0

8

TOTAL

0

2

15

352

618

22

4

1.009

VISITAS 2023

0

2

7

93

80

0

0

182

Tabla 8.–Análisis de riesgos de las instalaciones que funcionan con AAU en 2023

Con la salvedad indicada anteriormente de que el inventario está en elaboración y es posible que se incremente, es obvio que el número total de instalaciones a visitar en un periodo de cuatro años, 1.009, supera con mucho la capacidad del personal encargado de llevar a cabo esta labor. Por este motivo, se programa el número de visitas que, en condiciones óptimas, el personal sería capaz de realizar, de modo que, como en los años anteriores, se alcance un porcentaje de las visitas más o menos elevado, pero que es prácticamente seguro que no se cumplirá.

Por este motivo las actividades relacionadas en este proyecto se inspeccionarán en la medida que el personal del Servicio haya ejecutado sus visitas a las instalaciones AAI, que siguen considerándose prioritarias.

4.2.3. Traslados Transfronterizos de Residuos.

El Reglamento UE 660/2014 estableció que se debía disponer de un plan de inspección ambiental para los traslados transfronterizos de residuos aprobado para cada año y establecía una serie de condiciones que debían tener en cuenta el plan.

Las inspecciones pueden realizarse en las instalaciones previamente a la partida de los camiones o en tránsito, en la carretera.

Las actividades para las que se ha realizado el análisis de riesgos, empresas, agentes y negociantes, son variables de un año a otro, ya que, sin cesar su actividad, pueden dejar de realizar transportes transfronterizos de residuos.

La metodología del análisis de riesgos de acuerdo con lo indicado en el anejo II se ha aplicado a las instalaciones afectadas, y se ha obtenido el siguiente resultado:

CATEGORÍA DE ACTIVIDAD

RIESGO

6

RIESGO
5

RIESGO
4

RIESGO
3

RIESGO
2

RIESGO
1

TOTAL

Transporte de residuos peligrosos

0

0

5

0

0

0

5

Transporte de residuos no peligrosos

0

3

9

2

6

3

23

TOTAL

0

3

14

2

6

3

28

VISITAS 2023

0

3

7

0

4

1

15

Tabla 9.–Análisis de riesgos de las instalaciones afectadas por TTR en 2023

Basado en el análisis de riesgo se inspeccionan quince instalaciones en total, a expensas de la disponibilidad de medios del SEPRONA.

4.2.4. Muestreo y aforo de aguas residuales.

Se han examinado ciento cincuenta y tres instalaciones que producen vertidos de aguas residuales reseñables, de las cuales se han seleccionado cuarenta y nueve instalaciones en los que la inspección lleva asociada la toma de muestras en cincuenta puntos, ya que en una de ellas se toman dos muestras.

El muestreo y aforo se lleva a cabo por personal de la sociedad pública GAN, con acreditación según UNE-EN ISO/IEC 17.020 como entidad de inspección acreditada, para realizar, el envío de las mismas a laboratorio acreditado para su análisis y la comprobación del cumplimiento de los valores límite de emisión.

El muestreo y aforo de estas instalaciones incluye veintiún muestreos en instalaciones que funcionan con Autorización ambiental integrada y veintinueve en instalaciones que funcionan con Autorización ambiental unificada.

4.2.5. Inspección de actividades AAI clausuradas.

Desde la implantación de la Directiva 96/61, su trasposición a la normativa española mediante la Ley 16/2002 y la entrada en vigor del régimen legal de la Autorización ambiental integrada, una serie de instalaciones han sido clausuradas por haber cesado su actividad.

Si bien en la Directiva 2010775/UE el artículo 22 establece condiciones relativas al cierre de las instalaciones y concretamente lo relacionado con el informe base de suelos, el procedimiento de clausura no está reglado en la normativa vigente. En Navarra se ha optado por solicitar al titular la presentación de un proyecto con las acciones que deben ser realizadas en el transcurso de la clausura y la emisión de una Resolución con las condiciones que debe cumplir la instalación una vez clausurada. La visita debe comprobar el grado de cumplimiento de estas condiciones y el estado de la instalación.

Se ha realizado una evaluación de riego basada en el tiempo transcurrido desde la clausura, la información disponible (o la ausencia de la misma) y la problemática ambiental asociada a las mismas. Basadas en este criterio se establece la siguiente programación:

RIESGO

6

RIESGO

5

RIESGO

4

RIESGO

3

RIESGO

2

RIESGO

1

OTROS

TOTAL

NÚMERO DE INSTALACIONES 2019

0

4

2

4

0

1

-

11

NÚMERO DE INSTALACIONES 2020

0

10

1

1

0

6

31

49

NUMERO DE INSTALACIONES 2021

0

3

1

7

2

6

33

52

NUMERO DE INSTALACIONES 2023

3

1

0

2

4

1

39

50

VISITAS 2023

6

1

0

1

1

0

0

9

Tabla 10.–Análisis de riesgos de las instalaciones AAI clausuradas en 2023

En el grupo Otros se consideran las instalaciones que, por modificaciones de la instalación o disminución del consumo de disolventes o de número de cabezas de ganado, han pasado a estar por debajo de los umbrales del anejo I del Real Decreto Ley 1/2016 y siguen estando activas. En este caso han pasado a funcionar dentro del régimen de Autorización ambiental unificada, por lo que su inspección pasa a estar encuadrada en el grupo de las actividades que funcionan con AAU. Se incluyen también las instalaciones que no han sido ejecutadas o que han sido desmanteladas totalmente, de modo que no hay instalación que visitar. Si alguna instalación retoma la actividad pasa a estar fuera de este listado.

Las actividades relacionadas en este proyecto se inspeccionarán en la medida que el personal del Servicio haya ejecutado sus visitas prioritarias a las instalaciones AAI y AAU y teniendo en cuenta la problemática asociada a las mismas.

4.2.6. Vertederos activos y clausurados.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular se establece un subprograma específico de vertederos activos y clausurados. En el caso de los vertederos activos ya se contempla la periodicidad de las visitas en los grupos 4.2.1. y 4.2.2 dado que estas instalaciones ya estaban contempladas en sus respectivos programas.

En el caso de los vertederos no activos, anteriores a los Reales Decretos 1481, de 27 de diciembre y 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero se examinan cuarenta y dos emplazamientos, tres de los cuales posiblemente no existen, quedado treinta y nueve lugares.

Se incluyen en el programa de 2023 trece vertederos clausurados, dos en instalaciones que activas que funcionan con AAI y once en instalaciones clausuradas.

Los vertederos clausurados no están incluidos en los programas 4.2.1 y 4.2.2, salvo aquellos localizados en instalaciones con Autorización ambiental integrada.

RIESGO

6

RIESGO

5

RIESGO

4

RIESGO

3

RIESGO

2

RIESGO

1

TOTAL

NUMERO DE

INSTALACIONES

ACTIVAS 2023

2

1

0

3

0

0

6

VISITAS 2023

4

1

0

0

0

0

5

NUMERO DE

INSTALACIONES

CLAUSURADAS 2023

**

**

**

**

**

**

39

VISITAS 2023

**

**

**

**

**

**

13

TOTAL VISITAS 2023

**

**

**

**

**

**

18

Tabla 11.–Análisis de riesgos de los vertederos activos y clausurados en 2023

4.2.7. Gestores de RAEE y RCD.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular se establece un subprograma específico de gestores de Residuos de Aparatos Eléctricos y electrónicos (RAEE) y Residuos de Construcción y Demolición (RCD), que supone una corrección de la periodicidad de los grupos 4.2.1. y 4.2.2 dado que estas instalaciones ya estaban contempladas en sus respectivos programas.

Se incluyen en el programa nueve instalaciones como gestores de RAEE y otras nueve instalaciones de gestores de RCD, una de ellas es común.

4.2.8. Precursores de ozono en la Ribera.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular se establece un subprograma de inspección y control de emisores de precursores de ozono (COV y NOx) en la Ribera de Navarra. Se trata de un subprograma específico derivado de la evaluación general del medio ambiente en Navarra y del Plan de mejora de la calidad del aire por ozono en Navarra, supone una corrección de la periodicidad de los grupos 4.2.1. y 4.2.2 dado que estas instalaciones ya estaban contempladas en sus respectivos programas.

Se incluyen en el programa cuatro instalaciones situadas en la Ribera de Navarra que están afectadas por el Real Decreto 117/2003. Adicionalmente se realizará el control de los Planes de gestión de Disolventes de todas las instalaciones afectadas por el Real Decreto en Navarra.

Asimismo, se visitarán en esta zona tres instalaciones con elevadas emisiones de NOx de un total de cuatro actualmente en funcionamiento. En todas ellas se ha comprobado la aplicación de las MTD en la adaptación a las respectivas Decisiones de aplicación.

4.2.9. Instalaciones ETS (grupos A, B o C).

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular, se establece un subprograma de instalaciones incluidas en el Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, ETS, grupos A (< 50.000 t CO2), B (> 50.000 y < 500.000 t CO2) y C (> 500.000 t CO2). Se trata de un subprograma específico derivado de la evaluación general del medio ambiente en Navarra, supone una corrección de la periodicidad de los grupos 4.2.1. y 4.2.2 según categoría, para los cuales ya se ha llevado a cabo un análisis de riesgos.

El objetivo de las visitas es comprobar que el plan de seguimiento aprobado para estas instalaciones en el trámite ETS es válido, esto es, que refleja la realidad de la instalación y chequear la resolución de los incumplimientos del informe de verificación del año precedente, si los hay.

Anualmente un verificador acreditado verifica el informe anual de emisiones y el cumplimiento del plan de seguimiento, y las inspecciones tiene que confirmar que las conclusiones del verificador en cuanto a la validez del plan de seguimiento siguen siendo válidas, pero no suplantar ni hacer el trabajo del verificador.

Del total de las veintidós instalaciones afectadas por la Directiva ETS se incluyen en el programa quince instalaciones, de las cuales trece funcionan como AAI y dos como AAU. Nueve son del grupo A y ocho del grupo B.

La inspección de estas cuestiones presenta las siguientes etapas:

–Preparación: consultar documentación (última versión plan de seguimiento, informes de emisión, informes de verificación, documentos de solicitud de asignación).

–Visita in situ: comprobación del sistema de control y flujo de datos, visita de los sistemas de medición, comprobación de protocolos de mantenimiento y calibración, visita a la instalación, comprobación de fuentes de emisión y flujos fuente (combustible y materias primas que dan a lugar a emisiones de GEI).

–Informe de la inspección y medidas a adoptar, en su caso.

4.2.10. Aplicación de purines y digeridos.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular, se establece un subprograma de control de aplicación de purines y digeridos para grandes productores de estos materiales.

Se establece con los titulares un protocolo de control de aplicación del estiércol y el digerido. Posteriormente se lleva a cabo una comprobación quincenal de la aplicación de los mismos.

Se va a realizar el control de seis instalaciones, dos disponen de un digestor anaerobio y aplican digerido al terreno y cuatro aplican purines. En las plantas que aplican digerido se llevarán a cabo en una veinte y, en la otra, diez visitas de control; en las plantas que aplican purín se llevarán a cabo diez visitas en cada una de ellas. El total de visitas de control será de setenta.

4.2.11. Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...).

Las inspecciones no programadas están asociadas a quejas, denuncias, incidentes o accidentes. Para ello, se recoge la información y se visitan las instalaciones, así como iniciar las actuaciones pertinentes para evaluar los riesgos o daños medioambientales y tratar de adoptar las medidas correctoras correspondientes.

Basado en el número de visitas realizadas los años anteriores se programa un total de 20 visitas de inspección no programadas en 2023.

4.2.12. Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

A lo largo de este año, personal de la empresa pública Gestión Ambiental de Navarra, S. A., autorizado por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, examinará la realización de las mediciones a cargo de Laboratorio acreditado en dichos focos, con especial interés en la realización de las mediciones de acuerdo a las Normas UNE-EN o procedimientos técnicos de aplicación.

La acción inspectora se dirige a la actuación del Laboratorio acreditado, no al funcionamiento de la planta, salvo en cuestiones muy concretas relacionadas con la medición, como la adecuación de los focos de emisión a lo indicado en la Norma UNE-EN 15259 o la comprobación del funcionamiento de las instalaciones cuya actividad da lugar a la emisión.

Se programa la visita a diez instalaciones en 2023, procurando controlar en dos ocasiones a cada Laboratorio acreditado y evitar coincidencias con instalaciones examinadas el año anterior.

4.2.13. Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común.

El objetivo es la realización de inspecciones conjuntas a instalaciones de interés común situadas en zonas limítrofes de otras comunidades autónomas. Se programan tres visitas a realizar en comunidades vecinas, ya que se programa que en tres visitas del programa asistan técnicos de inspección de otras comunidades.

Existen dos instalaciones situadas en Viana en las cuales la presencia de técnicos de La Rioja se considera conveniente y en una granja adyacente al País Vasco entre 2020-2022 técnicos de esta comunidad no pudieron asistir por la situación del COVID-19.

Existen instalaciones tanto en La Rioja como en el País Vasco que sería interesante visitar por parte de técnicos del Gobierno de Navarra, sin que exista una necesidad imperiosa en este sentido. Se solicitaría una visita de inspección en la comunidad correspondiente como reciprocidad, si procede.

Inicialmente, no parece sencillo que se lleven a cabo estas visitas conjuntas en 2023, si bien se planifican.

4.2.14. Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

Este objetivo del Plan responde a la gestión orientada a la consecución de resultados, principalmente en los casos donde la contribución de las actividades industriales a la problemática ambiental es significativa. Esta aproximación se concreta en el programa y continúa con algunos de los proyectos ya iniciados o planteados en años anteriores.

El procedimiento general que se sigue en la mayoría de estos casos es el siguiente:

1. Confirmación y caracterización de la problemática.

2. Identificación de las fuentes y estimación de su contribución.

3. Intervención administrativa para el control de la afección o problemática.

4. Coordinación en todas las fases con otros órganos competentes y con las partes interesadas.

5. Evaluación de los resultados: resolución de la problemática o revisión del proyecto.

Después de varios años examinado estas problemáticas, en 2023 se va a tratar de resolver las indicadas en la tabla del punto 3.2.

4.2.15. Resumen general.

En el programa de 2023 las inspecciones a realizar son las siguientes:

a) Instalaciones que funcionan con Autorización ambiental integrada.

–Dos visitas a cinco instalaciones, diez visitas en total, a las que se debe acudir cada seis meses de acuerdo con lo indicado en el artículo 22.3.c) del Real Decreto 815/2013. Dichas instalaciones pertenecen a la categoría de riesgo 5 y el criterio de comportamiento hace que suban un nivel.

–Una inspección a cada una de las trece instalaciones de categoría de riesgo 5, que deben ser inspeccionadas anualmente, trece visitas.

–Una inspección a las instalaciones de categoría de riesgo 4, que no han sido inspeccionadas el año anterior, de manera que todas hayan sido visitadas en los dos últimos años, siete visitas de un total de veintitrés instalaciones.

–Una inspección a las instalaciones de las categorías de riesgo 1, 2 y 3 e instalaciones nuevas, sesenta y tres instalaciones de un total de doscientas diez y seis.

Por tanto, el número de inspecciones en instalaciones que funcionan con AAI a realizar en el año 2023 es de noventa y dos visitas, siendo este grupo el prioritario frente a los demás, en particular las instalaciones de índice de riesgo 4, 5 y 6.

b) Instalaciones que funcionan con autorización ambiental unificada.

–Se visitan las dos instalaciones del grupo de riesgo 5.

–Siete visitas a instalaciones del grupo de riesgo 4 de un total de quince instalaciones.

–Ciento setenta y tres visitas a instalaciones de los grupos de riesgo 3-2-1 e instalaciones nuevas, de un total de novecientas ochenta y ocho instalaciones.

El número total de inspecciones en instalaciones que funcionan con AAU a realizar en el año 2023 es de ciento ochenta y dos, a expensas de la disponibilidad de personal y la prioridad de las instalaciones con AAI.

c) Traslados transfronterizos de residuos.

–Se prevé el control de los transportes de las tres instalaciones del grupo de riesgo 5.

–Siete visitas a instalaciones del grupo 4, de un total de catorce plantas.

–Cinco visitas a instalaciones de los grupos 3-2-1 de un total de once instalaciones.

En total se trata de quince instalaciones a controlar de un total de veintiocho.

d) Muestreo y aforo de agua residuales.

Se programan cincuenta muestreos en cuarenta y nueve instalaciones de un total de ciento cincuenta y tres vertidos examinados.

e) Instalaciones de actividades AAI clausuradas.

–Seis visitas a tres instalaciones del grupo de riesgo 6.

–Una visita a la instalación del grupo de riesgo 5.

–Dos visitas a instalaciones de los grupos de riesgo 3-2-1 de un total de siete instalaciones.

Treinta y nueve instalaciones están en el grupo de Otros, que incluyen instalaciones que han pasado a estar por debajo del umbral o que han pasado a desarrollar otra actividad, dentro del régimen de la Licencia de actividad, y aquellas que han sido totalmente desmanteladas.

Se programan nueve visitas de un total de cincuenta lugares examinados.

f) Vertederos activos y clausurados.

Se programa la visita a tres vertederos activos y doce vertederos clausurados, dos en instalaciones que funcionan con AAI, de un total de treinta y nueve instalaciones analizadas.

g) Gestores de RAEE y RCD.

Se programa la visita a nueve gestores de RAEE y otros nueve de RCD, un total de diez y siete visitas ya que una de ellas gestiona ambos residuos.

h) Precursores de ozono en la Ribera.

Se programa la visita de cuatro instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003 en esta zona y dos instalaciones con emisiones elevadas de NOx que ya figuran en el grupo de las instalaciones AAI.

i) Instalaciones ETS (grupos A, B o C).

Se programa la visita en trece instalaciones que funcionan con AAI y de dos instalaciones que funcionan con AAU, de un total de veintidós instalaciones afectadas por el ETS.

j) Aplicación de purines y digeridos.

Se programa el control de seis instalaciones, en cinco de ellas se realizan diez visitas de control y en una dieciocho, para un total de sesenta y ocho visitas de control.

k) Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...).

Por similitud con los años anteriores se calcula un número de veinte visitas no programadas.

l) Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

Se programa el control de diez de estas actuaciones.

De esta forma el total de visitas incluidas dentro del programa de inspección 2023 son:

PROGRAMA

SUBPROGRAMA

OBJETIVO ESTRATÉGICO

REFERENCIA

CATEGORÍA

IRAM

INSTALACIONES

INSPECCIONES PROGRAMADAS

1.

Instalaciones AAI

2023/01

I (6)

5

10

I (5)

13

13

II (4)

23

7

III (3-2-1)

216

63

Total

257

92

2.

Instalaciones AAU

2023/02

I (6)

0

0

I (5)

2

2

II (4)

15

7

III (3-2-1)

988

173

Total

1.005

182

3.

Traslados transfronterizos de residuos

2023/03

I (6)

0

0

I (5)

3

3

II (4)

14

7

III (3-2-1)

11

5

Total

28

15

4.

Muestreo de vertidos a cargo de EIA

2023/04

153-0(1)

50

5.

Instalaciones AAI clausuradas

2023/05

I (6)

3

6

I (5)

1

1

II (4)

0

0

III (3-2-1)

7

2

Otros

39

0

Total

50

9

6.

Vertederos activos y clausurados

2023/06

Activos

6(1)

5-0(2)

Clausurados

39

13-10(3)

Total

45-39

18-10

7.

Gestores de RAEE y RCD

2023/07

RAEE

32(1)

9(4)

RCD

28(1)

9(4)

Total

60-0

18-17-0

8.

Precursores de ozono

2023/08

COV

NOx

4(1)

4(5)

4(1)

3(6)

Total

8-0

7-0

9.

Instalaciones ETS (grupos A, B o C)

2023/09

AAI

20(1)

14(7)

AAU

2(1)

2(8)

Total

22-0

16-0

10.

Aplicación purines y digeridos

2023/10

6-0(1)

62

Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...)

2023/11

20

Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

2023/12

10

Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común

2023/13

3

TOTAL

1.379

423

Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

2023/14

Olores alrededor de Viana y Logroño

Reducción de las emisiones de olor.

2023/15

Vertedero de la Mancomunidad de Pamplona

Cese del depósito de residuos sin tratar, que incluyen materia orgánica, en el vaso de vertido.

2023/16

Surgencia de fuel oil en Tudela.

Identificación del origen del combustible, cese de la emisión del mismo y descontaminación del suelo si procede.

2023/17

Instalación situada en el emplazamiento de una Autorización ambiental integrada clausurada en Arano en situación legal irregular

Coordinación de las acciones para que el titular regularice su situación o abandone el emplazamiento.

2023/18

Espumas en el puente de Cáseda

Seguimiento por parte de guarderío.

Visitas de inspección dentro del programa de inspección a las plantas del entorno.

(1) El Índice de riesgo de estas instalaciones ya ha sido calculado en las referencias 2023/1 y 2023/2, no se contabilizan.

(2) Las cinco visitas ya están incluidas en la referencia 2023/1, no se contabilizan.

(3) Tres visitas ya están incluidas en la referencia 2023/1, no se contabilizan

(4) Una de las visitas es común ya que gestiona RAEE y RCD, se contabiliza una sola vez. Las visitas ya están incluidas en las referencias 2023/1 y 2023/2, no se contabilizan.

(5) Las cuatro visitas ya están incluidas en la referencia 2023/2, no se contabilizan.

(6) Las tres visitas ya están incluidas en la referencia 2023/1, no se contabilizan.

(7) Las catorce visitas ya están incluidas en la referencia 2023/1, no se contabilizan.

(8) Las dos visitas ya están incluidas en la referencia 2023/2, no se contabilizan.

Tabla 12.–Número de visitas de inspección programadas en 2023 con indicación de los programas, subprogramas, objetivos y referencias a las que están asignadas

5.–RECURSOS HUMANOS

El punto 11 del Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 analiza los recursos necesarios para llevarlo a cabo y para la ejecución de los programas anuales mediante la utilización de medios propios y medios externos, materiales y humanos.

El programa se desarrollará con los recursos humanos actualmente disponibles adscritos a la Sección de Inspección, muy inferiores a los calculados en el Plan de inspección como necesarios para llevar a cabo los objetivos del mismo.

Señalar que no hay una dedicación exclusiva del personal a las actividades de inspección, sino que también lleva a cabo otras actividades que corresponden al servicio, como autorización de actividades AAI y AAU, gestión de la calidad del aire, gestión del ruido...

El gran incremento de las instalaciones a visitar en los próximos cuatro años por la inclusión en el plan de inspección y, en consecuencia, en los programas anuales, de las instalaciones que funcionan como Autorización ambiental unificada hace imposible en la práctica el cumplimiento de los objetivos del programa con la dotación de personal actual.

En este sentido se plantea la realización de inspecciones vectoriales y de otras más sencillas para determinadas actividades (EDAR urbanas), si bien el tiempo mínimo necesario físicamente para realizar una visita (desplazamientos, recorrido por la instalación, redacción de documentos...) hace que estas medidas tengan una efectividad limitada.

En el subprograma de muestreo de los vertidos de aguas residuales a cauce y colector se lleva a cabo por personal de Gestión Ambiental de Navarra, S. A., con acreditación según UNE-EN ISO/IEC 17.020 como entidad de inspección acreditada.

Asimismo, personal de la empresa pública Gestión Ambiental de Navarra, S. A., examinará la realización de mediciones a cargo de Laboratorio acreditado en focos de emisión a la atmósfera, con especial interés en la adecuación de los focos de emisión a lo indicado en la Norma UNE-EN 15259 y a la realización de las mediciones de acuerdo a las Normas UNE-EN de aplicación.

Como en los años anteriores, la inspección de los traslados transfronterizos de residuos la llevará a cabo el SEPRONA.

ANEXO I

Normativa de aplicación

–Ver el Anexo 2 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

–Otra normativa de aplicación más reciente:

1) Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

2) Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria.

3) Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.

4) Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas.

5) Decisión de ejecución (UE) 2022/2508 de la Comisión de 9 de diciembre de 2022 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD), con arreglo a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las emisiones industriales, para la industria textil.

6) Decisión de ejecución (UE) 2022/2427 de la Comisión de 6 de diciembre de 2022 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD), con arreglo a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de gases residuales en el sector químico.

7) Decisión de ejecución (UE) 2022/2110 de la Comisión de 11 de octubre de 2022 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD), con arreglo a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las emisiones industriales, para la industria de transformación de metales férreos.

ANEXO II

Metodología de evaluación de riesgos en instalaciones

Ver el punto 1.2. del Anexo 1 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

ANEXO III

Metodología de evaluación de riesgos en traslados transfronterizos de residuos

Ver el punto 2.2. del Anexo 1 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

LISTA DE FIGURAS

Figura 1.–Número de informes correctos (satisfactorios y adecuados) y porcentaje respecto al número de visitas.

Figura 2.–Número de deficiencias totales, muy relevantes, relevantes y poco relevantes, en promedio.

LISTA DE TABLAS

Tabla 1.–Número de inspecciones desde el año 2004.

Tabla 2.–Grado de cumplimiento del programa de inspección 2022.

Tabla 3.–Evolución del número de propuestas de incoación de expedientes sancionadores y del número de informes por grado de cumplimiento.

Tabla 4.–Evolución del número de deficiencias, en números absolutos y en promedio, por categorías.

Tabla 5.–Revisión de las problemáticas ambientales identificadas en el programa de inspección del año 2022.

Tabla 6.–Proyectos contemplados en 2023 para el desarrollo de los objetivos estratégicos del programa de Inspección.

Tabla 7.–Análisis de riesgos de las instalaciones que funcionan con AAI en 2023.

Tabla 8.–Análisis de riesgos de las instalaciones que funcionan con AAU en 2023.

Tabla 9.–Análisis de riesgos de las instalaciones afectadas por TTR en 2023.

Tabla 10.–Análisis de riesgos de las instalaciones AAI clausuradas en 2023.

Tabla 11.–Análisis de riesgos de los vertederos activos y clausurados en 2023.

Tabla 12.–Número de visitas de inspección programadas en 2023 con indicación de los programas, subprogramas, objetivos y referencias a las que están asignadas.

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