BOLETÍN Nº 81 - 20 de abril de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de 20 licencias de eurotaxi para la prestación del servicio urbano del taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona

Con fecha 28 de marzo de 2023, el presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona adoptó la Resolución 162/2023, cuyo texto íntegro es el siguiente:

La Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi, establece en el apartado 2 de la Disposición Adicional Única que la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona es la entidad local competente para la ordenación y gestión del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta de la Comarca de Pamplona.

Los apartados 7, 8 y 9 de la citada Disposición Adicional Única indican lo siguiente:

7. El Índice General de Referencia de licencias de taxi del área territorial de prestación conjunta del Servicio de Taxi en la Comarca de Pamplona se fija en 1,33 licencias por 1.000 habitantes, en las condiciones establecidas en el apartado siguiente.

8. La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona otorgará el número de licencias correspondientes a la diferencia existente entre lo resultante de la aplicación de este Índice General de Referencia de licencias de taxi y el conjunto de licencias existentes en los municipios incorporados al área, según el siguiente procedimiento:

A) A partir de la asunción de competencias en esta área territorial de prestación conjunta por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona se otorgarán 90 licencias. Este proceso se realizará entre el 1 de enero de 2006 y el 1 de abril de 2007.

B) Durante el año 2007 la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona llevará a cabo un estudio específico sobre la situación del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio del taxi de la Comarca de Pamplona donde se analicen los aspectos de movilidad y socio-económicos teniendo en cuenta como mínimo los siguientes criterios:

a) El nivel de demanda y oferta de servicios de taxi en el correspondiente ámbito territorial.

b) El nivel de cobertura, mediante los diferentes servicios de transporte público, de las necesidades de movilidad de la población.

c) El grado de satisfacción de los usuarios del servicio de taxi.

d) Las actividades comerciales, industriales, turísticas o de otro tipo que se realizan en el área y que pueden generar una demanda específica de servicio de taxi.

e) Las infraestructuras de servicio público del correspondiente ámbito territorial vinculadas a la sanidad, la enseñanza, los servicios sociales, los espacios de ocio y las actividades lúdicas y deportivas, los transportes y otros factores que tengan incidencia en la demanda de servicios de taxi.

f) El análisis económico de la prestación del servicio de taxi.

Dicho estudio contará con informe preceptivo del Consejo Navarro del Taxi.

C) La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona dentro del ámbito de sus competencias, establecerá el calendario y procedimiento para el otorgamiento de nuevas licencias, en función de las conclusiones y propuestas que figuren en el estudio establecido en la letra B) anterior, considerando lo siguiente:

a) En el caso de que el número de nuevas licencias, para el período de aplicación de las propuestas del estudio, no alcancen las correspondientes al Índice General de Referencia establecido en el apartado 7, se mantendrá dicho Índice General de Referencia como objetivo para sucesivos estudios.

b) En el caso de que el número de licencias, para el período de aplicación de las propuestas del estudio, sea superior a las correspondientes al Índice General de Referencia establecido en el apartado 7 se adoptará el nuevo Índice General de Referencia resultante.

9. La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona realizará un estudio sobre la situación del sistema de transporte urbano en su ámbito de influencia, coincidiendo con la redacción de cada uno de los sucesivos Planes de Transporte Comarcal. Dicho estudio contendrá, como mínimo, lo establecido en la letra B) del apartado anterior. En su caso, este estudio podrá servir para el establecimiento y aplicación de un nuevo índice general de licencias a implantar en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona con sujeción a la tramitación prevista en el artículo 9 de esta Ley Foral.

El artículo 5 de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi regula el régimen de otorgamiento de las licencias de taxi. Este artículo indica:

Artículo 5. Régimen de otorgamiento de las licencias.

1. El otorgamiento de las licencias de taxi se rige por lo dispuesto en la presente Ley Foral, así como por las ordenanzas aprobadas por los municipios o por la entidad local competente en un área territorial de prestación conjunta.

2. Las licencias de taxi se otorgarán por los municipios o por la entidad local competente en un área territorial de prestación conjunta, mediante concurso al que podrán concurrir las personas físicas que acrediten el cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 6 de esta Ley Foral. Respecto a las condiciones relativas a los vehículos y a los seguros podrá presentarse el correspondiente compromiso escrito de disposición de los mismos cuyo cumplimiento efectivo será requisito previo para el otorgamiento definitivo de la licencia de taxi.

3. Los municipios o la entidad local competente en un área territorial de prestación conjunta tendrán derecho a percibir los ingresos derivados de los procedimientos de otorgamiento de licencias.

4. La transmisión de una licencia de taxi no se considera otorgamiento de licencia.

5. Los municipios o entidades competentes en materia de taxi adoptarán, en el procedimiento de otorgamiento de las licencias, actuaciones que favorezcan la incorporación de la mujer al sector del taxi.

Por su parte, el artículo 18 de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio del taxi establece el procedimiento para el otorgamiento de licencias y autorizaciones. Dicho artículo indica:

Artículo 18. Procedimiento para el otorgamiento de licencias y autorizaciones.

1. El municipio o la entidad local competente en un área territorial de prestación conjunta procederá a la adjudicación de las licencias de taxi de conformidad con lo dispuesto en esta Ley Foral.

2. El adjudicatario de la licencia de taxi deberá presentar en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la adjudicación la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento y, en particular, la relativa a la disposición de vehículos, la contratación de los seguros y, en su caso, del conductor contratado.

3. Presentada dicha documentación, el municipio o entidad local competente en un área territorial de prestación conjunta otorgará definitivamente al adjudicatario la licencia de taxi.

4. El titular de la licencia de taxi solicitará la autorización de servicios interurbanos de taxi al Departamento competente en materia de transportes, que deberá otorgarla siempre que el solicitante cumpla los requisitos exigidos por la normativa aplicable, salvo cuando el pronunciamiento efectuado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de esta Ley Foral hubiese sido contrario a su otorgamiento.

Las solicitudes de autorizaciones se entenderán estimadas si en el plazo de dos meses no se hubiera dictado y notificado resolución expresa.

5. Con carácter general, los titulares de licencias o autorizaciones tendrán la obligación de iniciar la prestación del servicio en el plazo máximo de 60 días naturales a partir del día siguiente al de notificación de la concesión de las mismas, salvo que las ordenanzas establezcan otro plazo.

A su vez, el artículo 6 de la Ordenanza reguladora del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio del taxi en la comarca de Pamplona establece:

Artículo 6. Procedimiento de otorgamiento.

1. Las licencias para la prestación del servicio urbano de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona serán otorgadas por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona a las personas físicas que reúnan los requisitos para su obtención, mediante concurso.

2. La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona aprobará las bases de la convocatoria del concurso, en las cuales se determinará el procedimiento a seguir y los méritos a valorar para las adjudicaciones que, en todo caso, habrán de garantizar los principios de publicidad, igualdad de oportunidades, libre concurrencia y no discriminación. No obstante, en el procedimiento de otorgamiento, se adoptarán actuaciones que favorezcan la incorporación de la mujer al sector del taxi. Las bases de la convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Una vez celebrado el concurso, si se produjera empate de puntos entre varios licitadores cuyo número supere el número de licencias que queden por otorgar, las licencias que queden se otorgarán a los licitadores que hayan obtenido mayor puntuación total en las pruebas para obtener el carné de conductor profesional del taxi, en la forma que se determine en el pliego de condiciones.

Por otro lado, el apartado 1 del artículo 10 de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio del taxi establece que los municipios y las entidades locales competentes en las áreas territoriales de prestación conjunta deberán proveer periódicamente el otorgamiento de licencias de taxi necesario para cumplir el Índice General vigente en su ámbito territorial, en función de la evolución de la población.

El X Plan de Transporte 2023 de Transporte Urbano de la Comarca de Pamplona recoge entre sus actuaciones el "Plan de choque para la mejora de la oferta de taxi" (actuación 3.19), con el objetivo de mejorar la oferta del servicio de taxi para adaptarla a la demanda del servicio.

Dentro de estas medidas, el citado plan recoge como actuación la de incrementar la oferta de servicios de taxi adaptado a personas usuarias de sillas de ruedas otorgando nuevas licencias de eurotaxis a añadir a las existentes actualmente.

Con fecha de 28 de febrero de 2023 ha sido elaborado por el Departamento de Transporte un "Estudio sobre la situación del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio del taxi de la comarca de Pamplona (Disposición Adicional Única de la Ley Foral del Taxi). Plan para el otorgamiento de nuevas licencias de taxi".

Dicho estudio, en el apartado 5 ("Propuesta para el otorgamiento de nuevas licencias") indica lo siguiente:

Por motivos de eficacia y prudencia en el equilibrio del sector, se parte de las siguientes premisas para el otorgamiento de futuras licencias:

  • En principio, mantener el IGR para el ATPCCP y no incrementarlo tal y como permite el artículo 10.2. de la Ley Foral del Taxi.
  • Que las convocatorias para el otorgamiento de licencias no sean inferiores a 10 licencias, ni superiores a 50.
  • Que como mínimo se mantenga el porcentaje de vehículos eurotaxi alcanzado tras la incorporación las 20 nuevas licencias eurotaxi en 2007.

A partir de estas premisas y la información analizada en este informe, se propone:

  • Dentro de las medidas del actual plan de choque para la mejora de la oferta de taxi y para abordar de manera decidida el servicio de taxi a las personas usuarias en silla de ruedas, otorgar en 2023 veinte (20) nuevas licencias eurotaxi. De esta forma se alcanzarían un total de 335 licencias y un IGR de 0,90.
  • Posteriormente, tras la incorporación de estas nuevas licencias, analizar el efecto de la incorporación de estas nuevas licencias y la necesidad de implementar nuevas medidas conforme a lo indicado en el la Ley Foral del Taxi.

En sesión celebrada el 15 de marzo de 2023, el Consejo Navarro del Taxi informó favorablemente el informe relativo al "Estudio sobre la situación del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio del taxi de la comarca de Pamplona (Disposición Adicional Única de la Ley Foral del Taxi). Plan para el otorgamiento de nuevas licencias de taxi".

De conformidad con los artículos 20.20 de los Estatutos de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, 28.20 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Mancomunidad, y el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (de aplicación conforme al artículo 8.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra) la competencia para aprobar la convocatoria y las bases para otorgar licencias de taxi en el área territorial de prestación conjunta de la comarca de Pamplona corresponde al Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Por todo lo expuesto,

HE RESUELTO

1. Aprobar la convocatoria y las bases el otorgamiento mediante concurso de 20 licencias de vehículos adaptados para transportar personas usuarias en sillas de ruedas para la prestación del servicio urbano del taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona que se incluyen en esta resolución.

2. Disponer la publicación de la convocatoria y las bases en el Boletín Oficial de Navarra y en la sede electrónica de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

3. Indicar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta resolución pone fin a la vía administrativa y que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, dentro del periodo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, pudiendo, previa y potestativamente, interponer bien recurso de reposición ante el presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en ambos casos dentro del plazo de un mes.

Pamplona, 28 de marzo de 2023.–El presidente, David Campión Ventura.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO MEDIANTE CONCURSO DE 20 LICENCIAS DE VEHÍCULOS ADAPTADOS PARA TRANSPORTAR PERSONAS USUARIAS EN SILLA DE RUEDAS1 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO URBANO DEL TAXI EN EL ÁREA TERRITORIAL DE PRESTACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE TAXI EN LA COMARCA DE PAMPLONA

1.–Objeto.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria el otorgamiento mediante concurso de 20 licencias de eurotaxi para la prestación del servicio urbano del taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona.

1.2. Todas estas licencias serán de eurotaxi, es decir, estas licencias deberán tener adscrito en todo momento un vehículo adaptado para transportar personas usuarias en sillas de ruedas conforme al cumplimiento del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad2 (o norma que la sustituya).

1.3. En el caso de que no sean adjudicadas las 20 licencias de eurotaxi, las vacantes serán objeto de un nuevo concurso.

(1) En adelante eurotaxi.

(2) En adelante Real Decreto 1544/2007.

2.–Régimen jurídico3.

El régimen jurídico aplicable a las licencias objeto de la presente convocatoria se contiene en la siguiente normativa:

a) Ley Foral 6/1990, de 2 julio, de Administración Local de Navarra.

b) Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi4.

c) Ordenanza reguladora del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio del taxi en la comarca de Pamplona5.

d) Ordenanza técnica del taxi.

e) Ordenanza de tasas del taxi.

f) Tarifas del taxi.

g) Ordenanza de subvenciones del servicio de taxi.

h) Disposiciones que en desarrollo o complemento de las citadas sean de aplicación.

(3) Las Ordenanzas y tarifas del taxi se pueden consultar en la sede electrónica de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona: https://sedeelectronica.mcp.es/contenido/normativa/servicios.

(4) En adelante Ley Foral 9/2005.

(5) En adelante Ordenanza reguladora.

3.–Condiciones necesarias para participar en el concurso para ser titular de la licencia de taxi.

Las condiciones necesarias para participar en el concurso son las siguientes:

a) Ser persona física.

b) Tener la nacionalidad española o bien la de un Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en Acuerdos, Tratados o Convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito o, en otro caso, contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de la actividad de transporte en nombre propio.

c) Estar en posesión del carné de conducir vigente clase B o certificado que acredite su posesión.

d) Poseer el permiso de conductor profesional de taxi expedido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

e) Constituir la garantía por importe de 3.000 euros conforme a la Base 6.2.b).

4.–Garantías

4.1. Las personas interesadas deberán presentar una garantía de 3.000 euros a favor de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

4.2. La garantía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, se podrá presentar mediante aval (modelo en Anexo II), o bien mediante transferencia bancaria a los números de cuenta ES67 2100 9161 46 2200124523 o ES57 3008 000112 2448603924 o por contrato de seguro de caución.

4.3. En caso de realizar transferencia bancaria, en el concepto se indicará "Garantía convocatoria licencias de taxi".

4.4. La garantía responderá del mantenimiento de la oferta hasta el momento de la aprobación de la adjudicación provisional.

4.5. Inmediatamente después de la adjudicación provisional de las licencias aprobada por el órgano competente, la garantía será devuelta a las personas que no hayan sido adjudicatarias provisionales y retenida a las personas adjudicatarias provisionales.

4.6. La garantía retenida a las personas que se les haya adjudicado provisionalmente será incautada a aquellas que no presenten, en el plazo de 3 meses desde la notificación de la adjudicación provisional de la licencia, la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento conforme a lo indicado en el apartado 11.5. El plazo de 3 meses podría ampliarse por causas justificadas ajenas a la persona adjudicataria provisional debidamente acreditadas, previa solicitud de la persona interesada. Dicha solicitud habrá de presentarse antes de que finalice el plazo de 3 meses.

4.7. La garantía retenida a las personas adjudicatarias será devuelta después de la adjudicación definitiva de las licencias.

4.8. En caso de que alguna persona que resulte adjudicataria provisional fuera descartada del proceso de adjudicación de licencias, su lugar lo ocupará la primera persona según el orden de preferencia establecido que no hubiere sido adjudicataria provisional de licencia. Todas aquellas personas readmitidas en la lista provisional de adjudicación por este procedimiento dispondrán de las mismas condiciones que las personas adjudicatarias en primera instancia, teniendo la obligación de restablecer la garantía de 3.000 euros en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación provisional. En caso de que no constituya la garantía en ese plazo, se entenderá que renuncia a la adjudicación provisional y se pasará a la siguiente persona de la lista. A tal efecto y dentro de dicho plazo, deberá presentar en el registro de la Mancomunidad el documento que acredite la constitución de la garantía.

5.–Lugar y plazo de presentacion de solicitudes.

5.1. Las solicitudes deberán presentarse preferentemente en la oficina de asistencia en materia de registros de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, sita en la calle General Chinchilla número 7 (entrada por la calle Marqués de Rozalejo) de Pamplona.

5.2. No obstante, se podrá presentar las solicitudes en los demás lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas6.

5.3. El plazo para presentar las solicitudes es de 1 mes a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de las presentes bases en el Boletín Oficial de Navarra.

(6) En adelante Ley 39/2015.

6.–Documentación.

6.1.–Las solicitudes se presentarán mediante una instancia conforme al modelo que se incluye en la presente convocatoria como Anexo I y se acompañará de tres sobres cerrados en los que figurará la siguiente leyenda: "CONCURSO PARA LA ADJUDICACIÓN DE 20 LICENCIAS EUROTAXI PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TAXI," y el nombre, apellidos, número del DNI y firma de la persona que presenta la solicitud, así como el título de cada sobre, que será, respectivamente:

a) Sobre número 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.

b) Sobre número 2: PROPOSICIÓN TÉCNICA.

c) Sobre número 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA.

6.2. El sobre número 1 titulado "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" incluirá:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor, pasaporte o documento que acredite la nacionalidad de la persona que presenta la solicitud.

b) Garantía: Las personas interesadas deberán presentar una garantía de 3.000 euros a favor de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona conforme a lo dispuesto en la base 4.

c) Fotocopia del carné de conducir vigente o certificado que acredite su posesión.

d) La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona se encargará de comprobar que el solicitante está en posesión del Permiso profesional de taxi en vigor expedido por la propia Mancomunidad.

6.3. En el sobre número 2 titulado "PROPOSICIÓN TÉCNICA" deberá incluirse, conforme al modelo que se adjunta como Anexo III, la documentación que aporte la persona interesada para que se valoren y puntúen los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 7 de las presentes bases, a excepción de la proposición económica.

6.4. En el sobre número 3 titulado "PROPOSICIÓN ECONÓMICA" deberá incluirse, conforme al modelo que se adjunta como Anexo IV, la oferta económica.

7.–Criterios de adjudicación.

7.1. Criterios de adjudicación.

Para la adjudicación de las licencias se tendrán en cuenta los siguientes criterios, debidamente ponderados y por orden decreciente:

CRITERIOS

PUNTUACIÓN
(sobre 25 puntos)

Oferta económica

10

Aspectos ecológicos

4

Aspectos tecnológicos

3

Oferta de servicio

8

7.2. Oferta económica:

a) Se valorará con un máximo de 10 puntos según la siguiente fórmula:

Donde:

P: puntuación a otorgar. El valor resultante de la ecuación se redondeará a dos decimales.

X: Importe en euros ofertado por la licencia.

b) El valor mínimo que se puede ofertar será de cien mil euros (100.000 euros).

c) La oferta ha de sujetarse al formato descrito en el Anexo IV.

d) En caso de discordancia entre los datos presentados en la oferta, prevalece el valor expresado en letra sobre el valor expresado en número.

e) Esta fórmula responde al siguiente gráfico:

f) Como ejemplo se incluye a continuación la puntuación que correspondería para diferentes valores de la oferta:

VALOR ECONÓMICO OFERTA

PUNTUACIÓN

100.000

0,00

110.000

4,50

120.000

7,60

130.000

8,70

140.000

9,18

150.000

9,42

160.000

9,57

170.000

9,66

180.000

9,72

190.000

9,77

200.000

9,80

Etc.

Etc.

7.3. Aspectos ecológicos:

a) Este aspecto se valora con un máximo de 4 puntos.

b) Se valorará con 4 puntos a las personas que oferten vehículos que estén clasificados según el distintivo ambiental Cero emisiones de acuerdo con la clasificación del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

c) Asimismo, se valorará con 2 puntos a las personas que oferten vehículos que estén clasificados según el distintivo ambiental Eco de acuerdo con la clasificación del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

d) La oferta ha de sujetarse al formato descrito en el Anexo III.

7.4. Aspectos tecnológicos.

a) Este aspecto se valora con un máximo de 3 puntos.

b) Se valorará con 1 punto el compromiso de disponer de la tecnología necesaria que permita a las personas usuarias la reserva por teléfono del servicio en cualquier momento.

La tecnología habrá de ser implantada en el plazo de 6 meses a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva.

c) Se valorará con 2 puntos el compromiso de disponer de la tecnología necesaria que permita a las personas usuarias la reserva por aplicación móvil del servicio en cualquier momento.

La tecnología habrá de ser implantada en el plazo de 6 meses a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva.

d) La oferta ha de sujetarse al formato descrito en el Anexo III.

7.5. Oferta de servicio.

a) En este aspecto se valora con un máximo de 8 puntos el compromiso ofertado para la prestación del servicio en una serie de periodos. La duración de este compromiso, a partir del día de inicio efectivo del servicio, puede ser de 1 año, de 3 años y de 5 años desde el inicio de la prestación del servicio para obtener algún punto.

b) En la oferta se deberá marcar una opción de cada fila, en caso de no marcarse ninguna opción se entenderá que la opción elegida es la primera columna "Ninguna". En caso de señalarse varias opciones por fila se entenderá que es la opción con mayor duración temporal.

c) La puntuación correspondiente por cada uno de los compromisos se adjunta en la siguiente tabla:

COMPROMISOS

DURACIÓN DEL COMPROMISO

Ninguno

1 año

3 años

5 años

Prestar servicio de lunes a viernes, no festivos, entre las 07:30 y las 10:00

0

0,5

2

4

Prestar servicio de lunes a viernes, no festivos, entre las 13:00 y las 15:30

0

0,5

2

4

d) Consideraciones a tener en cuenta:

–Se considerará la fecha de comienzo del compromiso la fecha de inicio efectivo del servicio.

–Para la comprobación de estos compromisos se podrá requerir la información del taxímetro.

–Los compromisos ofertados serán al margen de los servicios mínimos que pudiera establecer la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

–La prestación de este servicio no limita el ejercicio de la actividad en otros periodos.

e) La oferta ha de sujetarse al formato descrito en el Anexo III.

8.–Comisión de valoración.

La Comisión encargada de la calificación de la documentación y la valoración de las propuestas estará formada por:

a) Presidente: David Campión Ventura, presidente de la Mancomunidad, y como suplente Maite Esporrín Lasheras, Vicepresidenta de la Mancomunidad.

b) Jesús Velasco Pérez, director del Área de Transporte de Servicios de la Comarca de Pamplona, S. A., y como suplente Aitor Borobia Barrio, técnico del Área de Transporte de Servicios de la Comarca de Pamplona, S. A.

c) Pedro Luis Rezusta Zudaire, técnico del Área de Transporte de Servicios de la Comarca de Pamplona, S. A., y como suplente María Paz Alvero Jiménez, técnica del Área de Transporte de Servicios de la Comarca de Pamplona, S. A.

d) Manuel Lumbreras Navas, interventor de la Mancomunidad, y como suplente Belén Pascual Morrás,economista de Servicios de la Comarca de Pamplona, S. A.

e) Fernando Chueca Inchusta, director de la Asesoría Jurídica de la Mancomunidad, que actuará como secretario y como suplente Maite Donázar Pascal, secretaria general de la Mancomunidad.

9.–Calificación de la documentación administrativa.

9.1. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Comisión de Valoración, en acto interno, procederá a la calificación de la documentación general presentada por las personas interesadas en el sobre número 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA) en sesión no pública.

9.2. En el plazo 5 días naturales desde la finalización del periodo de presentación de solicitudes se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (calle General Chinchilla, número 7, de Pamplona), así como en el tablón de anuncios de su sede electrónica (https://sedeelectronica.mcp.es/) la lista provisional de las personas admitidas y excluidas.

9.3. Las personas excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido dentro de los 5 días naturales siguientes.

9.4. La lista definitiva de personas admitidas y excluidas se hará pública, de igual forma, 5 días naturales después de finalizar el plazo para presentar reclamaciones. En el caso de no haber personas excluidas, la lista provisional pasará a ser definitiva, y así se indicará en la lista.

10.–Apertura de las ofertas.

10.1. Proposición técnica.

Una vez conocidas las personas admitidas, también en acto interno, la Comisión de Valoración procederá a la apertura y análisis del contenido del sobre número 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA) conforme a los criterios de adjudicación contenidos en la base séptima.

La Comisión de Valoración otorgará la puntuación obtenida por el análisis del contenido del sobre número 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA) conforme a los criterios de adjudicación y publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (calle General Chinchilla, número 7, de Pamplona), así como en el tablón de anuncios de su sede electrónica (https://sedeelectronica.mcp.es/) el acta en el que conste la puntuación. En dicha publicación también se indicará el día, hora y lugar en el que se procederá a la apertura en acto público del sobre número 3 (PROPOSICIÓN ECONÓMICA).

10.2. Proposición económica.

Los sobres número 3 (PROPOSICIÓN ECONÓMICA), se abrirán en acto público y se procederá a su lectura por parte de la Comisión de Valoración.

11.–Propuesta de adjudicación de las licencias.

11.1. Una vez evaluadas las ofertas, la Comisión de Valoración asignará a cada una de ellas un orden de preferencia de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a) En los casos de empate tendrán preferencia las mujeres frente a los hombres; en caso de que persista el empate, tendrán preferencia las personas que hubieran obtenido mayor puntuación total en las pruebas para obtener el carné de conductor profesional del taxi. De mantenerse el empate la preferencia la tendrá la mayor puntuación en la oferta de servicio, de persistir el empate tendrá preferencia la mayor puntuación de los aspectos ecológicos, de persistir todavía el empate tendrá preferencia la mayor puntuación de los aspectos tecnológicos, y de persistir no obstante el empate tendrá preferencia la mayor puntuación en la proposición económica.

Si, una vez aplicados los criterios anteriores, se mantuviera el empate, se realizaría un sorteo público para determinar el orden definitivo.

b) El orden de preferencia se asignará de manera secuencial de primero a último y, en su caso, de mayor a menor puntuación; esto es: se tomará la oferta que haya obtenido la mejor puntuación de entre todas ellas y se le asignará el primer puesto en el orden de preferencia; se tomará a continuación la siguiente oferta mejor puntuada y se le asignará el segundo puesto y así sucesivamente.

11.2. La propuesta de adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (calle General Chinchilla, número 7, de Pamplona), así como en el tablón de anuncios de su sede electrónica (https://sedeelectronica.mcp.es/).

11.3. La Comisión de Valoración elevará su propuesta al Presidente de la Mancomunidad que, mediante Resolución, aprobará la relación de las personas que, atendiendo a la puntuación otorgada en el concurso resulten adjudicatarias provisionales de las licencias.

11.4. La Resolución se notificará personalmente a las personas que resulten adjudicatarias provisionales.

11.5. Las personas que resulten adjudicatarias provisionales deberán presentar en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la adjudicación, la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento y para ser titular de la licencia y, en particular:

a) La relativa a la disposición del vehículo al que se adscribirá la licencia, que deberá ajustarse a la oferta presentada, así como cumplir las características previstas en la Ley Foral 9/2005 y en la Ordenanza reguladora, además de los elementos del sistema tarifario.

La documentación a aportar será:

–Ficha técnica del vehículo.

–Permiso de circulación.

–Certificado del taller adaptador acreditando el cumplimiento de Real Decreto 1544/2007.

Si el vehículo permitiera varias configuraciones el certificado deberá indicar las configuraciones con las que se cumple el Real Decreto para autorizar el vehículo con distinto número de plazas.

–Certificado de la capacidad del maletero conforme a lo establecido en la normativa vigente con las plazas a autorizar desplegadas.

–Certificado del taller instalador.

–Documentación técnica del taxímetro, módulo, impresora y lectora de pago, incluido número de comercio.

–Justificante de la clasificación energética del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico acorde a la oferta realizada.

b) La contratación de los seguros para tener cubierta la responsabilidad civil por daños que puedan ocasionarse en el transcurso del servicio en los términos establecidos en la normativa vigente y en las Ordenanzas reguladoras del servicio.

c) El abono del importe íntegro de la licencia según la proposición económica presentada.

11.6. En caso de que alguna persona que resulte adjudicataria provisional no presente en el plazo de 3 meses desde la notificación de la adjudicación de la licencia la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento exigida en el anterior apartado 11.5, le será incautada la garantía retenida y descartada del proceso de adjudicación de licencias, ocupando su lugar la primera persona según el orden de preferencia establecido que no hubiere sido adjudicataria provisional de licencia. El plazo de 3 meses podría ampliarse por causas justificadas ajenas a la persona adjudicataria provisional debidamente acreditadas, previa solicitud de la persona interesada. Dicha solicitud habrá de presentarse antes de que finalice el plazo de 3 meses.

11.7. Todas aquellas personas readmitidas en la lista provisional de adjudicación por este procedimiento dispondrán de las mismas condiciones que las personas adjudicatarias en primera instancia, teniendo la obligación de restablecer la garantía de 3.000 euros en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación provisional. En caso de que no constituya la garantía en ese plazo, se entenderá que renuncia a la adjudicación provisional y se pasará a la siguiente persona de la lista. A tal efecto y dentro de dicho plazo, deberá presentar en el registro de la Mancomunidad el documento que acredite la constitución de la garantía.

11.8. Presentada dicha documentación, el Presidente de la Mancomunidad mediante Resolución otorgará definitivamente a cada persona adjudicataria la licencia de taxi. La resolución se notificará personalmente a cada persona adjudicataria.

12.–Obligaciones de la persona titular de la licencia.

12.1. La persona adjudicataria de una licencia de taxi deberá mantener las condiciones establecidas por el artículo 6 de la Ley Foral 9/2005 y demás disposiciones aplicables para ser titular de la licencia de taxi.

12.2. Igualmente, todas las características valoradas en este concurso según los aspectos ecológicos y tecnológicos definidos en la base 7 y ofertados deberán mantenerse y están vinculadas a la licencia durante todo el tiempo de vigencia de la misma.

12.3. De igual manera, el carácter de licencia eurotaxi, es decir, disponer de un vehículo eurotaxi cumpliendo con el Real Decreto 1544/2007 (o norma que la sustituya) adscrito a la licencia, permanecerá vigente durante todo el tiempo de la licencia.

12.4. La oferta del servicio definido en la base 7, durará, en su caso, el plazo que se haya ofertado.

12.5. Las personas titulares de una licencia de taxi del área territorial de prestación conjunta de la Comarca de Pamplona están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo en materia de taxi.

12.6. El incumplimiento de alguno de los aspectos tecnológicos contenidos en el apartado 7.4 de las bases que hayan sido ofertados, conllevará la revocación de la licencia previa tramitación del oportuno procedimiento en el que se dará audiencia a la persona interesada. En caso de revocación de la licencia por causas imputables a la persona interesada, se procederá a la devolución de la cuantía abonada, descontando previamente un importe de 3.000 euros para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la Mancomunidad.

12.7. Las personas titulares de licencias tendrán la obligación de iniciar la prestación del servicio en el plazo máximo de 60 días naturales a partir del día siguiente al de notificación de la concesión de las mismas.

13.–Jurisdicción y recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el Presidente de la Mancomunidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

14.–Protección de datos.

14.1. Responsable del tratamiento de sus datos: Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

14.2. Finalidad del tratamiento: Tramitación y adjudicación de licencias de taxi.

14.3. Legitimación en la que se base el tratamiento: Artículo 6.1.a) RGPD: Consentimiento de la persona interesada que expresamente se otorga para la recogida de datos; Artículo 6.1.c) RGPD: Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento en la Ley Foral 9/2005 y en la Ley 39/2015.

14.4. Destinatarios: Los datos serán cedidos en los supuestos en que la ley así lo imponga.

14.5. Derechos: Puede ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación, limitación del tratamiento, supresión "derecho al olvido", portabilidad y no ser objeto de decisiones individualizadas ante el responsable del tratamiento, tal y como se explica en la información adicional, dirigiéndose al Servicio de atención ciudadana (Navas de Tolosa, 29, bajo Pamplona); o dirección mail: mcp@mcp.es.

14.6. Encargado de tratamiento: El encargado de tratamiento es Servicios de la Comarca de Pamplona, S. A.

14.7. Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en la propia Mancomunidad, donde se le proporcionará una copia, así como en la ficha de la convocatoria de la sede electrónica de la Mancomunidad a la que podrá acceder a través del siguiente enlace: https://sedeelectronica.mcp.es/.

15.–Anexos.

1. Anexo I.–Instancia.

2. Anexo II.–Modelo de Aval.

3. Anexo III.–Modelo de Proposición Técnica.

4. Anexo IV.–Modelo de Proposición Económica.

ANEXO I

Instancia para la convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de 20 licencias de vehículos adaptados para transportar personas usuarias en silla de ruedas en el área territorial de prestación conjunta en la comarca de Pamplona

Expediente: 2023/PCD-GEN-MCP/000091

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE:

Nombre y apellidos

N.º de DNI, pasaporte u otro

Nacionalidad

Correo electrónico

SI PROCEDE: DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE:

Nombre y apellidos

DNI

Correo electrónico

DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES (Marque con una X la opción 1 o 2 y rellene los datos que procedan):

OPCIÓN 1.–En papel

Domicilio (calle, número, puerta, etc.)

Localidad

Código postal

Provincia

OPCIÓN 2.–Medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona o en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ)7

Correo electrónico

(7) A la dirección de correo electrónico facilitada llegará un correo avisando de la puesta a disposición de una notificación. Para acceder a dicha notificación se podrá hacer a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ) o de la sede electrónica de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (https://sedeelectronica.mcp.es/contenido/carpeta-ciudadana) en el apartado "Mis notificaciones", para lo cual es necesario disponer de Certificado electrónico, DNIe o de Cl@ve.

EXPONE:

Que solicita se admita la presente solicitud, junto con los 3 sobres que le acompañan, para participar en la convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de 20 licencias de vehículos adaptados para transportar personas usuarias en sillas de ruedas en el área territorial de prestación conjunta de la Comarca de Pamplona.

DOCUMENTOS APORTADOS.

1. Sobre número 1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.

2. Sobre número 2 PROPOSICIÓN TÉCNICA.

3. Sobre número 3 PROPOSICIÓN ECONÓMICA.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS.

1.–Responsable del tratamiento de sus datos: Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

2.–Finalidad del tratamiento: Tramitación y adjudicación de licencias de taxi.

3.–Legitimación en la que se base el tratamiento: Artículo 6.1.a) RGPD: Consentimiento de la persona interesada que expresamente se otorga para la recogida de datos; Artículo 6.1.c) RGPD: Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento en la Ley Foral 9/2005 y en la Ley 39/2015.

4.–Destinatarios: Los datos serán cedidos en los supuestos en que la ley así lo imponga.

5.–Derechos: Puede ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación, limitación del tratamiento, supresión "derecho al olvido", portabilidad y no ser objeto de decisiones individualizadas ante el responsable del tratamiento, tal y como se explica en la información adicional, dirigiéndose al Servicio de atención ciudadana (Navas de Tolosa, 29, bajo Pamplona); o dirección mail: mcp@mcp.es.

6.–Encargado de tratamiento: El encargado de tratamiento es Servicios de la Comarca de Pamplona, S. A.

7.–Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en la propia Mancomunidad, donde se le proporcionará una copia, así como en la ficha de la convocatoria de la sede electrónica de la Mancomunidad a la que podrá acceder a través del siguiente enlace: https://sedeelectronica.mcp.es/.

ANEXO II

Modelo de aval

La entidad ................................................................................................................................... (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF .............................., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ......................................................, código postal ..............................., localidad, y en su nombre .................................................... (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a:

.............................................................................................................................. (nombre y apellidos), con número de DNI (pasaporte u otro) ....................................................... en virtud de lo dispuesto por la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril de Contratos Públicos y las Bases en concepto de garantía definitiva para responder de las obligaciones derivadas de la convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de 20 licencias de vehículos adaptados para transportar a personas usuarias en sillas de ruedas en el área territorial de prestación conjunta de la Comarca de Pamplona, Expediente 2023/PCD-GEN-MCP/000091 ante la Mancomunidad de la Comarca de pamplona con CIF P3112070B, por importe de 3.000 euros (tres mil euros).

La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y con renuncia expresa a la oposición de cualquier clase de excepción cualquiera que sea su naturaleza.

El pago de las responsabilidades derivadas de este documento se llevará a efecto en el plazo máximo de los 5 días laborables siguientes al de la fecha de recepción del Requerimiento del Beneficiario por el Banco y se llevará a efecto mediante transferencia bancaria a favor del Beneficiario.

El Beneficiario podrá ejecutar el presente aval total o parcialmente en sucesivas ocasiones, hasta el Importe Máximo Garantizado. Cualquier cantidad abonada por el Banco en relación con lo dispuesto en esta garantía reducirá el Importe Máximo Garantizado en idéntica proporción.

El presente aval estará en vigor hasta que la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de 20 licencias de vehículos adaptados para transportar personas usuarias en sillas de ruedas en el área territorial de prestación conjunta de la Comarca de Pamplona.

El presente aval ha sido inscrito, en esta misma fecha, en el Registro Especial de Avales con el número:

...................................................................................................

(Lugar y fecha)

(Razón social de la entidad)

(Firma de los apoderados)

Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica de la CGD o Abogacía del Estado

Provincia

Fecha

Número o código

ANEXO III

Modelo de proposición técnica

Don/Doña .......................................................................................................................................... con número de DNI (pasaporte u otro) .................................................................................. y con domicilio en .....................................................................................................

DECLARO:

Que la persona firmante de la declaración oferta y se compromete a los siguientes requisitos técnicos:

1.–RESPECTO A LOS ASPECTOS ECOLÓGICOS.

Por favor, si oferta estas características, señale con una X dentro de la casilla correspondiente, una de las dos opciones.

Adscripción a la licencia eurotaxi de un vehículo clasificado según el distintivo ambiental de acuerdo con la clasificación del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico:

Cero emisiones (4 puntos).

Eco (2 puntos).

2.–RESPECTO A LOS ASPECTOS TECNOLÓGICOS.

Por favor, si oferta estas características, señale con una X dentro de la casilla correspondiente, una o las dos opciones.

Compromiso de disponer de la tecnología necesaria que permita a las personas usuarias la reserva por teléfono del servicio en cualquier momento. (1 punto).

De conformidad con lo dispuesto en la base 12.6, el incumplimiento de alguno de los aspectos tecnológicos contenidos en el apartado 7.4 de las bases que hayan sido ofertados, conllevará la revocación de la licencia previa tramitación del oportuno procedimiento en el que se dará audiencia a la persona interesada. En caso de revocación de la licencia por causas imputables a la persona interesada, se procederá a la devolución de la cuantía abonada, descontando previamente un importe de 3.000 euros para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la Mancomunidad.

Compromiso de disponer de la tecnología necesaria que permita a las personas usuarias la reserva por aplicación móvil del servicio en cualquier momento. (2 puntos).

De conformidad con lo dispuesto en la base 12.6, el incumplimiento de alguno de los aspectos tecnológicos contenidos en el apartado 7.4 de las bases que hayan sido ofertados, conllevará la revocación de la licencia previa tramitación del oportuno procedimiento en el que se dará audiencia a la persona interesada. En caso de revocación de la licencia por causas imputables a la persona interesada, se procederá a la devolución de la cuantía abonada, descontando previamente un importe de 3.000 euros para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la Mancomunidad.

3.–RESPECTO A LA OFERTA DE SERVICIO.

Por favor, si oferta alguna de estas características, señale con una X dentro de la casilla correspondiente. Sólo una X por fila.

COMPROMISOS

DURACIÓN DEL COMPROMISO

Ninguno

1 año

3 años

5 años

Prestar servicio de lunes a viernes, no festivos, entre las 07:30 y las 10:00

Prestar servicio de lunes a viernes, no festivos, entre las 13:00 y las 15:30

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en

................................................................., a .................... de ........................................... 2023

ANEXO IV

Modelo de proposición económica

Don/Doña ........................................................................................................................................... con DNI (pasaporte u otro) ............................................................., de conformidad con lo dispuesto en la convocatoria para la adjudicación mediante concurso de 20 licencias de vehículos adaptados para transportar personas usuarias en sillas de ruedas para la prestación del servicio urbano del taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona se compromete a abonar por la licencia (en número y letra):

Cifra en número: ......................................................................

Cifra en letra: ...........................................................................

Notas a tener en cuenta:

1.–De conformidad con la cláusula 7.2.b) el valor mínimo que se puede ofertar es de cien mil euros (100.000 euros).

2.–De conformidad con la cláusula 7.2.d) en caso de discordancia entre los datos presentados en la oferta, prevalece el valor expresado en letra sobre el valor expresado en número.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en

................................................................., a .................... de ........................................... 2023

Código del anuncio: L2305593