BOLETÍN Nº 67 - 4 de abril de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LIÉDENA

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del rocódromo de Liédena

El Pleno del Ayuntamiento de Liédena, en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2022, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza del rocódromo (publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 13, de fecha 19 de enero de 2023).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la citada modificación de Ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos pertinentes.

Liédena, 16 de marzo de 2023.–El alcalde, Ricardo Murillo Delfa.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL ROCÓDROMO

Artículo 4. Personas escaladoras usuarias: requisitos y aforo.

No podrá acceder al recinto de escalada ninguna persona que no sea usuaria de la instalación.

Todas las personas escaladoras deberán de cumplimentar una ficha con sus datos personales (anexo I).

Todas las personas escaladoras mayores de edad deberán de cumplimentar y presentar la declaración de aceptación de la presente ordenanza (anexo II).

Las personas escaladoras de 16 y 17 años cumplidos podrán acudir en solitario a escalar siempre y cuando se haya presentado previamente autorización expresa de sus padres/madres/tutores o tutoras permitiéndoles acudir en solitario a la instalación junto con fotocopia del documento acreditativo de la identidad de la persona firmante de la autorización para el caso de que la misma no sea presentada directamente en el Ayuntamiento de Liédena por el padre/madre/tutor o tutora legal del menor (anexo III).

Las personas escaladoras menores de 16 años únicamente podrán acceder al rocódromo acompañadas y bajo la supervisión y responsabilidad de una persona mayor de edad. Previamente deberán de haber presentado autorización expresa para acudir a la instalación firmada por sus padres/madres/tutores junto con fotocopia del documento acreditativo de la identidad de la persona firmante de la autorización (anexo IV). Las personas escaladoras menores de 16 años deberán abandonar la instalación al mismo tiempo que la persona adulta que se responsabilice de ellas.

El aforo máximo de personas escaladoras del rocódromo será de 14 personas.

Código del anuncio: L2304546