BOLETÍN Nº 65 - 31 de marzo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 57E/2023, de 22 de febrero, del director del servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se acepta parcialmente el cambio solicitado, referente a la inclusión de nuevos residuos producidos, de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de piensos, cuyo titular es De Heus Nutrición Animal, S. A. U., ubicada en término municipal de Orkoien.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 2362/2007, de 23 de noviembre, del director general de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución 221E/2014, de 22 de mayo, del director general de Medio Ambiente y Agua y modificada por la Resolución 60E/2022, de 3 de marzo, del director del servicio de Economía Circular y Cambio Climático.

Con fecha 22 de julio de 2022 el titular ha solicitado:

1. El cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental integrada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada, de nuevos residuos, correspondientes al proceso productivo de fabricación de piensos.

2. La ampliación del plazo de expedición de residuos peligrosos de la instalación, de manera que disponga de un tiempo máximo de almacenamiento de 12 meses en lugar de 6.

El servicio de Economía Circular y Cambio Climático ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

1. Inclusión de nuevos residuos:

CÓDIGO LER

DESCRIPCIÓN

VALORACIÓN

110113 *

Residuos de desengrasado que contienen sustancias peligrosas. SULFATO SÓDICO

Dicho residuo se encuentra ya autorizado en la AAI con código LER 16 03 03*, que se ajusta más correctamente al capítulo de la lista de residuos de la Decisión de la Comisión de 18 de diciembre de 2014.

020304

Restos de piensos medicamentosos

Dichos códigos LER están ya autorizados en la AAI.

150101

Plástico

200201

PIENSO

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos con el código LER 02 03 04, que se ajusta más correctamente al capítulo de la lista de residuos de la Decisión de la Comisión de 18 de diciembre de 2014. Dado que dicho residuo ya está autorizado, se cambia únicamente la descripción del mismo y el proceso

110116 *

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas.

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos por ser acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles

140603 *

Otros disolventes y mezclas de disolventes. DISOLVENTE Y TOLUENO

160107 *

Filtros de aceite.

160601 *

Baterías de plomo.

170605 *

Materiales de construcción que contienen amianto [6]. FIBROCEMENTO

200121 *

Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio.

2. Ampliación del plazo de almacenamiento de residuos peligrosos a un año.

La duración del almacenamiento de residuos está establecida de manera expresa en el artículo 21 Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que tiene el carácter de legislación básica de protección del medio ambiente, por lo que la solicitud realizada no es aceptada.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en el artículo 35 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el citado artículo, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días. En anejo de la presente resolución se incluye una relación de las alegaciones presentadas por el titular y la respuesta a las mismas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar parcialmente el cambio solicitado, referente a la inclusión de nuevos residuos producidos, de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de piensos, cuyo titular es De Heus Nutrición Animal, S. A. U., ubicada en término municipal de Orkoien, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los anejos de la presente resolución.

Segundo.– Denegar el cambio solicitado, referente al tiempo de almacenamiento de residuos peligrosos, de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricante de piensos, cuyo titular es De Heus Nutrición Animal, S. A. U., ubicada en término municipal de Orkoien.

Tercero.–Mantener la vigencia de las autorizaciones e inscripciones incluidas en la autorización ambiental integrada de esta instalación, concedida mediante la Resolución 2362/2007, de 23 de noviembre, del director general de Medio Ambiente y Agua, referentes a producción de residuos, en tanto no se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.

Cuarto.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Quinto.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Sexto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Séptimo.–Trasladar la presente resolución a De Heus Nutrición Animal, S. A. U. y al ayuntamiento de Orkoien, a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de febrero de 2023.–El director del servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la dirección general de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones

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