BOLETÍN Nº 60 - 24 de marzo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 854/2023, de 6 de marzo, de la directora general de Función Pública, por la que en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se aprueban las convocatorias para la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes de los distintos puestos de trabajo encuadrados en el nivel C relacionados en el anexo I, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Decreto Foral 57/2022, de 25 de mayo, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 105, de 30 de mayo de 2022, se aprobó la oferta parcial de empleo público del ámbito de Administración Núcleo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2022, correspondiente a la tasa de estabilización conforme al Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra, en la que se incluyen, entre otras, plazas de los distintos puestos de trabajo encuadrados en el nivel C relacionados en el anexo I.

Mediante Decreto Foral 80/2022, de 14 de septiembre, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 191, de 26 de septiembre, por el que se modificó la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y se aprobó la modificación del Decreto Foral 57/2022, de 25 de mayo.

El artículo 10.1 de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en las Administraciones públicas de Navarra, establece que las plazas incluidas en la oferta pública de empleo de estabilización serán ofertadas a un procedimiento de movilidad interna mediante concurso de traslado, en el que podrán participar aquellas personas empleadas fijas que tengan su nombramiento en el mismo puesto de trabajo objeto de convocatoria.

Al citado procedimiento le será de aplicación la normativa correspondiente a la provisión mediante concurso de traslado de los puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, con las especificidades establecidas en la antedicha Ley Foral 19/2022, de 1 de julio.

Teniendo en cuenta lo anterior, procede aprobar las convocatorias para la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes de los distintos puestos de trabajo encuadrados en el nivel C relacionados en el anexo I, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

RESUELVO:

1.º Aprobar las convocatorias para la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes de los distintos puestos de trabajo encuadrados en el nivel C relacionados en el anexo I, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

2.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

3.º Notificar la presente resolución al Servicio de Gestión de Personal, al Servicio de Estructura, Organización de Puestos y Plantilla de Personal y al Negociado de Información al Público y Registro del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior y a las personas del tribunal designadas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de marzo de 2023.–La directora general de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.

CONVOCATORIAS PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO DE TRASLADO, DE LAS VACANTES DE LOS DISTINTOS PUESTOS DE TRABAJO ENCUADRADOS EN EL NIVEL C RELACIONADOS EN EL ANEXO I

Estas convocatorias se regirán por las siguientes

BASES

1.–Objeto de las convocatorias.

1.1. Es objeto de las presentes convocatorias la provisión, mediante concurso de traslado, de las vacantes de los distintos puestos de trabajo encuadrados en el nivel C relacionados en el anexo I.

2.–Vacantes.

2.1. En estas convocatorias se convocan inicialmente, las vacantes de los puestos de trabajo relacionados en el anexo I, incluidas en el Decreto Foral 57/2022, de 25 de mayo, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 105, de 30 de mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta parcial de empleo público del ámbito de Administración Núcleo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos del año 2022, correspondiente a la tasa de estabilización conforme al Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones públicas de Navarra y por el Decreto Foral 80/2022, de 14 de septiembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y se aprueba la modificación del Decreto Foral 57/2022, de 25 de mayo, o las que resulten de la tramitación de los procesos de acoplamiento interno previo por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el Instituto de Salud Pública y Laboral.

2.2. Además, en el presente concurso también serán objeto de provisión las plazas que dejen vacantes las personas concursantes que obtengan en el concurso una nueva plaza.

2.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en las Administraciones públicas de Navarra, de las plazas inicialmente convocadas se detraerán las que sean adjudicadas a personal fijo que deje de desempeñar una jefatura sin reserva de plaza, a quienes reingresen al servicio activo desde la situación de excedencia voluntaria o por cualquier otra causa o forma de provisión de plazas prevista en el ordenamiento jurídico.

3.–Requisitos.

3.1. Las personas que concurran al presente traslado deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su situación administrativa.

b) Hallarse encuadrada en el nivel o grupo C.

c) Haber sido nombrado para el mismo puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

3.2. En el caso de que se desee optar a plazas que tengan señalado requisito de carnet de conducir clase B, C o D será preciso:

–Ser titular o estar ocupando, en el plazo establecido en el punto 4.1, una plaza con requisito de carnet de conducir clase B, C o D o

–Estar en posesión del carnet de conducir vehículos de la clase B, C o D.

3.3. En el caso de que se desee optar a plazas que tengan señalado requisito de idioma inglés o comunitario, será preciso:

–Ser titular o estar ocupando, en el plazo establecido en el punto 4.1, una plaza con requisito de conocimiento del idioma y nivel similar a la plaza a la que se opta o

–Estar en posesión de uno de los títulos o certificados acreditativos del nivel requerido para la plaza, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública o de titulación reconocida oficialmente equivalente.

3.4. En el caso de que se desee optar a plazas bilingües con un nivel de conocimiento de euskera, será preciso estar en posesión de uno de los títulos o certificados acreditativos del nivel de conocimiento requerido para la plaza, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública o de titulación reconocida oficialmente equivalente.

3.5. De acuerdo con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, es requisito para el acceso a aquellos puestos que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.

3.6. En el caso de que se desee optar a plazas que tengan señalado el manejo de cargas será preceptivo un informe médico de aptitud para el desempeño de dichas plazas.

3.7. Quienes hayan ingresado en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a partir del 1 de enero de 2009, tras la superación de las correspondientes pruebas selectivas, en plazas para las que sea preceptivo el conocimiento del euskera o de algún idioma comunitario, solamente podrán elegir vacante para las que el conocimiento de dicho idioma sea preceptivo para su desempeño.

No obstante, esta previsión no se aplica en aquellos supuestos en los que, sin tener en cuenta el conocimiento del idioma exigido, el resultado del proceso selectivo le hubiera permitido a la persona interesada la obtención de una plaza que no tuviera establecido dicho requisito.

3.8. Quienes ocupen una dirección de servicio, jefatura de sección o de negociado, o unidad asimilada a las anteriores, y reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria podrán participar en el concurso de traslado. La toma de posesión en la plaza adjudicada en este procedimiento conllevará el cese en la dirección de servicio o jefatura de sección, negociado o unidad asimilada a las anteriores que se estuviera desempeñando.

3.9. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión de la plaza.

3.10. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el momento que se determina en las bases de la presente convocatoria.

3.11. El personal fijo en situación de excedencia voluntaria o excedencia forzosa que, habiendo permanecido un año en dicha situación, participe en el respectivo concurso reuniendo los requisitos exigidos en la convocatoria, obtendrá de esa forma el reingreso en el servicio activo en el respectivo puesto de trabajo y la adjudicación definitiva de una plaza.

3.12. El personal que hubiera reingresado al servicio activo, adscrito con carácter provisional a un puesto vacante, deberá presentarse a la convocatoria de concurso de traslado del respectivo puesto de trabajo, al objeto de la adjudicación de destino definitivo.

3.13. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional octava del mencionado Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, podrán también participar en el concurso de traslado los funcionarios del Parlamento de Navarra que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

4.–Solicitudes y documentación.

4.1. Plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes de participación en cada convocatoria deberá realizarse en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.2. Presentación y formalización de la solicitud.

Quienes deseen tomar parte en el presente concurso de traslado deberán presentar la solicitud de inscripción de forma telemática, a través de Internet, en la dirección https://www.navarra.es/es/empleo-publico "Información para empleados y empleadas públicas: promociones, traslados y otros servicios" "Concursos de méritos", en la reseña correspondiente a la presente convocatoria.

Las personas concursantes no deberán presentar documentación alguna relativa a los méritos, puesto que teniendo en cuenta que se valorarán como único mérito los servicios prestados a las Administraciones públicas atendiendo, a razón de 1 punto por año, a la antigüedad reconocida por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en la fecha de publicación de la convocatoria, dicha información se incorporará directamente en el expediente personal de cada persona aspirante y se pondrá a disposición del tribunal, para su baremación.

4.3. Acreditación de requisitos:

4.3.1. Quienes deseen optar a plazas que tengan señalado requisito de carnet de conducir clase B, C o D, o de conocimiento de idiomas o de euskera deberán aportar junto con la solicitud de inscripción, de forma telemática, la documentación que acredite estar en posesión de dichos requisitos. Queda exceptuada de aportar dicha documentación, la persona concursante que sea titular o esté ocupando una plaza con requisito de carnet de conducir o de conocimiento de idioma comunitario.

4.3.2. El requisito de la base 3.5 se acreditará mediante autorización a la Dirección General de Función Pública para que solicite dicha certificación al Registro Central de Delincuentes Sexuales o mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales regulado en el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre.

4.3.3. El requisito de la base 3.6 se acreditará mediante el correspondiente informe médico que será realizado por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra. A tal efecto, deberán solicitar dicho reconocimiento en la solicitud de inscripción.

5.–Admisión de personas concursantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la directora general de Función Pública dictará Resolución aprobando las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas de cada convocatoria y ordenará su publicación en la ficha web de la correspondiente convocatoria del portal del Gobierno de Navarra.

5.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los 3 días naturales siguientes al de publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. La presentación de reclamaciones será de forma telemática a través de Internet en la dirección www.navarra.es en la reseña de la correspondiente convocatoria.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, la directora general de Función Pública dictará Resolución aprobando las listas definitivas de personas admitidas y excluidas de cada convocatoria y ordenará su publicación en la ficha web de la correspondiente convocatoria del portal del Gobierno de Navarra.

En el caso de que no existan personas aspirantes excluidas, se aprobarán directamente las listas definitivas de admitidos y se ordenará su publicación en la ficha web de la correspondiente convocatoria del portal del Gobierno de Navarra.

5.4. Si no se hubiera presentado ninguna solicitud, la Dirección General de Función Pública dictará resolución declarando desierto el concurso.

6.–Tribunales calificadores.

6.1. El tribunal calificador de los concursos de traslado estará compuesto por:

–Presidencia: Doña Virginia Marín Fernández, jefa de la Sección de Selección, Provisión y Situaciones Administrativas, de la Dirección General de Función Pública.

–Suplente: Doña Pilar Goñi Muro, directora del Servicio de Gestión de Personal, de la Dirección General de Función Pública.

–Vocal: Doña Nuria Hernández Guillén, representante del personal propuesta por la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

–Suplente: Doña Julia Aznárez Fraile, representante del personal propuesta por la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

–Secretaría: Doña María Esther Castillo Noáin, jefa de la Unidad de Coordinación Administrativa de los Procesos Selectivos, de la Dirección General de Función Pública.

–Suplente: Don Pedro Luis Bados Otazu, jefe de la Unidad de Coordinación Jurídica de los Procesos Selectivos, de la Dirección General de Función Pública.

6.2. Los tribunales calificadores podrán constituirse a partir del mismo día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Una vez constituidos los tribunales calificadores, en caso de enfermedad o ausencia temporal por causa justificada del presidente o de la secretaria, se aplicará lo establecido en los artículos 21.2 y 22.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

6.3. Las personas de los tribunales calificadores deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los tribunales cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.4. Los tribunales resolverán por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

7.–Méritos.

7.1. En las convocatorias de concurso de traslado que se convocan se valorarán como único mérito los servicios prestados a las Administraciones públicas atendiendo, a razón de 1 punto por año, a la antigüedad reconocida por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en la fecha de publicación de la convocatoria.

Notas:

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

2.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

7.2. Los empates que se produzcan en la puntuación de los concursantes se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor tiempo de servicios prestados en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Si persiste el empate, se dirimirá mediante un único sorteo celebrado al efecto por el tribunal calificador. Entre las personas igualadas se seleccionará una al azar, mediante la asignación de un número a cada una de ellas ordenadas por orden alfabético, de modo que todos los empates se solventarán atendiendo al orden alfabético, partiendo de los apellidos y nombre de la persona cuyo número haya sido extraído en el sorteo.

7.3. Finalizada la valoración los tribunales publicarán, en la ficha web de la correspondiente convocatoria del portal del Gobierno de Navarra, las puntuaciones obtenidas por las personas concursantes y se abrirá un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para que las personas concursantes puedan formular reclamaciones y alegar lo que a su derecho convenga en relación con la valoración de méritos.

7.4. Una vez resueltas por los tribunales calificadores las reclamaciones que se formulen, estos publicarán las puntuaciones definitivas de todas las personas participantes, en la ficha web de la correspondiente convocatoria del Gobierno de Navarra, y remitirá la lista de personas aspirantes ordenadas conforme a la puntuación obtenida, junto con el expediente completo, a la directora general de Función Pública.

8.–Elección de vacantes.

8.1. Una vez recibido el expediente del tribunal, la directora general de Función Pública dictará resolución en relación con las vacantes que finalmente se convocan al concurso de traslados y de forma simultanea se abrirá el plazo para la elección de vacantes. Dicha resolución se publicará en la ficha web de la correspondiente convocatoria del Gobierno de Navarra.

8.2. En el plazo de cinco días naturales las personas participantes formularán su solicitud vía telemática, a través del enlace que figurará en la dirección antes señalada, y elegirán las vacantes.

Quienes no envíen su solicitud dentro del plazo establecido, perderán todos sus derechos a desempeñar las vacantes objeto de concurso.

Una vez finalizado el plazo de elección de vacantes, la elección formulada por los concursantes tendrá carácter irrenunciable.

8.3. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, no podrán ser objeto de elección aquellas vacantes adscritas a la misma Dirección General, organismo autónomo o unidad orgánica inferior no encuadrada en una Dirección General a la que esté adscrita la persona concursante, excepto que suponga un cambio de municipio, centro o régimen de jornada ordinaria o parcial.

9.–Adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. La adjudicación de vacantes se realizará por orden de puntuación obtenida en el concurso. Respecto a las personas concursantes reubicadas se estará a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto Foral 114/2002, de 3 de junio, por el que se regula el procedimiento de reubicación por incapacidad y del Decreto Foral 65/2018, de 22 de agosto, por el que se regula el procedimiento de reubicación por motivos de salud del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

La elección de vacantes supone la aceptación expresa por parte de la persona concursante del puesto que se le adjudique de entre los que haya señalado y tendrá carácter irrenunciable.

La directora general de Función Pública adjudicará, mediante Resolución, a las personas concursantes las plazas que les hayan correspondido y, fijará su fecha de incorporación, que será única para todas las participantes en el procedimiento correspondiente. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

9.2. Al personal que participe en el concurso de traslado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra no se le modificará el régimen jurídico al que estuviera sujeto con anterioridad a su participación en el concurso. Esta previsión no resultará de aplicación al personal fijo a tiempo parcial, que cuando acceda a una plaza a tiempo completo adquirirá la condición de funcionario. El personal con régimen jurídico funcionarial o estatutario podrá acceder mediante traslado por concurso de méritos a una plaza laboral a tiempo parcial, pasando en este supuesto a la situación de excedencia voluntaria como personal funcionario o estatutario.

10.–Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados de los tribunales calificadores podrá interponerse recurso de alzada ante la directora general de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

Puestos de trabajo y número de vacantes convocadas

PUESTO DE TRABAJO

NÚMERO MÁXIMO DE VACANTES

ADMINISTRATIVO

627, 778, 786, 806, 811, 813, 1037, 1066, 1220, 1384, 1393, 1401, 1527, 1534, 1543, 1680, 1808, 2177, 2331, 2487, 2577, 2582, 2598, 2665, 2681, 2683, 3337, 3339, 3821, 4260, 4285, 4591, 4986, 5041, 5388, 5416, 5467, 5472, 5484, 5487, 5498, 5525, 5527, 5546, 5831, 5857, 5913, 6136, 6168, 6183, 6190, 6194, 6197, 6634, 6795, 7273, 7437, 7456, 7485, 7559, 7938, 8133, 8621, 10116, 10724, 10910, 10929, 10930, 10936, 11138, 11210, 30345, 30581, 30623, 30861, 31462, 31632, 31925, 32191, 32287, 32377, 32528, 32728, 33328, 33542, 33695, 33983, 34537, 34552, 34666, 35620, 36061, 36074, 36111, 36954, 37400, 37401, 37407, 37440, 37448, 37453, 37455, 37458, 37461, 37465, 37583, 37587, 37589, 37592, 37593, 38028, 38035, 38038, 38041, 38059, 38060, 38061, 38062, 38063, 38064, 38065, 38067, 38068, 38069, 38070, 38071, 38072, 38939, 38941, 38956, 38957, 38979, 38987, 38989, 38990, 39018, 39034, 39035, 39092, 39093, 39367, 39393, 39544, 60026, 60055, 60148, 60206, 60281, 60363, 60384, 60568, 60578, 60770, 60774, 60808, 60909, 60955, 61028, 61051, 61159, 61173, 61199, 61228, 61234, 61304, 61466, 61529, 61687, 61805, 61835, 61943, 61971, 62036, 62089, 62145, 62460, 62508, 62549, 62651, 62652, 62653, 62656, 62660, 62689, 62770, 62776, 62900, 62904, 62945, 63000, 63040, 63099, 63246, 63256, 63357, 63642, 63774, 63781, 63786, 63888, 64060, 64065, 64099, 64108, 64157, 64174, 64184, 64277, 64305, 64369, 64403, 64445, 64478, 64647, 64671, 64778, 64792, 64933, 64951, 65044, 65065, 65214, 65460, 65608, 65808, 66011, 66447, 66475, 66480, 66606, 66611, 66614, 66615, 66619, 66666, 66667, 66686, 66823, 66860, 66933, 67070, 67073, 67074, 67075, 67078, 67334, 67365, 67366, 67367, 67424, 67426, 67432, 67453, 67499, 67558, 67571, 67572, 67573, 67660, 67749, 67750, 67761, 67762, 67779, 67780, 67813, 67871, 67935, 67968, 67970, 67971, 67974, 68029, 68068, 68304, 68308, 68322, 68323, 68331, 68381, 68488, 68567, 68639, 68684, 68686, 68687, 68715, 68717, 68719, 68721, 68723, 68789, 68792, 68838, 68902, 68971, 69032, 69036, 69037, 69038, 69079, 69098, 69441, 69443, 69451, 69452, 69454, 69457, 69460, 69461, 69469, 69471, 69473, 69520, 69521, 69522, 69523, 69529, 69810, 69811, 69812, 69813, 69888, 69893, 69895, 69896, 69898, 69899, 70020, 70023, 70024, 70030, 70618, 70690, 70691, 70692, 70693, 70694, 70731, 70735, 70831, 70932, 70934, 70938, 71052, 71168, 71199, 71206, 71217, 71295, 71296, 71298, 71433, 71489, 71581, 71719, 71751, 71763, 71787, 71788, 71842, 71852, 71860, 71902, 71927, 71947, 71971, 71972, 71973, 72123, 72126, 72129, 72130, 72134, 72159, 72160, 72232, 72233, 72234, 72235, 72298, 72300, 72301, 72330, 72333, 72359, 72445, 72447, 72550, 72551, 72552, 72553, 72554, 72555, 72556, 72558, 72559, 72560, 72561, 72562, 72563, 72564, 72565, 72566, 72567, 72568, 72569, 72570, 72572, 72573, 72574, 72575, 72576, 72577, 72578, 72579, 72580, 72581, 72582, 72583, 72584, 72585, 72586, 72587, 72781, 72785, 72786, 72787, 72788, 72789, 72790, 73001, 73002, 73004, 73005, 73006, 73049, 73050 y 73051

AUXILIAR TÉCNICO DE LABORATORIO

2193, 2201, 2205 y 2213

BASOZAIN/GUARDA DE MEDIO AMBIENTE

1501, 10099, 10693 y 10701

COCINERO

7275, 68752, 71238, 71349, 71350, 71351, 71352, 71353, 71354, 71988, 71989, 71990 y 72791

EDUCADOR Y EDUCADOR INFANTIL

2905, 2906, 2912, 2918, 2938, 2940, 2951, 2953, 2956, 2981, 2989, 3008, 3010, 10361 y 10362

ENCARGADO DE ARCHIVO

7583

ENCARGADO DE BIBLIOTECA

11128, 30080 y 36085

ESPECIALISTA DE APOYO EDUCATIVO

39473, 39474, 39475, 39476, 39477, 39478, 39479, 39480, 39481, 39482, 39483, 39484, 39485, 39486, 39487, 39488, 39489, 39490, 39491, 39492, 39493, 39494, 39495, 39496, 39497, 39498, 39499, 39500, 39501, 39502, 39503, 39504, 39505, 39506, 39507, 39508, 39509, 39510, 39511, 39512, 39513, 39514, 39515, 39516, 39517, 39518, 39519, 39520, 39521, 39522, 39523, 39524, 39525, 39526, 39527, 39528, 39529, 39530, 39531, 39532, 39533, 39534, 39535, 39536, 39545, 39546, 39547, 39548, 39549, 39550, 39551, 39552, 39553, 39554, 39555, 39556, 39557, 39558, 39559, 39560, 39561, 39562, 39563, 39564, 39565, 39566, 39567, 39568, 39569, 39570, 39571, 39572, 39573, 39574, 39575, 39576, 39577, 39578, 40001, 40002, 40003, 40004, 40005, 40006, 40007, 40008, 40009, 40010, 40011 y 40012

OFICIAL 1.ª Y OFICIAL DE MANTENIMIENTO

38974, 39022, 39029, 62171 y 65467

OFICIAL DE ACTIVIDADES AGRARIAS

2280, 7228, 8593, 10211 y 10337

OFICIAL DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS

9385

OFICIAL DELINEANTE

830 y 2526

OFICIAL DE FOTOCOMPOSICIÓN

961

OFICIAL TÉCNICO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y OFICIAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

5579, 8320, 39030, 39032, 39039, 39040, 39068, 66471, 66603, 67870 y 71765

TÉCNICO DE GESTIÓN DE TRANSPORTES

9829, 10132 y 10351

TÉCNICO DE OBRA CIVIL

1791, 1908, 1991, 1995, 1999, 2020, 2039, 2149 y 7717

TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PROF.

71894, 71895, 71896, 71897, 71898, 71899 y 71900

VIGILANTE DE CARRETERAS

2009, 3490 y 9797

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