BOLETÍN Nº 6 - 10 de enero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 25408E/2022, de 28 de diciembre, la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto para 2023 y se modifica la Resolución 1316E/2022, de 11 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación del "Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Identificación BDNS: 611539.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, el desarrollo de proyectos dirigidos a colectivos vulnerables y consistentes en programas integrados de inserción, a través de itinerarios individualizados y personalizados que deberán incluir acciones de orientación y acompañamiento en la búsqueda de empleo, así como acciones de formación, con un itinerario y seguimiento personalizado para cada persona participante, cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2023.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto de las públicas destinadas a la financiación del "Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para 2023.

Por Resolución 1316E/2022, de 11 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación del "Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por Resolución 10764E/2022, de 5 de julio, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se procedió a modificar la Resolución 1316E/2022, de 11 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación del "Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Procede modificar diversas bases reguladoras de la citada convocatoria. En concreto se modifican de las bases 3 y 9.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare

RESUELVO:

1.º Autorizar el gasto para el ejercicio 2023 de las subvenciones públicas destinadas a la financiación del "Programa de Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia reguladas por la Resolución 1316E/2022, de 11 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, número 611539 de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, por un importe de 126.164 euros, con cargo a la partida presupuestaria 950003 96400 4819 241104 denominada "MRR programas integrales para mujeres" del presupuesto de gastos del SNE-NL de 2023 o partida análoga que se habilite, con la siguiente distribución:

• 44.157,40 euros para la realización de programas orientados al desarrollo de competencias y empleos digitales, conforme con lo previsto en la base 3 de la convocatoria. Cumplimiento de obligaciones derivadas del etiquetado digital (108-Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales)

• 44.157,40 euros para la realización de programas orientado al desarrollo de competencias y empleos verdes, conforme con lo previsto en la base 3 de la convocatoria. Cumplimiento de obligaciones derivadas del etiquetado climático (01-Contribución a las competencias y empleos verdes)

• 37.849,20 euros para el desarrollo de estos proyectos en municipios con menos de 5.000 habitantes.

2.º Podrá autorizarse una cuantía adicional máxima por importe de 1.150.705,40 euros en el ejercicio 2023, cuya efectividad queda condicionada a su autorización como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias legalmente previstas. La autorización, en su caso, de este crédito adicional se realizará por el órgano competente y se publicará en los mismos términos que la convocatoria, no implicando la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver y notificar. Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el supuesto 2.º, regla a), del apartado 3.º del artículo 31 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, por haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.

3.º Modificar las siguientes bases reguladoras de la convocatoria antes mencionada, que surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el sentido que se indica:

–La base 3, que queda redactada de la siguiente manera:

1. Los programas subvencionados deberán encuadrarse en alguna de las siguientes líneas:

a) Programas orientados al desarrollo de competencias y empleos digitales.

Son programas relacionados con las nuevas tecnologías digitales que permitan automatizar procesos de trabajo, innovar y transformar en el desarrollo de los puestos de trabajo, etc.

Se tratará de capacitar a las personas beneficiarias para utilizar herramientas informáticas y tecnológicas en el puesto de trabajo, así como, adaptarse a la evolución tecnológica de las operaciones comerciales, modelos de gestión de clientes, procesos de comunicación, etc.

Cada programa contará con 30 participantes.

b) Programas orientados al desarrollo de competencias y empleos verde, economía circular, tratamiento de residuos, ahorro o eficiencia energética, energías renovables, transporte y movilidad sostenible, gestión del agua, rehabilitación y edificación sostenibles, aprovechamientos forestales y agrarios.

Cada programa contará con 30 participantes.

c) Programas desarrollados en municipios con menos de 5.000 habitantes.

Son programas desarrollados en municipios con menos de 5.000 habitantes, según el padrón a 31 de diciembre de 2020. Estos programas deberán estar relacionados con el ámbito de los cuidados de larga duración, el emprendimiento y la economía social, desarrollo local rural y sostenible que refuerce la cohesión territorial (gestión del patrimonio, actividad turística, atención de la dependencia e intervención con colectivos vulnerables).

Cada programa contará con 20 participantes.

2. Las entidades podrán solicitar como máximo tres proyectos siempre que correspondan a líneas de subvención diferentes.

3. Estos programas tendrán una duración máxima de 12 meses. En todo caso, las actuaciones subvencionadas no podrán extenderse más allá del 31 de marzo de 2025.

–En la base 9, se modifica el apartado 1 que queda redactado de la siguiente manera:

"9. Solicitudes y plazo de presentación.

1. Se podrán presentar las solicitudes a partir del día siguiente de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Navarra y hasta el 31 de enero de 2024."

4.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona, 28 de diciembre de 2022.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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