BOLETÍN Nº 6 - 10 de enero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

IRURTZUN

Calendario laboral para 2023

El Pleno del Ayuntamiento de Irurtzun, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2022, aprobó el calendario de días festivos entre semana durante el año 2023 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Irurtzun, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2023, las siguientes:

–6 de enero: Reyes Magos.

–6 de abril: Vacaciones de Primavera, jueves.

–7 de abril: Vacaciones de Primavera, viernes.

–10 de abril: Vacaciones de Primavera, lunes.

–1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores y las Trabajadoras.

–20 de julio: Fiestas de Irurtzun.

–21 de julio: Fiestas de Irurtzun.

–25 de julio.

–15 de agosto.

–12 de octubre: Fiesta del Estado Español.

–1 de noviembre.

–4 de diciembre: Día de Navarra.

–6 de diciembre: Día de la Constitución española.

–8 de diciembre.

–25 de diciembre: Navidad.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2023, todos los domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Irurtzun, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

a) La jornada diaria de trabajo tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes comprendidas entre las 7:30 y las 15:20 horas.

b) El horario de atención al público y de apertura del Registro General queda establecido de 9:00 horas a 14:00 horas.

c) El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos y dejar únicamente días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Quedan pendientes del disfrute por parte de los/as trabajadores/as, elegir 3 días, 6 horas y 30 minutos de asuntos propios, solicitados y justificados previamente a la Alcaldía con la antelación suficiente.

d) La distribución de la jornada de trabajo señalada en el anterior apartado a), no se aplicará a los/as empleados/as que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial, ni al personal adscrito al centro escolar, que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico, el cual deberá respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter anual.

Se hace la salvedad de que en todo caso la duración de la jornada anual quedará condicionada a la que se establezca definitivamente para el año 2023 con carácter general para las Administraciones Públicas de Navarra. A tal efecto y en el caso de existir alguna variación se realizarán los ajustes necesarios.

Irurtzun, 22 de diciembre de 2022.–El alcalde, Aitor Larraza Carrera.

Código del anuncio: L2217590