BOLETÍN Nº 6 - 10 de enero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZIZUR MAYOR

Aprobación definitiva de la modificación de la Norma reguladora de la actividad y del precio público por la prestación del servicio de actividades culturales

El Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en sesión celebrada el día 25 de agosto de 2022, aprobó inicialmente el expediente de modificación de la Norma reguladora de la actividad y del precio público por la prestación del servicio de actividades culturales en Zizur Mayor.

El expediente de la modificación de la norma fue sometido a información pública mediante publicación de anuncio al efecto en el Boletín Oficial de Navarra número 220, de 8 de noviembre de 2022, y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, sin que durante el plazo de información pública, se hayan presentado alegaciones al expediente, por lo que el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, según lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Lo que se publica, junto con el texto íntegro de dicha modificación de la Norma, para que surta los efectos jurídicos previstos.

Zizur Mayor, 27 de diciembre de 2022.–El alcalde, Jon Gondán Cabrera.

MODIFICACIÓN DE LA NORMA REGULADORA DE LA ACTIVIDAD Y DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES CULTURALES EN ZIZUR MAYOR

La presente modificación afecta a los artículos 4, 8 y anexo I, de la Norma reguladora de la actividad y del precio público por la prestación del servicio de actividades culturales en Zizur Mayor.

Artículo único.

Se introducen en los artículos 4, 8 y anexo I, las adiciones que a continuación se enumeran en los términos siguientes:

Artículo 4. Se da nueva redacción al apartado 4.

Artículo 4. Ámbito subjetivo.

4. Una vez finalizado el plazo de inscripción se procederá a hacer un sorteo en los cursos en los que el número de plazas ofertadas sea inferior al número de personas inscritas.

Artículo 8. Se da nueva redacción a los apartados 2, 3 y 5.

Artículo 8. Obligados al pago.

2. Podrá existir la posibilidad de fraccionamiento del pago según la duración de la actividad cultural y el importe de la cuota.

3. Estarán obligadas al pago del precio público las personas beneficiarias de la actividad cultural, en la forma y lugar establecidos en cada caso por las bases de organización del curso o actividad cultural.

5. Una vez realizada la inscripción a una actividad cultural y siendo ésta admitida, si por cualquier circunstancia la persona usuaria quisiera darse de baja, deberá solicitarla mediante instancia general o formulario habilitado en la página web del Ayuntamiento, si lo hubiera, aportando en su caso la documentación justificativa de la baja. Dicha justificación será valorada por el personal competente del Ayuntamiento, que resolverá si procede o no la devolución de la parte proporcional del pago realizado.

ANEXO 1

Se da nueva redacción al apartado 5.

5. Inscripciones.

El requisito para inscribirse en las actividades culturales será el de empadronamiento en Zizur Mayor. Se inscribirá a las personas no empadronadas en una lista de reserva que será utilizada para completar grupos, según las necesidades y criterios que se establezcan por el Servicio de Cultura, como se indica en el artículo 4 de la presente norma.

En el momento de formalizar la inscripción se abonará el importe del precio público, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 8 de la presente norma.

Código del anuncio: L2217687