BOLETÍN Nº 59 - 23 de marzo de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

AIBAR

Convocatoria para la provisión temporal de un puesto de trabajador/a social

El alcalde del Ayuntamiento de Aibar / Oibar mediante Resolución número 45/2023, de fecha 6 de marzo, ha aprobado la convocatoria cuyas bases se reproducen a continuación:

CONVOCATORIA MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL EN RÉGIMEN DE CONTRATADO LABORAL EVENTUAL DE UN PUESTO DE TRABAJO DE TRABAJADOR/A SOCIAL Y APROBACIÓN DE UNA LISTA RESULTANTE PARA POSIBLES SUSTITUCIONES

Base 1.ª Normas generales.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión de un puesto de trabajo de trabajador/a social y la aprobación de una lista para posibles sustituciones con el fin de dar cobertura a las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Aibar / Oibar y en su servicio de Centro Rural de Atención Diurna (capacidad máxima 15 usuarios).

La contratación ofertada será a jornada completa y se mantendrá durante el periodo en el que la persona que actualmente realiza las funciones permanezca de permiso.

La lista de personas que surja de esta selección se utilizará para posteriores contrataciones y sustituciones y estará vigente hasta la aprobación de una nueva convocatoria.

Si durante el periodo de vigencia de la lista se constituye otra nueva para el mismo puesto de trabajo, mediante convocatoria pública de pruebas selectivas publicada en el Boletín Oficial de Navarra, tendrán prioridad las personas aspirantes de las listas más recientes sobre las de las más antiguas.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B de la Administración del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto y su retribución bruta anual será la establecida en la Plantilla Orgánica para dicho puesto.

1.3. Las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo serán las que se señalan a continuación, de manera enunciativa y no excluyente:

–Centro Rural de Atención Diurna:

  • Programa de acogida de usuarios y usuarias.
  • Elaboración modificación y revisión periódica del Plan de Atención Individualizada (PAI).
  • Seguimiento de las personas usuarias y de sus familias: comunicación, asesoramiento y orientación.
  • Coordinación del equipo del centro (personal de cocina, gerocultoras, fisioterapeuta y terapeuta ocupacional).
  • Coordinación con otras entidades y órganos: Servicio Social de Base, Centro Salud, Lares, Comisión de Seguimiento.
  • Planificación, coordinación, supervisión y ejecución de todas las actividades que se realizan en el Centro de Día con los usuarios y para el buen funcionamiento del mismo, con excepción de las relacionadas con la fisioterapia y la terapia ocupacional. Elaboración de la programación semanal y coordinación de horarios.
  • Atención directa a usuarios/as en el centro (lunes, miércoles y viernes de 10:00 a 12:00 horas): impartición del taller de prensa, estimulación cognitiva y otras actividades terapéuticas.
  • Atención a las inspecciones.
  • Revisión y seguimiento de la contabilidad del centro.
  • Comunicación:
    • Seguimiento de las redes sociales del centro: Facebook e Instagram.
    • Creación de contenido y grabación de vídeos para subir.
  • Realizar proyectos y memorias: cuestionarios de satisfacción a familiares y usuarios/as, memoria anual, petición de subvenciones y su justificación, envío de informes a Gobierno de Navarra, reuniones de la Comisión de seguimiento.
  • Cualquier otra que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sea encomendada.

–Ayuntamiento:

  • Coordinación de la bolsa de empleo del Ayuntamiento.
  • Vivienda: atención y apoyo a personas que solicitan información sobre vivienda. Apoyo en la solicitud de ayudas económicas: David, Emanzipa, censo de vivienda de alquiler social.
  • Supervisión del material ortoprotésico y su situación.
  • Apoyo a las actividades del Club de Jubilados de la localidad: charlas, excursiones, carteles, justificación de subvenciones, etc.
  • Actividades orientadas a la infancia y juventud.
  • Atención a personas usuarias dentro de sus competencias, o, en su caso, derivación.
  • Gestión de subvenciones en ámbitos de igualdad y elaboración de proyectos: Pacto de Estado Contra la Violencia de Género, INAI, formaciones con impacto de género con población gitana, etc.
  • Coordinación con otros servicios públicos y privados.
  • Cualquier otra que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sea encomendada.

1.4. Las pruebas de selección que se realizarán son las establecidas en la base 6.ª

1.5. El horario de trabajo será de 8:00 a 15:20 horas, adaptándose en todo momento según las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado por la Administración responsable.

Base 2.ª Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, quienes quieran participar deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europeo y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del título de Diplomado en Trabajo Social o título de Grado correspondiente o de un título declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer las capacidades físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse en situación de inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración pública.

Las personas que quieran participar y cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

f) Permiso de conducir B y disponibilidad de coche.

2.2. El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en esta base, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Base 3.ª Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Aibar / Oibar, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de que se presente la instancia por cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 deberá remitirse al Ayuntamiento justificante de haber presentado la documentación requerida enviando un correo electrónico a la dirección: ayuntamiento@aibar.es indicando dicha circunstancia antes de que termine el plazo de presentación de instancias.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I.

En la instancia de participación, las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación, las personas aspirantes deberán aportar:

–Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite la identidad de la persona aspirante.

–Fotocopia del permiso de conducir.

–Fotocopia de la titulación.

–Certificados acreditativos de los méritos alegados que deban ser valorados en la fase de concurso.

3.2. Las personas aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido/a, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Base 4.ª Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 5.ª Admisión de aspirantes.

5.1. Listas provisionales.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía del Ayuntamiento de Aibar / Oibar dictará resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web (www.aibar/oibar.org). En caso de no haber personas aspirantes excluidas, se aprobará directamente la relación de personas admitidas como definitiva. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.2. Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, la Alcaldía dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web (www.aibar/oibar.org) En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 6.ª Desarrollo del concurso-oposición.

El concurso-oposición se desarrollará en dos fases no eliminatorias teniendo lugar primero la fase de oposición y, posteriormente, la fase de concurso.

6.1. Fase de oposición (puntuación máxima 70 puntos):

Consistirá en contestar en el tiempo máximo de una hora a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida, relativa al temario que figura en el Anexo II de la convocatoria. Penalizarán las respuestas erróneas con 0,10 puntos por cada respuesta errónea.

Esta prueba se calificará con un máximo de 70 puntos.

6.2. Fase de concurso (30 puntos):

A) Experiencia laboral. (Máximo 20 puntos).

–Por cada año de servicios prestados como trabajador/a social de Residencia o Centro de día de personas mayores, de titularidad pública o privada 5 puntos.

–Por cada año de servicios prestados como trabajador/a social en otros recursos de titularidad pública, 2 puntos con un máximo de 5 puntos.

–Por cada año de servicios prestados como trabajador/a social en otros recursos de titularidad privada, 1 punto con un máximo de 3 puntos.

Cuando el tiempo de experiencia no compute una anualidad entera se obtendrá la correspondiente proporcionalidad. Contará del mismo modo la jornada completa y parcial.

Los servicios prestados se acreditarán exclusivamente mediante certificados de la Administración Pública o de empresa, o certificado de vida laboral en los que conste el puesto de trabajo y las fechas de inicio y terminación de los contratos y la jornada de cada uno.

B) Cursos de formación. (Máximo 10 puntos).

–Por haber realizado programas de formación en Atención centrada en la Persona (master, postgrado, experto), 5 puntos.

–Por haber realizado cursos de perfeccionamiento en materias relacionadas con el puesto, acreditados mediante título o certificado:

  • Por cada 10 horas de formación certificada: 0,1 puntos, con un máximo de 4 puntos.

–Otra formación relacionada con la coordinación de centros o equipos:

  • Por cada 10 horas de formación certificada: 0,1 puntos, con un máximo de 2 puntos.

La valoración de los méritos se realizará con posterioridad al desarrollo de las pruebas selectivas y contendrán los datos de nombre, apellidos y puntuación.

Base 7.ª Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Aritz Burguete Blasco, alcalde.

  • Suplente: Carlos Arbeloa, concejal de Bienestar Social del Ayuntamiento de Aibar / Oibar.

–Vocal: Izaskun Martínez Zabaleta, concejala.

  • Suplente: Beatriz Olagüe Turrillas, concejala de Bienestar Social del Ayuntamiento de Aibar / Oibar.

–Vocal: Edurne Sesma Aguas, trabajadora social del Ayuntamiento.

  • Suplente: Ana Elarre Aznárez, trabajadora social de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Comarca de Sangüesa.

–Vocal: Susana Jiménez Maestre, representante del personal trabajador.

  • Suplente: persona en quien delegue.

–Secretaria: Elena Gurbindo Tellechea, secretaria.

  • Suplente: Raquel García Areso, secretaria del Ayuntamiento de Liédena.

7.2. Para la constitución y actuación válida del tribunal será necesaria la presencia de la mayoría absoluta de los miembros que lo componen.

7.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria, en caso de empate, el presidente podrá hacer uso de su voto de calidad.

7.4. Quienes integren el Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran el Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.5. El Tribunal podrá incorporar a personas asesoras especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichas personas colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Base 8.ª Resultados.

8.1. Terminada la calificación de la fase de concurso el Tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento la relación de aspirantes por orden de puntuación alcanzada, según la suma de las calificaciones obtenidas y elevará propuesta de designación a favor de la persona aspirante que obtenga mayor puntuación. El resto de aspirantes pasarán a formar parte de una lista o bolsa de sustituciones.

8.2. La persona propuesta para la contratación deberá aportar Certificado de delitos de naturaleza sexual, copia compulsada del título exigido en la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención y certificados originales o debidamente compulsados de los méritos alegados. Si dentro del plazo indicado para incorporarse al puesto dado por la Administración convocante y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, la persona aspirante no presentase la documentación requerida, no podrá ser nombrada quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, se nombrará a la persona incluida inmediatamente a continuación en la lista resultante, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 9.ª Protección de datos.

9.1. Para la realización de este trabajo se tendrá acceso a datos de carácter personal de las personas usuarias, incluidos datos relacionados con la salud y tendrá también acceso autorizado a los lugares en donde se ubican los ficheros. En todo momento deberá guardar confidencialidad sobre los datos personales, imágenes y cualquier información que pueda ser conocida con ocasión de los trabajos realizados (situación física, procesos patológicos, situación familiar del residente, etc.). Sólo utilizará la información conocida para las exigencias y necesidades del puesto de trabajo, no podrá ser utilizada para fin distinto del ámbito laboral y no será comunicada a terceros. La obligación de confidencialidad tiene un carácter indefinido. La persona seleccionada quedará obligada a garantizar la confidencialidad y adecuado tratamiento de los datos que conozca en razón de su trabajo, quedando sometida a las obligaciones de secreto profesional y a las contenidas en el Reglamento UE 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.

9.2. Se informa a las personas participantes que la entidad responsable del tratamiento de los datos personales que faciliten es el Ayuntamiento y que su finalidad es la selección de personal y provisión del puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen. Los titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica. Reglamento UE 2016/679.

Base 10.ª Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma que no emanen del tribunal calificador, cabe interponer, operativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Aibar / Oibar, 6 de marzo de 2023.–El alcalde, Aritz Burguete Blasco.

ANEXO I

Modelo de solicitud (PDF).

ANEXO II

Temario

Tema 1.–Ley 39/2006, 14 de diciembre Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia: Sistema para la autonomía y atención a la dependencia (2): La dependencia y su valoración. Reconocimiento del derecho. Financiación del sistema y aportación de los beneficiarios.

Tema 2.–Decreto Foral 92/2020 por el que se regula el funcionamiento de los servicios residenciales, de día y ambulatorios de las áreas de mayores, discapacidad, enfermedad mental e inclusión social, del sistema de servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra y el régimen de autorizaciones, comunicaciones previas y homologaciones. Títulos V y VI y Anexos I, II, III y IV.

Tema 3.–Modelo de concertación de plazas para residencias y estancias diurnas en servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, pliego de condiciones administrativas y pliegos de condiciones técnicas del nuevo sistema Open House.

Tema 4.–La estimulación de la persona mayor en el área física, psíquica y social. La actividad física, ocio y terapia ocupacional en centros de día. Actividades básicas de la vida diaria y actividades significativas.

Tema 5.–El Modelo de Atención Integral y Centrado en la Persona. Qué es. Principios rectores. Profesionales y nuevos roles de atención. (Modelo de atención centrado en la persona. Cuadernos prácticos 1 y 4. Fundación Matia-Matia Fundazioa).

Tema 6.–El Plan de Atención Individualizado a personas mayores en situación de dependencia (Guía del Departamento de Políticas Sociales de Gobierno de Navarra). Importancia de la atención integral. El equipo interdisciplinar. El profesional de referencia. La organización al servicio de las personas. Objetivos del Plan de Atención Individualizada.

Tema 7.–El respeto, la dignidad y aspectos éticos en la atención a las personas mayores.

Código del anuncio: L2304083