BOLETÍN Nº 47 - 7 de marzo de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LAKUNTZA

Calendario laboral y días inhábiles para 2023

El Pleno del Ayuntamiento de Lakuntza, en sesión de 30 de enero de 2023, aprobó acuerdo cuyo texto se transcribe a continuación:

"Una vez determinado el calendario oficial de fiestas laborales para el 2023 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra mediante Resolución 323/2022, de 3 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2023 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y la Orden Foral 233/2022, de 13 de diciembre, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se aprueba el calendario laboral del año 2023 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y otras disposiciones de aplicación,

ACUERDA:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2023 en las oficinas del Ayuntamiento de Lakuntza, que será el siguiente:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–20 de enero: Fiestas patronales San Sebastián.

–6 de abril: Jueves Santo.

–7 de abril: Viernes Santo.

–10 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–25 de julio: Santiago.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–26, 27, 28, y 29 de agosto: Fiestas de agosto.

–12 de octubre: Virgen del Pilar.

–1 de noviembre: Festividad de todos los Santos.

–4 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Navidad.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2023, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Lakuntza, queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo (217 días) y se realizará de la siguiente forma:

1. La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes.

2. La distribución de la jornada de trabajo señalada en los apartados anteriores de este artículo no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial ni a los afectados por alguna compensación horaria (trabajo a turnos, nocturno, etc.) que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico.

Tercero.–El horario de atención al público y de apertura del registro general del Ayuntamiento de Lakuntza queda establecido de lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas.

Cuarto.–Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lakuntza".

Lakuntza, 22 de febrero de 2023.–El alcalde, Patxi X. Razkin Sagastibeltza.

Código del anuncio: L2303078