BOLETÍN Nº 42 - 28 de febrero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 15 de febrero de 2023, por el que se crea la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética.

La Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética, establece en el artículo 6 que en materia de cambio climático y transición energética son órganos de gobernanza de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra el departamento o departamentos competentes en materia de cambio climático y energía, la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética y el Consejo social sobre política de cambio climático y transición energética.

Por otra parte, en su artículo 7, encomienda a la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética la implementación de la planificación en materia de cambio climático y energía, regula sus funciones, y dispone que tendrá el carácter de grupo o comisión de trabajo, así como que su composición, organización y coordinación con otros organismos y funcionamiento se determinará por acuerdo de Gobierno de Navarra conforme a lo establecido en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, incluyendo criterios para la designación de la presidencia, vicepresidencia, miembros y representación equilibrada de mujeres y hombres.

El artículo 8 de la ley foral prevé que mediante orden foral se determinará la coordinación del Consejo social sobre política de cambio climático y transición energética con la comisión interdepartamental; en su artículo 11.2 que la Oficina de cambio climático de Navarra actuará como secretaría técnica y administrativa de la comisión interdepartamental y en su artículo 25.6 que corresponde a la comisión interdepartamental velar por la coordinación entre las actuaciones en materia de investigación, desarrollo e innovación y las restantes actuaciones de los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en la acción frente al cambio climático y la transición energética.

Es, por tanto, necesario crear la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética prevista en la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.

De conformidad con lo expuesto, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial,

ACUERDA:

1.º Crear la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética prevista en la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética.

2.º La Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética tendrá la siguiente composición:

a) Presidencia: la presidencia será ejercida por quien ostenta la presidencia del Gobierno de Navarra o persona en quien delegue.

b) Vicepresidencia: la vicepresidencia la ejercerá la persona titular del departamento con competencias en materia de medio ambiente o la persona en quien delegue.

c) Vocalías:

–La persona titular de la dirección general competente en energía.

–La persona titular de la dirección general competente en medio ambiente.

–Una persona en representación de cada uno de los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra designada por la persona titular del mismo de entre las personas que ostenten una dirección general.

d) La secretaría será ejercida por la persona titular del servicio con competencias en materia de cambio climático.

Deberá garantizarse la presencia y representación equilibrada de mujeres y hombres en la comisión interdepartamental.

3.º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 b) de la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética, una vez creada la Oficina de cambio climático de Navarra, las funciones de secretaría técnica y administrativa de la Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética serán ejercidas por aquella.

4.º La Comisión interdepartamental de cambio climático y transición energética podrá acordar la creación de grupos de trabajo especializados para el estudio de temas específicos. Podrán participar en los grupos de trabajo personas no integrantes en la comisión de cambio climático y transición energética pertenecientes a los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

5.º Trasladar este acuerdo a todos los departamentos del Gobierno de Navarra, a los efectos oportunos.

6.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 15 de febrero de 2023.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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