BOLETÍN Nº 36 - 21 de febrero de 2023

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZIZUR MAYOR

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del uso y fomento del euskera en el ámbito de Zizur Mayor

El Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en la sesión celebrada el día 25 de agosto de 2022, acordó la aprobación inicial y posterior tramitación reglamentaria del expediente de Modificación de la Ordenanza reguladora del uso y fomento del euskera en el ámbito de Zizur Mayor.

El expediente de dicha modificación de la ordenanza fue sometido a información pública mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 189, de 22 de septiembre de 2022 y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, habiéndose presentado alegaciones en el plazo conferido al efecto. Visto ello, mediante acuerdo de Pleno de fecha 26 de enero de 2023, se resuelven las alegaciones presentadas y se aprueba definitivamente la citada modificación.

Lo que se publica, junto con el texto íntegro de dicha ordenanza, para que surta los efectos jurídicos previstos.

Zizur Mayor, 6 de febrero de 2023.–El alcalde, Jon Gondán Cabrera.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL USO Y FOMENTO DEL EUSKERA EN EL ÁMBITO MUNICIPAL DE ZIZUR MAYOR

La presente modificación afecta a los artículos 18 y 19 de la Ordenanza reguladora del uso y fomento del Euskera en el ámbito municipal de Zizur Mayor.

Artículo único.

Se introducen en los artículos 18 y 19, las modificaciones que a continuación se enumeran en los términos siguientes:

Artículo 18. Se da nueva redacción al artículo.

Artículo 18. En todas las convocatorias de puestos de trabajo que el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia realice en los que el ingreso se efectué por concurso-oposición o en los que la provisión sea por concurso de méritos, y en las que no sea preceptivo el conocimiento del euskera, se incluirá como mérito el conocimiento de este idioma previo informe técnico justificativo de su pertinencia.

Artículo 19. Se da nueva redacción al artículo.

Artículo 19. La valoración del euskera podrá ser hasta un 10% sobre todos los puntos de la convocatoria (concurso más oposición). En la provisión de puestos por concurso de méritos, este porcentaje se aplicará a la puntuación asignada al baremo de méritos.

Código del anuncio: L2301931