BOLETÍN Nº 34 - 17 de febrero de 2023

4. Procedimientos Judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA

Procedimiento ordinario 392/2019

Hago saber: que en el procedimiento ordinario número 392/2019, seguido ante esta Sala, se dictó sentencia de fecha 11 de octubre de 2021; resolución que ha quedado firme, cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 268/2021.

Ilmos. Sres. Presidente.–M.ª Jesús Azcona Labiano.–Magistrados.–Ana Irurita Díez de Ulzurrun.–José Manuel Izquierdo Salvatierra.–

En Pamplona/Iruña, a once de octubre de 2021.

La Sala de lo Contencioso-administrativo de este Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, ha visto los autos del recurso número 0000392/2019, promovido contra Orden Foral 100E/2019, de 28 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Puente La Reina y su normativa urbanística conforme fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 6/9/2019, siendo en ello partes: como recurrente X, representado por el Procurador Carlos Hermida Santos y dirigido por el mismo, como demandado, el Gobierno de Navarra representado y dirigido por su Asesoría Jurídica, y como codemandado, Ayuntamiento de Puente La Reina representado por la procuradora Elena Burguete Mira y dirigido por el Abogado Fernando Isasi Ortiz de Barrón, y viene a resolver con base en los siguientes Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho.

FALLO:

Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales Carlos Hermida Santos, en nombre y representación de X, contra Orden Foral 100E/2019, de 28 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Admón Local, por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Puente La Reina y su normativa urbanística conforme fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 6/9/2019, que se anula por vicios procedimentales.

Todo ello con imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada.

Notifíquese esta Resolución Judicial conforme dispone el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, expresando que contra la misma solo cabe interponer recurso de casación ante la Sala correspondiente, única y exclusivamente, en el caso de que concurra algún supuesto de interés casacional objetivo y con los requisitos legales establecidos, todo ello de conformidad con los artículos 86 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en redacción dada por Ley Orgánica 7/2015 de 21 de julio.

Dicho recurso habrá de prepararse ante esta Sala del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de treinta días siguientes a la notificación de esta Sentencia.

Se informa a las partes que en cualquier supuesto, y en todos los recursos de casación que se presenten, todos los escritos relativos al correspondiente recurso de casación se deberán ajustar inexcusablemente a las condiciones y requisitos extrínsecos que han sido aprobados por Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo y de este Tribunal Superior de Justicia de Navarra en fechas 20-4-2016 (Boletín Oficial del Estado 6-7-2016) y 27-6-2016 respectivamente.

Estos Acuerdos obran expuestos en el tablón de anuncios de este Tribunal Superior de Justicia así como publicados en la página web del Consejo General del Poder Judicial (www.poderjudicial.es) para su público y general conocimiento.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 72-2 y 107-2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, expido y firmo el presente.

Pamplona / Iruña, 2 de febrero de 2023.–Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, Virginia Arias López de Lacalle.

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