BOLETÍN Nº 33 - 16 de febrero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 1 de febrero de 2023, por el que se declara urgente, a los efectos de la expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto de "Duplicación de los túneles de Belate y Almandoz en la carretera N-121-A (Pamplona-Behobia)".

Mediante Orden Foral 35/2021, de 18 de mayo, del consejero de Cohesión Territorial, se procedió a la aprobación provisional del proyecto de trazado de la "Duplicación de los túneles de Belate y Almandoz en la carretera N-121-A (Pamplona-Behobia)".

Por Orden Foral 88/2022, de 1 de diciembre, del consejero de Cohesión Territorial, se aprueba definitivamente el proyecto de construcción de "Duplicación de los túneles de Belate y Almandoz en la carretera N-121-A (Pamplona-Behobia)".

El Servicio de Estudios y Proyectos informa que la carretera N-121-A Pamplona-Behobia es una de las más importantes de la Comunidad Foral, ya que vertebra las comunicaciones principales entre Pamplona y la zona norte de Navarra (comarca del Bidasoa) y es, a la vez, la principal vía de comunicación hacia Francia. El tramo de los túneles de Belate y Almandoz de la carretera N-121-A no cumple con los requisitos que exigen las normativas europeas vigentes en materia de seguridad, por tratarse de túneles con tráfico bidireccional. Es por eso por lo que, desde el Gobierno de Navarra, se considera necesario la construcción de un nuevo tubo para cada uno de los dos túneles citados, de acuerdo con la Directiva 2004/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, sobre requisitos mínimos de seguridad para túneles de la red transeuropea de carreteras. La alternativa seleccionada consta de una nueva calzada situada a la izquierda (oeste) de la actual carretera, comenzando en el p.k. 27+040 y finalizando en el p.k. 34+647, totalizando una longitud de 7.647 m.

Estas obras suponen una mejora en la seguridad vial, lo que aconseja acometer las obras a la mayor brevedad, por lo que, al objeto de agilizar los trámites para la adquisición de los terrenos necesarios, se hace preciso declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a los efectos de la expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto "Duplicación de los túneles de Belate y Almandoz en la carretera N-121-A (Pamplona-Behobia)".

2.º Establecer como gasto estimado para la adquisición de los bienes y derechos afectados, la cantidad de 1.509.211,91 euros, que se imputará del siguiente modo: 529.043,92 euros con cargo a la partida 220002 22100 6010 453233 "Obras túneles Belate y Almandoz" elemento PEP E-18/000215-01, del presupuesto de gasto para 2023 y el resto, 980.167,99 euros, con cargo a la partida equivalente del presupuesto de gastos para 2027, que quedará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

3.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, produciendo efectos desde el día de su publicación, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que el mismo puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

4.º Trasladar este acuerdo al Servicio Estudios y Proyectos, al Negociado de Gestión Económica del Departamento de Cohesión Territorial y a la Intervención Delegada en el citado departamento.

Pamplona, 1 de febrero de 2023.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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