BOLETÍN Nº 24 - 3 de febrero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 340/2022, de 23 de diciembre, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas por la que se procede a la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en Olazti-Olazagutía.

Con fecha 26 de agosto de 2022, don Eduardo Ryan Murúa, en representación de I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., ha solicitado que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se conceda autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública, para llevar a efecto la siguiente instalación eléctrica:

–Peticionario: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.

–Expediente: SAT11398 (Ref.: 2021 159 Obra 101017356).

–Ubicación de la instalación: término municipal de Olazti-Olazagutía.

–Finalidad: mejorar la calidad de suministro en la zona.

–Características técnicas: soterramiento de línea aérea S.C. a 30 kV denominada "Alsasua-Olazagutia" entre CT "Escuelas (Olazti)" y apoyo 1502, en el término municipal de Olazti-Olazagutía (92 metros (incluido el recorrido interior de la LSMT en el CT "Escuelas (Olazti)" y el paso aéreo-subterráneo a instalar en el apoyo 1502) de conductor HEPRZ1 18/30 kV 3x(1x240) mm² Al).

–Presupuesto: 29.372,11 euros.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió la solicitud de I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por la instalación, al trámite de información pública durante un plazo de 30 días. A estos efectos, se insertó anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 203 de 13 de octubre de 2022, en el Diario de Navarra de fecha 14 de octubre de 2022, así como en la web de Gobierno Abierto de Gobierno de Navarra. Asimismo, esta información se comunicó al Ayuntamiento de Olazti-Olazagutía para su exposición al público por igual período de tiempo. No se han recibido alegaciones.

En aplicación de los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con fecha 11 de octubre de 2022, se remitió separata del proyecto al Ayuntamiento de Olazti-Olazagutía, en orden a que en un plazo de treinta días prestase su conformidad u oposición a la autorización solicitada y, en su caso, estableciese el condicionado técnico procedente. No se ha recibido respuesta.

La relación de bienes y derechos afectados por el proyecto no se ha visto modificada durante la tramitación del expediente y es la originalmente publica en el Boletín Oficial de Navarra número 203, de 13 de octubre de 2022.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 52/2019, de 18 de noviembre, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 (Boletín Oficial de Navarra número 234, de 27 de noviembre de 2019), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. para la citada instalación.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el ingeniero técnico industrial don Marcos Hernando Tuesta, concediendo un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

4. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión, en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en Líneas Eléctricas de Alta Tensión y en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión.

5. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

6. La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

7. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, a los efectos oportunos.

8. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

9. Notificar esta resolución a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que en contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

10. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Olazti/Olazagutía, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Pamplona, 23 de diciembre de 2022.–La directora del servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.

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