BOLETÍN Nº 14 - 20 de enero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 30 de noviembre de 2022, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad Foral de Navarra (INFONA 2022).

Por Decreto Foral 272/1999, de 30 de agosto, se aprobó el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Comunidad Foral de Navarra. Este primer instrumento de protección frente a los incendios forestales en la Comunidad Foral de Navarra, vigente hasta la fecha actual, se articuló en base a lo dispuesto en la entonces vigente Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre protección civil y su desarrollo reglamentario producido por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprobó la Norma Básica de Protección Civil.

Años después, en ejercicio de toda una relación de títulos competenciales relacionados con la protección civil, especialmente la referente a la seguridad pública, se aprobó la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra.

El artículo 9 de la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra, señala que los planes de protección civil constituyen el instrumento organizativo general, mediante el que se ordena la respuesta a situaciones de grave riesgo colectivo, emergencia, catástrofe o calamidad pública y se establecen los mecanismos para la movilización, coordinación y dirección de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente ante dichas situaciones.

Por su parte, el artículo 13 del mismo texto legal dispone que los planes especiales son el instrumento organizativo general de respuesta para hacer frente a riesgos concretos cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica específica, bien por sectores de actividad, bien por tipos de emergencia o bien por actividades concretas, para los que la Administración General del Estado establezca su regulación a través de la correspondiente directriz básica de planificación relativa a cada tipo de riesgo.

Estos planes especiales, entre los que se incluye el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Comunidad Foral de Navarra, deben adaptarse al Plan Territorial de Protección civil de Navarra (PLATENA), que actúa como Plan director y marco de integración de todos los planes de protección civil.

El Plan adjunto se adapta a la Directriz Básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales de 2013, aprobada por Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre. Aquel tiene por objeto dar una respuesta eficaz del conjunto de las Administraciones Públicas ante situaciones de emergencia extraordinarias de protección civil, por incendios forestales, asegurando la aportación de los medios y recursos cuando sean requeridos, siendo sus objetivos principales los de anticipar (recursos y acciones), y minimizar (daños sobre la población, los bienes y el medio ambiente).

En el documento se recogen los indicadores establecidos para los análisis del peligro (condiciones climáticas, generaciones de incendios, histórico de incendios y tipos y análisis de los mismos) y los análisis de la vulnerabilidad (valores humanos, puntos e infraestructuras críticas, interfaces urbano-forestales, valores naturales y oportunidades), concluyendo tras su aplicación la división de Navarra entre aquellos municipios en los que resulta obligatoria la elaboración de un Plan de actuación de ámbito local por riesgo de incendios o de aquellas otras entidades locales en las que no siendo obligatorio es recomendable la elaboración del PAMIF, por su vulnerabilidad.

En cuanto a su contenido, el Plan se estructura en seis capítulos y siete Anexos, entre los que destaca el establecimiento de normas de evacuación de personas pertenecientes a colectivos en situación de vulnerabilidad, los protocolos de coordinación y salvaguarda del Patrimonio Cultural de Navarra o la relación de medios y recursos del Plan Especial de Protección Civil de los distintos departamentos competentes en materia de incendios forestales.

Finalmente, el artículo 13.4 de la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra, establece que los Planes especiales serán aprobados por acuerdo del Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejería titular del departamento competente en materia de protección civil y previo informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Navarra. A tales efectos, obra en el expediente certificación acreditativa de la emisión de informe favorable por parte de la Comisión de Protección Civil de Navarra, emitido en sesión celebrada el once de noviembre de 2022.

Por todo ello, de conformidad con lo expuesto, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior,

ACUERDA:

1.º Aprobar el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad Foral de Navarra, INFONA 2022, que se adjunta como anexo al presente acuerdo.

2.º Trasladar este acuerdo a las Secretarías Generales Técnicas de todos los Departamentos del Gobierno de Navarra, a los efectos oportunos.

3.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.

Pamplona, 30 de noviembre de 2022.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad Foral de Navarra (INFONA 2022) (PDF).

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