BOLETÍN Nº 114 - 1 de junio de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 394E/2023, de 28 de abril, del director general de Medio Ambiente, por la que se modifica la Resolución 226E/2023, de 6 de marzo, del director general de Medio Ambiente, que formula informe de impacto ambiental de la modificación de proyecto de planta de biometanización promovido por Bioenergía Mendi, S. L. en el término municipal de Mendigorria.

Con fecha 1 de diciembre de 2022 tuvo entrada en el Servicio de Biodiversidad, la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto de planta de biometanización, consistente en el incremento de la capacidad de gestión de residuos hasta 80.000 toneladas al año, promovido por Bioenergía Mendi, S. L. en el término municipal de Mendigorria. (expediente 0001-0049-2022-000025). Dicho expediente se incluye en el anejo II, Grupo 9, b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El proyecto fue tramitado conforme al procedimiento establecido en el artículo 45 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por lo que se sometió a evaluación de impacto ambiental simplificada, y finalmente se emitió "Resolución 226E/2023, de 6 de marzo, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental de la modificación de proyecto de planta de biometanización, consistente en el incremento de la capacidad de gestión de residuos hasta 80.000 toneladas al año, promovido por Bioenergía Mendi, S. L. en el término municipal de Mendigorria".

Sin embargo, la Resolución 226E/2023, de 6 de marzo, del director general de Medio Ambiente, contiene un error en la parte que resume el proyecto, recogida en el "anexo I" de dicha resolución, referido a la numeración que identifica el plan de gestión de estiércoles y la cuantificación de la superficie de reparto para la valorización de los purines, que aportaba dicho plan territorial.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, establece que las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Modificar la Resolución 226E/2023, de 6 de marzo, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental de la modificación de proyecto de planta de biometanización, consistente en el incremento de la capacidad de gestión de residuos hasta 80.000 toneladas al año, promovido por Bioenergía Mendi, S. L. en el término municipal de Mendigorria.

2.º La presente Modificación contempla que en la Resolución 226E/2023, de 6 de marzo, del director general de Medio Ambiente, donde pone:

"–La gestión del digestato se realiza por valorización material por aplicación agrícola como fertilizante en el campo. Para ello la actividad ha previsto un Plan de gestión de estiércoles 1670070428/4/2, al que se ha provisto de una superficie de reparto útil de1.389 ha y que se tramita a través de la herramienta prevista para este fin."

Deberá poner:

"–La gestión del digestato se realiza por valorización material por aplicación agrícola como fertilizante en el campo. Para ello la actividad ha previsto un Plan de gestión de estiércoles 1670070428/5/2, al que se ha provisto de una superficie de reparto de 1.297 ha para la valorización de digestato líquido ubicadas fuera de zonas vulnerables, ZECs. Además, se dispone de 99,24 ha de secano localizadas dentro de áreas de interés para la conservación de la avifauna esteparia en Navarra (AICAENA)."

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto Art 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de evaluación ambiental.

4.º Notificar esta resolución al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, y a Guarderío de Medioambiente (demarcación Estella Norte), a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de abril de 2023.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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