BOLETÍN Nº 100 - 12 de mayo de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 3 de mayo de 2023, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la obra "SM287063 Saneamiento Olcoz, Muruarte de Reta, Biurrun, Campanas y Tiebas. Tramo Biurrun-Olcoz-Tiebas".

Con fecha 30 de enero de 2023, la comisión permanente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona acordó aprobar el proyecto de obras denominado "SM287063 Saneamiento Olcoz, Muruarte de Reta, Biurrun, Campanas y Tiebas. Tramo Biurrun-Olcoz- Tiebas", iniciar el expediente expropiatorio, reconocer y declarar la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto, implícita en la aprobación del mismo y aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días hábiles, siendo la beneficiaria de la expropiación "Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A.".

Transcurrido el plazo de información pública, la comisión permanente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, en la sesión celebrada el día 27 de marzo de 2023, desestimó las alegaciones presentadas por doña María Paz Zubiri Oláiz, aprobó definitivamente el proyecto mencionado, así como la relación de bienes y derechos afectados, quedando implícita en dicha aprobación la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación, desestimando las alegaciones presentadas. Asimismo, acordó solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto "SM287063 Saneamiento Olcoz, Muruarte de Reta, Biurrun, Campanas y Tiebas. Tramo Biurrun-Olcoz-Tiebas" se fundamenta en solventar el deficiente estado de las fosas sépticas de las localidades de los núcleos de Biurrun, Olcoz y Muruarte de Reta, así como por la necesidad de crear una red pública de saneamiento que permita la evacuación de las aguas residuales depuradas de las empresas ubicadas a ambos lados de la carretera de Zaragoza con afección directa sobre el escaso y fluctuante caudal del río. En este sentido, se precisa la necesidad de iniciar las obras en el verano para realizar los movimientos de tierras en las parcelas de cultivo en la época de menos lluvias para minimizar las afecciones sobre los suelos agrícolas. Estas fechas garantizan, además, una mejor ejecución técnica, así como una mayor seguridad para los trabajadores que realizan las labores de excavación y colocación de tuberías en zanjas a gran profundidad.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y comprobada la existencia de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la obra "SM287063 Saneamiento Olcoz, Muruarte de Reta, Biurrun, Campanas y Tiebas. Tramo Biurrun-Olcoz-Tiebas".

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Pamplona, 3 de mayo de 2023.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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