BOLETÍN Nº 89 - 9 de mayo de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 13E/2022, de 29 de abril, del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, por la que se corrige el error advertido en la Resolución 7E/2022, de 4 de abril, del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud.

El 26 de abril de 2022 se publica en el Boletín Oficial de Navarra la Resolución 7E/2022, de 4 de abril, del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la adquisición de equipamiento por parte de la Red de Servicios de Información Juvenil reconocidos oficialmente, para el año 2022.

Una vez publicada la resolución se advierte un error en la redacción de la base 8.1.3 de la convocatoria, consistente en que se hace mención a las Escuelas de Tiempo Libre, cuando la convocatoria va dirigida a las oficinas o puntos de información juvenil, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede su corrección.

En consecuencia, en uso de las facultades que me reconoce el Decreto Foral 327/2019, de 15 de noviembre, por el que se crea el Instituto Navarro de la Juventud y se aprueban sus estatutos,

RESUELVO:

1.º Corregir el error advertido en la base 8.1.3 de la Resolución 7E/2022, de 4 de abril, del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención para la adquisición de equipamiento por parte de la Red de Servicios de Información Juvenil reconocidos oficialmente, para el año 2022, en la forma siguiente:

Donde dice:

8.1.3. Declaración responsable en la que conste que la Escuela de Tiempo Libre va a cumplir la obligación de destino de los bienes durante 2 años (anexo IV).

Debe decir:

8.1.3. Declaración responsable en la que conste que la oficina o punto de información juvenil va a cumplir la obligación de destino de los bienes durante 2 años (anexo IV).

2.º Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Registrar esta resolución en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones.

4.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

5.º Trasladar esta resolución a la Sección de Administración y Gestión del Instituto Navarro de la Juventud.

Pamplona, 29 de abril de 2022.–El director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, Carlos Amatriain Busto.

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