BOLETÍN Nº 89 - 9 de mayo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VALLE DE OLLO/OLLARAN

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las ayudas a familias con hijos menores de tres años

El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Ollo, en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2021, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las ayudas a familias con hijos menores de tres años en el Valle de Ollo.

Transcurrido el plazo de información pública del expediente, previa publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 28, de 8 de febrero de 2022 y en el tablón municipal no se han presentado reclamaciones, reparos u observaciones por lo que la modificación se entiende aprobada definitivamente publicándose a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento y a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.

Valle de Ollo / Ollaran, 12 de abril de 2022.–El alcalde, David Campion Ventura.

TEXTO MODIFICADO DE LA ORDENANZA

Artículo 2. Requisitos necesarios.

a) Las familias beneficiarias deberán tener la vecindad administrativa (empadronamiento) y real (residencia efectiva) en alguna de las localidades del Valle de Ollo, con una antigüedad mínima de 1 año.

b) Para ser perceptora de esta prestación, la unidad familiar deberá contar con al menos, un miembro menor de tres años. Se tomará como unidad familiar a las personas que convivan en el mismo domicilio y estén unidas por vínculos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado directo o colateral.

c) Los miembros de la familia solicitante deberán estar al corriente del pago de cuantos impuestos tenga establecidos el Ayuntamiento.

Artículo 4. Gestión y tramitación.

Los/as vecinos/as interesados/as podrán presentar solicitud en las oficinas municipales del Ayuntamiento del Valle de Ollo durante el mes de octubre de cada año.

A la solicitud se le acompañara la documentación correspondiente justificativa de la situación familiar:

a) Certificado de empadronamiento y de convivencia del solicitante e hijos menores de tres años.

b) Cualquiera otra que se requiera por parte del Ayuntamiento para la justificación de la situación familiar.

Código del anuncio: L2205548