BOLETÍN Nº 85 - 3 de mayo de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 2893E/2022, de 11 de abril, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se rectifican las bases contenidas en la Resolución 5629E/2021, de 31 de diciembre, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras de subvenciones a entidades seleccionadas para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra actuaciones dentro del marco del Programa Operativo de Inclusión Social y de Economía Social-FSE 2020-2024 y se autoriza el gasto. Identificación BDNS: 602345.

Por la Resolución 5629E/2021, de 31 de diciembre, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprueban la convocatoria y las bases reguladoras de subvenciones a entidades seleccionadas para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra actuaciones dentro del marco del Programa Operativo de Inclusión Social y de Economía Social-FSE 2020-2024 y se autoriza el gasto.

La rectificación de errores está prevista en el artículo 125 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, así como en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Advertido de oficio un error en la redacción de la base 6.2. de la mencionada Resolución se procede a la modificación de la citada base, a fin de corregir la incongruencia apreciada respecto a la primera de las formas “–Contrato de trabajo firmado (...)” de mejora de la situación de la persona “demandante atendida” enumeradas en la base 6.1.

De conformidad con lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 12 e) del Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Rectificar la base 6.2, quedando redactada de la siguiente forma:

Donde dice: “En el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha fin de proyecto, se deberá enviar un listado de personas insertadas según el anexo XX adjunto en la ficha de la convocatoria existente en el Portal de Navarra (www.navarra.es).”

Debe decir: “En el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha fin del plazo de justificación de los compromisos de inserción, se deberá enviar un listado de personas insertadas según el anexo XX adjunto en la ficha de la convocatoria existente en el Portal de Navarra (www.navarra.es).”

2.º Dejar subsistente, íntegramente, el resto de las bases reguladoras de la mencionada Resolución 5629E/2021, de 31 de diciembre.

3.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona, 11 de abril de 2022.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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