BOLETÍN Nº 77 - 21 de abril de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN, 8E/2022 de 11 de abril, del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes para la convocatoria de la subvención a mancomunidades de servicios sociales y entidades locales con menos de 5.000 habitantes para el fomento de las actividades juveniles, desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre de 2022. Identificación BDNS: 617685.

Por Resolución 5E/2022, de 25 de marzo, del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, se aprobó la convocatoria de subvención a mancomunidades de servicios sociales y entidades locales con menos de 5.000 habitantes para el fomento de las actividades juveniles en 2022.

Atendiendo a que el plazo de presentación de solicitudes para participar en la convocatoria de subvención a mancomunidades de servicios sociales y entidades locales con menos de 5.000 habitantes para el fomento de las actividades juveniles en 2022, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 71, de 8 de abril de 2022, finaliza el 23 de abril y en aplicación del artículo 32 de la Ley 39/2015 y por motivo de las fiestas de Semana Santa, se dispone la ampliación del plazo para la presentación de instancias al 30 de abril de 2022, coincide que dentro del plazo hay días festivos y consideramos ampliar el plazo para permitir que las entidades locales interesadas puedan preparar adecuadamente su solicitud.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 327/2019, de 15 de noviembre, por el que se crea el organismo autónomo Instituto Navarro de la Juventud y se aprueban sus estatutos,

RESUELVO:

1.º Ampliar, hasta el 30 de abril de 2022, el plazo previsto en la base 10.2 para la presentación de las solicitudes.

2.º Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 11 de abril de 2022.–El director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, Carlos Amatriain Busto.

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