BOLETÍN Nº 53 - 15 de marzo de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LODOSA

Creación de la sede electrónica

El 23 de febrero de 2022, la alcaldesa de Lodosa, doña Lourdes San Miguel Rojo ha dictado la siguiente resolución.

Creación sede electrónica.

El artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público define la sede electrónica como aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones y cuya titularidad corresponde a una Administración pública.

El artículo 9 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos añade que mediante dicha sede electrónica se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos a procedimientos o a servicios que requieran la identificación de la Administración Pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas.

Asimismo, el artículo 10.2 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, establece que el acto o resolución de creación de la sede electrónica debe publicarse tanto en el Boletín Oficial de Navarra como en el Punto de Acceso General correspondientes debiendo incluir el contenido mínimo que recoge dicho artículo.

A la vista de lo anterior, a los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones legales, y de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos y de acuerdo con las competencias atribuidas a la Alcaldía y recogidas en los artículos 21.1 a), d), y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO:

1.º Crear la sede electrónica del Ayuntamiento de Lodosa, como la dirección electrónica disponible para la ciudadanía por medio de redes de telecomunicaciones con arreglo a las siguientes características:

–El ámbito de aplicación de la sede electrónica será el Ayuntamiento de Lodosa y sus entidades u organismos públicos dependientes.

–La dirección de referencia de la sede electrónica será: http://lodosa.sedelectronica.es y será accesible tanto directamente como desde el portal de internet de este ayuntamiento cuya dirección es: www.lodosa.es.

–La titularidad de la sede electrónica corresponde al Ayuntamiento, siendo responsable de su gestión y de los contenidos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos, así como de la integridad, veracidad y actualización de la información, la unidad administrativa de secretaria y de personal.

–La relación de contenidos y servicios existentes en la sede electrónica del Ayuntamiento se regularán en la correspondiente Ordenanza de Administración Electrónica.

2.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como en el directorio del Punto de Acceso General Electrónico del Ayuntamiento de Lodosa, dando cuenta al Pleno del Ayuntamiento de Lodosa en la próxima sesión ordinaria que este celebre, determinando que contra la presente resolución de alcaldía, que es firme en vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Lodosa, 23 de febrero de 2022.–La alcaldesa, Lourdes San Miguel Rojo.

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