BOLETÍN Nº 41 - 25 de febrero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

AZAGRA

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de empleado de servicios múltiples de la brigada de obras y servicios, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan

El alcalde del Ayuntamiento de Azagra, por Decreto de fecha 9 de febrero de 2022 aprobó la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de empleado de servicios múltiples, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Azagra, así como las bases que han de regir dicha convocatoria, que se publican a continuación.

Azagra, 9 de febrero de 2022.–El alcalde, Rubén Medrano Romeo.

BASES

1. Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de empleado de servicios múltiples para la brigada de obras y servicios, nivel E, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el servicio del Ayuntamiento de Azagra.

La nueva lista de aspirantes a contratación temporal que surja de la presente convocatoria, tendrá preferencia sobre cualesquiera otras anteriores.

En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal.

Las funciones del citado puesto de trabajo, a título meramente enunciativo y no excluyente son las siguientes:

–Trabajos de mantenimiento de las dependencias municipales, de las instalaciones y almacenes.

–Mantenimiento y conservación de servicios urbanos municipales.

–Manejo y mantenimiento de maquinaria, herramientas y utillaje de titularidad municipal, cuidando de dichos bienes.

–Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano.

–Trabajos de albañilería, electricidad y alumbrado público, soldadura, fontanería y reparaciones en general.

–Trabajos de jardinería y agrícolas en arbolado, jardines, espacios públicos y fincas municipales.

–Traslado, instalación y mantenimiento de mobiliario urbano y enseres: postes, señales, farolas, bancos, fuentes, escenarios, vallados, utensilios en fiestas y actos públicos, etc.

–Control de deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales, así como fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Colaborar en la preparación y limpieza de las fiestas y actos culturales programados por el ayuntamiento, así como en los actos en los que el ayuntamiento colabore o patrocine.

–Coordinación de trabajadores en ejecución de obras municipales por administración.

–Comunicar a la alcaldía de cualquier anomalía en el funcionamiento de las instalaciones y servicios municipales.

–Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Prestación de servicios municipales de cualquier tipo y cualesquiera otras labores que le sean encomendadas por la alcaldía u órganos delegados, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

Competencias precisas para el desempeño de las funciones:

–Poseer las habilidades y capacidades técnicas para realizar con autonomía pequeñas obras de construcción, fontanería y jardinería.

–Conocimiento de las técnicas, herramientas y materiales habitualmente usados en el mantenimiento y entretenimiento de los servicios municipales relacionados con el objeto de su contratación.

2. Requisitos de los aspirantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de certificado de estudios primarios o equivalente.

d) Poseer la capacidad física o psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una administración pública.

f) Disponer del permiso de conducir clase B.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el período de contratación.

3. Solicitudes.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Azagra o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Junto con la instancia de participación, los aspirantes deberán aportar copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

3.2. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable. En ningún caso se admitirán méritos presentados una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.

3.3. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido, expedida por el órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia ya demás expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

4. Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de instancias será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Lista provisional y definitiva.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde de Azagra aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Azagra.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el alcalde aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

6. Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: D. Rubén Medrano Romeo, alcalde de Azagra.

–Suplente: D.ª María Cruz Medrano Medrano, teniente de alcalde.

–Vocal: D. Carlos Vidondo Zudaire, encargado de la Brigada Municipal.

–Suplente: Doña Rosa María Martín Martínez, administrativa del Ayuntamiento.

–Vocal: D. Pedro José Luri Martínez, representante de personal.

–Suplente: Doña M.ª José Gorricho Pérez, administrativa del Ayuntamiento.

–Vocal: D.ª María Mar Gonzalo Casado, directora del IESO Reyno de Navarra.

–Suplente: Doña Ana Arroyo Boluda, directora CPIP Fco. Arbeloa.

–Vocal secretaria: la de la corporación.

–Suplente: secretaria del Ayuntamiento de Cadreita.

6.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Igualmente, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación, de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos

6.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución del mismo se requerirá presencia del presidente y del secretario.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que pueden plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con base exclusivamente a éstas.

7. Desarrollo y valoración del proceso de selección.

7.1. El proceso de selección está constituido por la realización de una prueba de carácter teórico sobra las funciones y materias del puesto.

7.2. Prueba teórica.

Consistirá en la siguiente prueba:

Un ejercicio tipo test de 40 preguntas con tres opciones de respuesta de las que solo una será correcta. Cada respuesta errónea tendrá una penalización 0,50 puntos. Las preguntas versarán sobre el temario recogido en el Anexo II.

El tiempo máximo de duración de esta prueba será de hora y media y tendrá una puntuación máxima de 80 puntos.

Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan al menos 40 puntos.

La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparezcan quedarán eliminados.

Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

8. Relación de aprobados y llamamiento.

8.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Azagra, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y la remitirá a la alcaldía para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

Si se produjeran empates, se dirimirán a favor del aspirante de mayor edad.

8.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, por orden de puntuación, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el servicio municipal, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

8.3. Para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3 del Texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

8.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención de IRPF en las cuantías que procedan.

9. Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de aplicación de la misma, podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación

b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del mismo orden de Pamplona en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de solicitud

https://azagra.sedelectronica.es/transparency/dec8e227-7aaf-4a86-b3e7-7a5b1e0a5288/

ANEXO II

Temario

Tema 1.–Parajes y nomenclatura del municipio. Calles del término municipal.

Tema 2.–Conceptos generales de albañilería. Herramientas. Materiales. Solado y Alicatado. Encofrados y levante de muros. Conservación y mantenimiento de obras.

Tema 3.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería: Sanitarios, griferías, cisternas, sifones.

Tema 4.–Operaciones básicas de carpintería: Ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas.

Tema 5.–Pintura. Tipos, productos, herramientas y aplicación.

Tema 6.–Conocimientos básicos de normas de Prevención de Riesgos Laborales. Medidas de seguridad. Elementos de protección personal.

Tema 7.–Conocimientos generales de jardinería.

Código del anuncio: L2202183