BOLETÍN Nº 259 - 27 de diciembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 243E/2022, de 22 de noviembre, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba definitivamente la relación de municipios y concejos beneficiarios del Programa de Libre Determinación y las cuantías a percibir por cada uno en el ejercicio 2022, y se ordena el abono de las mismas.

La Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales, que ha entrado en vigor con fecha 1 de abril de 2022, ha sido dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra como instrumento de cooperación económica con las entidades locales con la finalidad principal de garantizar la cobertura en todo el ámbito de la Comunidad Foral de los servicios municipales obligatorios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de esta ley foral, constituyen el Plan de Inversiones Locales, el conjunto de inversiones encaminadas a la instalación, mejora y renovación de infraestructuras y dotaciones, clasificadas en los apartados: Programas de Inversiones, Programación Local y Programa de Libre Determinación.

En el título III de la Ley Foral, se regula el Programa de Libre Determinación. En el artículo 30, se detallan los beneficiarios y el reparto de cuantías, estableciendo que:

1. Serán beneficiarios del Programa de Libre Determinación todos los municipios de Navarra, que percibirán la cantidad que, en atención a su población y a la dispersión geográfica de sus núcleos de población, les corresponda percibir, según la dotación anual del Fondo, por aplicación de los criterios de reparto establecidos en el anexo IV de la Ley Foral.

2. En los municipios compuestos, los concejos serán beneficiarios directos de las aportaciones que les correspondan. A tal efecto, se detraerá una parte de la cuantía total asignada a los municipios compuestos, conforme a lo establecido en el anexo IV, salvo que los concejos acuerden con su municipio que sea este el perceptor y beneficiario de las correspondientes cuantías.

En este último supuesto, las entidades locales interesadas deberán comunicar dicha circunstancia, a la Dirección General con competencia en materia de Administración Local, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la resolución a que se hace referencia en punto 3.

3. En el primer trimestre de cada ejercicio, mediante resolución de la Dirección General competente en materia de Administración Local, se aprobará la relación de municipios y concejos beneficiarios y de las cuantías que les corresponda percibir.

En el ejercicio 2022, dicha resolución deberá aprobarse en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la entrada en vigor de la Ley Foral.

4. El abono de las cuantías se realizará en el segundo trimestre de cada ejercicio.

Mediante Resolución 64E/2022, de 6 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número135 del 7 de julio de 2022, se aprueba inicialmente la relación de municipios y concejos beneficiarios del Programa de Libre Determinación y las cuantías que les corresponde percibir a cada uno en el ejercicio 2022.

Consta en el expediente informe del Servicio de Infraestructuras Locales de fecha 11 de agosto de 2022 en el que se propone la relación definitiva de beneficiarios y cuantías del Programa de Libre Determinación en el ejercicio 2022, conforme al anexo 1 de la presente resolución.

En dicho informe, se indica que, tras la publicación de la Resolución 64E/2022, se detectó una incoherencia en los importes globales destinados al Programa de Libre Determinación, habiendo una diferencia de 0,05 euros entre la suma del reparto de cuantías por municipios (15.000.000,00 euros) y el reparto de cuantías de municipios y concejos (15.000.000,05 euros). La incoherencia se ha corregido, procediendo a redondear los importes de los cálculos de los concejos, resultando unas diferencias máximas de entre +0,06 euros y -0,05 euros para los municipios compuestos y de ± 0,01 euros para los concejos. En todos los casos se mantienen las cuantías por municipio y no se produce ningún cambio en los municipios simples.

Se señala que, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la citada resolución, han presentado acuerdos entre municipios compuestos y concejos, para que sea el municipio el perceptor y beneficiario de las correspondientes cuantías, las siguientes entidades:

–Aranguren: concejos de Aranguren, Labiano, Tajonar y Zolina.

–Ibargoiti: concejos de Abínzazo, Idócin, Izco y Salinas de Ibargoiti.

–Olóriz: concejos de Echagüe, Mendívil, Olóriz y Solchaga.

–Unciti: concejos de Alzórriz, Artaiz, Cemboráin, Unciti y Zabalceta.

Además de lo anterior, informa que mediante Decreto Foral 69/2022, de 22 de junio, se procede a la extinción del Concejo de Gollano, perteneciente al Ayuntamiento de Améscoa Baja (publicada en el Boletín Oficial de Navarra número141 de 15 de julio de 2022). Según el número 2 de la parte dispositiva "Se procederá a la liquidación de las cuentas del Concejo de Gollano, incorporándose a los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Améscoa Baja las obligaciones pendientes de pago y los derechos pendientes de cobro, y a la tesorería municipal todos los recursos financieros correspondientes al concejo que se extingue".

Así mismo, consta informe del Servicio de Gestión y Cooperación Económica de fecha 11 de agosto de 2022 e informe del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales de fecha 11 de agosto de 2022.

De acuerdo con el artículo 31 de la Ley Foral 8/2022, las entidades locales beneficiarias deberán llevar a cabo el control presupuestario y contable de las aportaciones percibidas para determinar en cada ejercicio el importe materializado en la financiación de inversiones y, en su caso, el importe pendiente, que deberá quedar reflejado en el expediente de liquidación del presupuesto.

Las aportaciones que al cierre del ejercicio en el que se han percibido no se hayan materializado en proyectos de gastos a financiar integrarán el remanente de tesorería, teniendo la condición de recurso afectado que deberá destinarse a la realización de inversiones en los siguientes ejercicios.

Las entidades locales beneficiarias quedarán obligadas a facilitar cuanta información les sea requerida y a someterse a todas aquellas actuaciones de comprobación y seguimiento que la dirección general con competencia en Administración Local estime pertinentes.

Por cuanto antecede, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 263/2019, de 30 de octubre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente la relación de municipios y concejos beneficiarios del Programa de Libre Determinación y las cuantías a percibir por cada uno en el ejercicio 2022, conforme al anexo 1.

2.º Conceder y abonar a las entidades locales beneficiarias, las cantidades que figuran en el anexo 1, con cargo a la partida 211000 21300 7600 261605 "Programa Libre determinación", del presupuesto de gastos 2022.

3.º Notificar la presente resolución a las entidades locales interesadas y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta resolución las entidades locales interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 22 de noviembre de 2022.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús María Rodríguez Gómez.

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