BOLETÍN Nº 257 - 22 de diciembre de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 480/2022, de 9 de noviembre, del director general de Educación por la que se aprueba el Plan Plurianual de Actuación de la Inspección de Educación de la Comunidad Foral de Navarra para el período 2022-2026.

La Ley Orgánica 2/2006, establece en su artículo 148 que es competencia y responsabilidad de los poderes públicos la inspección, supervisión y evaluación del sistema educativo, correspondiendo a las Administraciones públicas competentes ordenar, regular y ejercer la inspección educativa dentro de su ámbito territorial.

La inspección de sistema educativo dentro del ámbito de la Comunidad Foral de Navarra es competencia del Departamento de Educación.

El Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, en su artículo 8, atribuye a la Dirección General de Educación el ejercicio de la función inspectora correspondiente al Departamento de Educación.

El Decreto Foral 80/2008, de 30 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección Educativa dispone que el Servicio de Inspección contará con una planificación estratégica en la que se reflejen las líneas maestras de la Inspección Educativa a medio plazo, además de establecer objetivos, estrategias y líneas de acción internas.

De la experiencia atesorada todos estos años, se ha visto la necesidad de avanzar y dar un nuevo enfoque a la propia planificación estratégica, realizando cambios en el proceso de reflexión y en la estructura y contenido del documento resultante.

Bajo estas premisas, el Servicio de Inspección se ha dotado del presente Plan Plurianual de Actuación que constituye el marco general de planificación para dar cumplimiento en los próximos años a las finalidades, funciones y competencias que se encomiendan a la Inspección de Educación de Navarra.

Este Plan Plurianual de Actuación toma en consideración las líneas de trabajo programadas y las prioridades marcadas por la Consejería de Educación, así como los objetivos y metas que prevén el Ministerio de Educación y la Unión Europea.

En consecuencia, el Plan Plurianual recoge los objetivos que se marca la Inspección de Educación, las líneas de acción que hay que emprender y los procesos que se han de impulsar en respuesta a los desafíos en los próximos años. Igualmente, el documento cuenta con mecanismos que facilitan información acerca de la puesta en marcha de las propuestas con el fin de conocer si se están desarrollando y en qué medida.

El ámbito de aplicación del Plan abarca todos los centros docentes, tanto públicos como privados, servicios, programas y actividades educativas que integran el sistema educativo de Navarra en sus niveles no universitarios.

El Plan representa el marco de referencia para la elaboración de los Planes Anuales de Actuación en los que se sustancian las actuaciones inspectoras de cada curso en el desempeño de las funciones que tiene asignadas la Inspección.

Por todo ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1.d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar el Plan Plurianual de Actuación de Inspección Educativa para el período 2022-2026, de acuerdo a lo estipulado en su anexo.

Segundo.–Ordenar la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Tercero.–Trasladar la presente resolución a los Servicios de Inspección Educativa, Ordenación, Formación y Calidad, Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas, Inclusión, Igualdad y Convivencia, Escuelas Infantiles, Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas y Servicio de Sistemas de Información de Educación a los efectos oportunos.

Cuarto.–Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 9 de noviembre de 2022.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.

1.–ANTECEDENTES

La primera experiencia de planificación plurianual de la Inspección de Educación de Navarra se lleva a cabo a través del Plan General de Actuación Cuatrienal en el período 2005-2008.

Posteriormente, en el marco de un proceso colectivo de reflexión, se ponen en marcha los Planes Estratégicos correspondientes a los períodos 2008-2012, 2013-2017 y 2017-2021.

Concluido el tiempo de vigencia del último plan, y para dar cumplimiento a las finalidades, funciones y competencias que se encomiendan a la Inspección de Educación de Navarra, se elabora el presente Plan Plurianual de Inspección de Educación de la Comunidad Foral de Navarra para el período 2022-2026.

2.–PLAN PLURIANUAL DE ACTUACIÓN

El Director General de Educación, a propuesta del Director del Servicio de Inspección Educativa, presenta el presente Plan Plurianual de Actuación de la Inspección de Educación para el período 2022-2026.

1.–Finalidad.

El Plan Plurianual de Actuación es el instrumento institucional que tiene por finalidad fijar las prioridades de la Inspección de Educación en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y servir de marco para la elaboración de los planes anuales de actuación en el período previsto.

Permite orientar de manera efectiva la concreción de las funciones que tiene asignadas la Inspección Educativa y facilitar su desempeño profesional a fin de asegurar el cumplimiento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza.

2.–Objetivos.

Los objetivos del Plan Plurianual de Actuación de la Inspección de Educación de Navarra para el ejercicio 2022-2026 son los siguientes:

1. Avanzar en la supervisión educativa.

2. Impulsar la evaluación.

3. Mejorar la atención a los centros docentes.

4. Potenciar la colaboración con el resto de unidades gestoras del Departamento de Educación.

5. Avanzar en la mejora de la organización y gestión interna del SIE.

6. Mejorar el desempeño de la Inspección.

3.–Ejes funcionales.

De acuerdo con el artículo 3 del Decreto Foral 80/2008, de 30 de junio, por el que se regulan las funciones de la Inspección Educativa, las distintas actuaciones inspectoras se organizarán en torno a cinco ejes funcionales.

Los ejes funcionales en los que se enmarcan las actuaciones inspectoras son los siguientes:

a) Control y supervisión educativa. Control y supervisión desde el punto de vista pedagógico, organizativo el funcionamiento de los centros docentes, así como de los servicios y programas educativos que en ellos inciden, además de velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes.

b) Evaluación de profesorado, directivos y centros. Evaluación de la práctica docente, de la función directiva y del desempeño de los centros para la mejora educativa. Igualmente, participación en la evaluación del sistema educativo y los elementos que lo integran conforme a los planes establecidos.

c) Asesoramiento a la comunidad educativa. Asesoramiento, orientación e información a los distintos sectores de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones, además de la colaboración en la promoción de la convivencia escolar y en la prevención y resolución de los conflictos que surjan con la participación de los implicados en los distintos sectores de la comunidad educativa.

d) Información a la Administración educativa. Emisión de informes solicitados por los responsables educativos o que deriven del conocimiento de la realidad de la propia Inspección a través de los cauces reglamentarios. Igualmente, informando los procesos de reforma educativa, renovación pedagógica o de elaboración de normativa específica que se promulgue.

e) Colaboración con otros servicios y unidades administrativas. Colaboración con las distintas unidades administrativas del Departamento de educación mediante el desarrollo de distintos procesos: de planificación educativa, de escolarización y de plantillas, de previsión de necesidades y utilización de recursos por el sistema educativo, etc.

4.–Líneas de acción.

Para el desarrollo de los objetivos plurianuales propuestos, la actividad inspectora fija sus prioridades a través de líneas de acción que requerirán una mayor dedicación de la actividad inspectora.

Las líneas de acción de la Inspección de Educación se describen a continuación:

1. Supervisión educativa.

a) Avanzar en la eficacia y el impacto de algunos aspectos del proceso de supervisión de inicio de los centros docentes, como son: horario del profesorado y respuesta a las reclamaciones de horario que se reciban; control becas del alumnado ACNEAE.

b) Mejorar el grado de eficacia y los resultados del proceso de supervisión de la Programación General Anual (resultados por encima del estándar de calidad fijado), así como de la evaluación de la PGA a través de la Memoria final. Verificar la realización por parte de los Departamentos/Ciclos de un análisis exhaustivo de los resultados obtenidos en las pruebas de Evaluación Diagnóstica Censal y, en su caso, la propuesta de mejoras.

c) Avanzar en la verificación de la adecuación de las programaciones didácticas de los centros al nuevo marco curricular de la LOMLOE.

2. Evaluación.

Los procesos de evaluación de la práctica docente, de la función directiva y del desempeño de centros docentes se han reformulado en últimos años. No obstante, se hace necesario revisar y aumentar la eficacia e impacto de los actuales procedimientos evaluadores, incidiendo, según sea el caso, en aspectos como: marco evaluador (ámbitos, dimensiones e indicadores), instrumentos de trabajo, criterios de valoración, informes finales resultantes. En particular, se precisa:

a) Impulsar el proceso de seguimiento de la autoevaluación y de la elaboración del plan cuatrienal de mejora 2023-2026 de los centros docentes a fin de contribuir a la mejora del proceso de enseñanza y de los resultados de aprendizaje del alumnado.

b) Poner en marcha el nuevo proceso de evaluación externa del desempeño de los centros, previo pilotaje, en una muestra anual de centros convenientemente seleccionadas (2024-2025 en adelante).

c) Impulsar la evaluación del desempeño de la función directiva poniendo especial énfasis en apoyar la mejora de la práctica y el desarrollo profesional.

d) Actualizar los procesos de evaluación de la función docente en sus distintas vertientes (funcionarios en prácticas, voluntaria y servicios especiales) de acuerdo al nuevo estatuto de la función docente que previsiblemente apruebe el Ministerio, incidiendo en la mejora del propio marco evaluador.

e) Impulsar el proceso de evaluación del sistema (aprendizaje de todos los alumnos en términos de competencias) con el estudio de la inclusión de nuevas pruebas para evaluar la adquisición de otras competencias clave recogidas en la LOMLOE tales como la digital o la ciudadana.

3. Atención a los centros.

a) Apoyar la autonomía de los centros impulsando el asesoramiento en el desarrollo de los planes, programas y proyectos educativos puestos en marcha a iniciativa propia: PAI, PROA+, Hezigarri, etc.

b) Mejorar el asesoramiento organizativo y legal continuo de los centros dando respuestas rápidas y eficaces.

c) Apoyar la renovación pedagógica y curricular de los centros derivada de la LOMLOE.

d) Mejorar la intervención inspectora en convivencia, resolución de conflictos y otras situaciones incidentales que se presenten en los centros.

e) Apoyar la adecuación e implantación de planes de contingencia en respuesta a situaciones sanitarias o de cualquier otra índole que afecten de forma importante a sistema educativo y que puedan sobrevenir en los próximos cursos.

4. Colaboración con el resto de unidades gestoras del Departamento de Educación.

a) Impulsar el traslado de información en relación a las necesidades y dificultades detectadas en el funcionamiento de centros, servicios, programas y actividades educativas del Departamento de Educación.

b) Potenciar la participación en el desarrollo reglamentario de nueva normativa derivada de la LOMLOE.

c) Aumentar la colaboración con las unidades responsables de la puesta en marcha de las líneas estratégicas y de los programas del Departamento: PAI, PROA+, Hezigarri, Skolae, etc.

d) Potenciar la participación en tribunales, comisiones, grupos de trabajo en respuesta a las necesidades específicas del Departamento.

e) Contribuir a la mejora del nuevo procedimiento de escolarización del alumnado derivado del Decreto Foral 33/2021, de 28 de abril, que regula la admisión del alumnado.

f) Incidir en la labor supervisora de los inspectores e inspectoras en el nuevo procedimiento de elaboración de las plantillas de funcionamiento de los centros docentes públicos, abandonando progresivamente las tareas de carácter administrativo. Avanzar en el proceso de automatización con el objetivo de dotar de mayor autonomía a los centros.

5. Organización y gestión interna del SIE.

A fin de contar con una Inspección de Educación más eficaz y mejor alineada con sus finalidades es preciso revisar y actualizar la organización y el funcionamiento del propio Servicio de Inspección Educativa.

Se requiere potenciar los equipos de inspectores e inspectoras de Zona a fin de desarrollar las actuaciones del Plan Anual de manera coordinada, unificando criterios de actuación, realizando un análisis compartido de la normativa e intercambiando buenas prácticas. Las prácticas compartidas y el trabajo colaborativo son factores que decididamente contribuyen a la calidad del desempeño profesional.

Seguir avanzando en el desarrollo de la gestión por procesos que favorezca la eficacia de la planificación, el desarrollo y el control y la mejora de las actuaciones inspectoras es otro de los retos ineludibles.

Finalmente, se considera preciso reforzar la actual Sección de Evaluación a fin de que la inspección educativa catalice una evaluación del sistema verdaderamente encaminada a la mejora de los centros, docentes y aprendizajes.

En definitiva, se hace preciso:

a) Actualizar aspectos de organización y el funcionamiento referidos a fines, funciones, planificación, estructura, equipos, etc. en el marco de un nuevo Decreto Foral.

b) Reforzar el trabajo en equipo, la coordinación y la unificación de criterios en la ejecución y seguimiento de las actuaciones del Plan Anual por parte de los inspectores e inspectoras miembros del equipo de Zona.

c) Continuar con el desarrollo del sistema de gestión de procesos con el fin de mejorar la eficacia de las actuaciones inspectoras y de los resultados.

d) Avanzar en la planificación del Servicio de Inspección Educativa con la aprobación y puesta en marcha de un nuevo Plan Plurianual de Actuación.

e) Mejorar el seguimiento, la evaluación y la Memoria final de Plan Anual de Actuación del SIE.

f) Reorganizar las tareas y cometidos del Negociado del Control Administrativo y Archivo.

6. Digitalización.

Progresivamente, el Servicio de Inspección ha de impulsar el uso de medios digitales en la gestión interna a fin de mejorar el desarrollo de los procesos y de sus resultados. En consecuencia, se requiere:

a) Proponer el desarrollo de una aplicación o plataforma modular digital (cuaderno o agenda del inspector/a) que permita la gestión de actuaciones inspectoras, de comunicaciones, de visitas, de informes, etc.

b) Formular la transformación de la aplicación digital de evaluación del profesorado (Evacompro) en una plataforma multifunción aplicable a los diferentes procesos de evaluación educativa: profesorado, directivos, centros, etc.

c) Impulsar la plataforma tecnológica AppSheet al sistema de gestión del SIE a fin de planificar, desarrollar y controlar los procesos de manera sencilla e intuitiva por parte de los responsables.

d) Plantear la realización de desarrollos en la plataforma Educa que permitan la digitalización de algunas actuaciones inspectoras: PGA, planes mejora, programaciones didácticas, etc.

e) Incidir en la digitalización de las pruebas de las evaluaciones diagnósticas (o de una parte de ellas) para que el alumnado las pueda realizar en ordenador, al igual que se viene haciendo en las evaluaciones internacionales. Recomendarla creación en la aplicación Tableau nuevos informes de evolución de resultados por bloques de contenidos y por procesos comprometidos en las distintas competencias evaluadas.

f) Proponer la creación de una plataforma tecnológica nueva que permita gestionar la notificación, el control y el abono de desplazamientos del profesorado que realiza itinerancias a localidad diferente a la del Centro Base.

7. Estabilización de la plantilla del SIE.

A fin de estabilizar la plantilla del Servicio de Inspección de Educación de Navarra, procede:

a) Realizar una nueva convocatoria de acceso al cuerpo de inspectores de educación en el curso 2022-23.

b) Poner en marcha una nueva convocatoria para la provisión temporal de puestos de trabajo de inspector de educación con arreglo a la nueva Orden Foral 2/2022, de 11 de enero, de gestión de relaciones de aspirantes.

8. Competencia profesional.

El fortalecimiento de la inspección educativa pasa necesariamente por la actualización de los conocimientos científicos, técnicos, jurídicos, pedagógicos y tecnológicos por parte de los inspectores e inspectoras.

A tal efecto, procede:

a) Impulsar los procesos de acogida, de tutoría y de formación inicial de los miembros de nueva incorporación para la adaptación al puesto y su adecuado desempeño.

b) Compartir información y conocimiento sobre el marco de competencias profesionales de la Inspección de Educación de Navarra, tomándolas de referencia en los procesos de formación, así como en los procesos de autoevaluación del desempeño.

c) Impulsar la formación permanente y la actualización profesional de los miembros del Servicio de Inspección Educativa.

9. Desempeño de la función inspectora.

En virtud de lo dispuesto por el artículo 141 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de junio, resulta ineludible que periódicamente la propia Inspección de Educación realice una autoevaluación rigurosa y sistemática de su desempeño.

Se ha de concebir como una oportunidad para abordar de forma estructurada las deficiencias y necesidades de la Inspección de Educación, además de afrontar los cambios del entorno.

Partiendo de un mismo marco de autoevaluación, la mejora del desempeño se ha de estructurar en los distintos niveles organizativos, general del Servicio de Inspección y particular de sus miembros. El diagnóstico de situación general permitirá potenciar las buenas prácticas e identificar las mejoras de los elementos esenciales que configuran la organización y el funcionamiento. En lo que refiere a la reflexión y el estudio del desempeño propio de la función inspectora facilitará el ejercicio de la función inspectora.

A tal fin, procede:

a) Diseñar un sistema de evaluación del desempeño vinculado a la matriz de competencias profesionales (marco de evaluación: dirección, planificación, personas y equipos, intervención inspectora, recursos, colaboraciones y resultados) que permita determinar, por una parte, el desempeño general de la Inspección de Educación y, por otra, el desempeño profesional de los inspectores e inspectoras.

b) Poner en marcha la evaluación periódica del desempeño general de la Inspección de Educación y de los inspectores e inspectoras, así como de los nuevos miembros del SIE en el momento de su incorporación (acceso y provisión temporal).

c) Determinar la percepción de los directores y directoras de los centros docentes del servicio prestado por el SIE.

10. Colaboración con otras instituciones.

En la línea de colaborar con otros agentes, organismos e instituciones en temas educativos se apuesta por:

a) Potenciar la colaboración con las Inspecciones de otras CCAA.

11. Imagen y comunicación externa.

Es preciso acercar la Inspección de Educación a la ciudadanía y mejorar su conocimiento por parte de la comunidad educativa y de la sociedad en general.

a) Desarrollar la comunicación de la Inspección de Educación con la comunidad educativa y la ciudadanía creando una entrada del SIE en la página web del Departamento.

La planificación de las líneas de acción, de los procesos asociados y de su temporalización se recoge en el Anexo I de la presente Resolución.

5.–Intervención inspectora.

Para llevar a cabo las funciones encomendadas y cumplir las previsiones del presente Plan, la intervención de la Inspección de Educación se llevará a cabo de manera sistemática con arreglo a la siguiente modelización:

a) Se establecerá una relación continuada con los centros docentes, realizando el seguimiento de su funcionamiento y acompañando y apoyando el desarrollo de sus procesos y proyectos educativos.

b) En toda intervención, se ejercerán las funciones inspectoras que resulten pertinentes en cada momento, incidiendo especialmente en aquellas que sean más importantes: información y orientación, asesoramiento, comprobación y verificación, evaluación y colaboración.

c) El desempeño de las funciones inspectoras se concretará a través del conjunto de conocimientos, destrezas y aptitudes que precise cada actuación con arreglo a las competencias generales y específicas del Servicio de Inspección Educativa (matriz de competencias profesionales).

d) Las actuaciones de la Inspección de Educación se llevarán a cabo con la ayuda de criterios unificados, instrumentos específicos y procedimientos normalizados de acuerdo a los procesos operativos asociados que se establezcan.

e) La intervención partirá del conocimiento previo de la situación del centro docente, adaptándose a las características, circunstancias y necesidades específicas del mismo.

f) Toda actuación inspectora comenzará por elegir las fuentes y los procedimientos más adecuados para recabar y recopilar información de forma ordenada y clara, partiendo de las diversas fuentes digitales y documentales que se dispongan. En su caso, se requerirá la documentación de planificación institucional y de ordenación de la actividad docente al propio centro.

g) Las informaciones y los datos obtenidos se analizarán e interpretarán de manera rigurosa con arreglo a criterios pedagógicos y normativos a fin de llegar a conclusiones debidamente fundamentadas.

h) Habitualmente, en función de las finalidades de la intervención, se pondrán en juego las técnicas de actuación siguientes: observación directa de situaciones, entrevistas para la recogida de opiniones, y análisis de documentación.

En ocasiones, será necesario observar el desarrollo de la actividad educativa con la ayuda de metodologías apropiadas y empleando distintas fuentes e instrumentos de comprobación y verificación a fin de obtener un diagnóstico claro de la situación.

i) Se habrán de manejar situaciones conflictivas en la comunidad educativa, orientando la adopción de medidas que favorezcan la convivencia e interviniendo con estrategias eficaces en la resolución de conflictos y en los procesos de mediación.

j) A la vista de la actuación a realizar o, en su caso, las demandas llegadas del centro y/o de las autoridades educativas, se identificará la oportunidad de girar visita al Centro. Previamente a la visita, se estudiarán los antecedentes, se determinarán los objetivos, se identificará el personal implicado y el escenario de actuación (despachos, aula, instalaciones...), además de acceder a los recursos, documentos e instrumentos a emplear.

k) Diagnosticada la situación, identificadas las necesidades y analizadas las alternativas, se intervendrá en un grado apropiado. Además, se facilitarán al centro y/o a las autoridades educativas las aclaraciones, el asesoramiento y las orientaciones que se precisen en cada momento, requiriendo en su caso la adecuación y correcciones que resulten pertinentes.

l) El informe constituirá el resultado habitual y ordinario de las actuaciones o intervenciones inspectoras. Cuando la actuación responda a un proceso asociado, se contará con los modelos de informes normalizados previstos para su emisión.

Se redactarán informes completos (sin omitir datos relevantes), que aportan soluciones, fundamentados técnicamente (pedagógica y normativa) y que lleguen a conclusiones congruentes y acertadas.

6.–Principios de actuación.

Para ejercer correctamente las funciones y desarrollar las competencias es preciso delimitar criterios generales de actuación que faciliten el ejercicio de la actividad inspectora.

Los criterios generales de actuación de la Inspección de Educación son los siguientes:

a) Búsqueda de la eficacia colectiva mediante criterios homogéneos compartidos superando el individualismo.

b) Estandarización y mejora de procedimientos.

c) Coordinación y homogeneización en las actuaciones.

d) Enfoque formativo y preventivo de las intervenciones.

e) Valor añadido en las actuaciones.

f) Adecuada atención a las situaciones imprevistas o incidentales.

g) Visión global del sistema educativo.

h) Conocimiento de la realidad de los centros.

i) Adaptación a situaciones concretas (necesidades y resultados).

j) Intervención en los segundos niveles de responsabilidad (Claustros, CCP, Departamentos, Ciclos, profesorado).

k) Impulso de la autonomía de los centros.

l) Apoyo y estímulo a la autoevaluación de los centros.

m) Orientación hacia los resultados de aprendizaje del alumnado en los centros.

Los inspectores e inspectoras en sus actuaciones se ajustarán a los siguientes principios éticos y de conducta: respeto a la dignidad de la persona, igualdad entre hombres y mujeres, no discriminación, elemental cortesía y tacto humano, equidad, inclusión, superior interés del menor, proporcionalidad, integridad, responsabilidad personal, espíritu de trabajo, lealtad, confidencialidad, imparcialidad e independencia, objetividad, sometimiento pleno al Derecho, seguridad jurídica, transparencia, eficacia, calidad, mejora continua e innovación y creatividad.

7.–Procesos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 del Decreto Foral 80/2008, de 30 de junio, todas las actuaciones inspectoras se llevan a cabo de forma estructurada y sistemática mediante procesos asociados que se planifican, implantan, controlan y mejoran.

Para cada uno de los procesos se determinarán los objetivos que se persiguen, el alcance, las actividades a realizar, los recursos disponibles, el calendario y la normativa de referencia.

La reflexión realizada en el marco del presente Plan ha llevado a revisar y actualizar la tabla de procesos del sistema de gestión del Servicio de Inspección Educativa.

Los procesos que se van a desarrollar en el período de vigencia del plan se especifican en el Anexo II de la presente Resolución.

8.–Responsabilidades.

Conforme a lo previsto por el Decreto Foral 80/2008, de 30 de junio, de organización y funcionamiento de la Inspección Educativa, las responsabilidades en la ejecución del presente Plan Plurianual recaerán en las diversas estructuras organizativas del Servicio.

Los responsables de los procesos asociados a las líneas de acción se encargarán del desarrollo de las diversas acciones previstas.

9.–Planes anuales de actuación.

El presente Plan Plurianual se desarrollará a lo largo de cuatro cursos mediante los correspondientes planes anuales de actuación.

El Plan Anual de Actuación es el instrumento en el que se concretan para cada curso escolar las actuaciones del Servicio de Inspección de acuerdo a las funciones contempladas por el Decreto Foral 80/2008, de 30 de junio, y las directrices establecidas por la Dirección General competente en materia de educación.

El Plan Anual de Actuación incluirá un apartado con las líneas de acción a desarrollar en el curso con arreglo al Anexo III de esta Resolución. E Plan Anual de Actuación del curso 2022-2023 recogerá el primero de los planes de acción.

10.–Desarrollo profesional.

El Decreto Foral 80/2008, de 30 de junio, dispone el perfeccionamiento y actualización en el ejercicio profesional de los miembros de la Inspección de Educación.

Al objeto de dar cumplimiento a las finalidades que tiene encomendadas, la formación de la Inspección se fundamentará en los principios siguientes: orientada a la capacitación y desarrollo profesional; relevante y significativa para afrontar los retos; contextualizada a través de contenidos adaptados a las exigencias de la profesión; enfocada a la práctica, aplicable y transferible; interactiva, de modo que se promueva la intercomunicación y la colaboración entre las personas, equipos y áreas; transversalidad que facilite la formación generalista necesaria; diversificación de la formación (individual, grupal y general) para atender las necesidades de personas, equipos y del propio Servicio; profundización en las distintas áreas de especialización; impulso al debate profesional; construcción de un círculo de conocimiento entre todos los inspectores e inspectoras; promoción de la colaboración con otras inspecciones de educación nacionales.

La formación institucional de la Inspección de Educación se configura como un proceso abierto y participativo que tiene en cuenta a los inspectores e inspectoras de Educación, y a la propia organización interna.

La complejidad del propio sistema educativo, así como el contexto educativo reclama del Servicio de Inspección Educativa un itinerario formativo consistente para hacer frente a los muchos retos, desafíos y necesidades que se presentan en el desempeño profesional. El itinerario formativo de los inspectores e inspectoras se configura a través de dos vías fundamentales:

a) Vía institucional. Resulta de obligado cumplimiento. Comienza con la formación inicial en el momento de la incorporación a la función inspectora. Esta formación se completa anualmente con la formación institucional dispuesta por la Dirección del Servicio.

b) Vía personalizada. Modelada por cada inspector o inspectora de acuerdo a sus necesidades, expectativas y preferencias. Cada uno optará por aquellas otras acciones formativas complementarias que considere relevantes para el desarrollo de sus competencias profesionales.

La formación inicial de los inspectores y las inspectoras en el primer año de ejercicio profesional se articula en tres ámbitos: actividades de acogida información, curso de formación inicial dirigido a adquirir las competencias propias del puesto y la tutorización a lo largo del curso de ejercicio de la función inspectora.

El diseño de la formación anual se sustancia mediante la elaboración del Plan de Formación que se articula en torno a cinco ejes formativos:

Eje 1: Formación en el ejercicio profesional: Reuniones de trabajo (Servicio, Coordinación y/o Zona) y aprendizaje entre iguales.

Eje 2: Formación institucional interna general organizada por el Servicio y orientada a objetivos relacionados con el ejercicio profesional.

Eje 3: Formación institucional específica (interna o externa) solicitada y gestionada por las Áreas específicas de trabajo o responsables de proceso, relacionada con las actuaciones del Área y dirigida al equipo de trabajo o al responsable de proceso.

Eje 4: Formación externa organizada por otras instituciones, de interés para los inspectores e inspectoras, voluntaria y que requiere autorización en horario laboral: Jornadas del Departamento; Jornadas del Consejo Escolar; sesiones FNE (EFQM y SGA); INAP; Idiomas; CAP...

Eje 5: Eventos de formación colectivos de carácter científico, técnico, o asociativo de interés profesional, voluntarios (requiere autorización en horario laboral): Congresos, asociaciones profesionales, MEC, CCAA, UE, otros.

Como toda actividad relevante, la formación quedará sujeta al seguimiento y evaluación a fin de analizar si se han cumplido los objetivos previstos y, en su caso, establecer medidas correctoras y de mejora.

11.–Seguimiento y evaluación.

El Plan Plurianual contempla un sistema que facilita el seguimiento y valoración del grado de cumplimiento del Plan además de facilitar el abordaje de las incidencias detectadas en su aplicación.

Al finalizar cada curso, bajo la dirección del Director del Servicio, se llevará a cabo el seguimiento de la aplicación del Plan Plurianual valorando el progreso de las acciones, el cumplimiento de la temporalización y grado de consecución de los objetivos, contando para ello con la ayuda del instrumento incluido en el Anexo IV de la Resolución. Los resultados más relevantes de la evaluación se incluirán a modo de apartado de la Memoria final del Servicio.

En cada uno de los cursos, la Dirección del Servicio de Inspección Educativa podrá realizar los ajustes que se consideren necesarios en sus objetivos y líneas de acción.

A la finalización del período de implementación del Plan, se procederá a la evaluación del mismo a fin de conocer los resultados obtenidos. Es preciso conocer los efectos que se han producido en el desempeño de la Inspección de Educación, así como las causas del mayor o menor éxito.

12.–Modificaciones previstas.

El Plan Plurianual está articulado de tal manera que prevé espacio y tiempo para dar respuesta a las necesidades o situaciones no previstas que puedan aconsejar su modificación.

En concreto, el Departamento de Educación podrá requerir al Servicio de Inspección Educativa su participación en aquellas actuaciones que considere prioritarias con arreglo a las directrices emanadas de su programación y políticas educativas que se desarrollen en cada momento. Dichas actuaciones tendrán el carácter de prioritarias.

13.–Período de vigencia.

El Plan Plurianual del Servicio de Inspección Educativa se adopta para responder de manera apropiada al desarrollo de las funciones asignadas a la Inspección de Educación en el período 2022-2026.

ANEXO I

Líneas de acción, procesos y temporalización

LÍNEAS

ACCIONES

PROCESOS

TEMPORALIZACIÓN

2022-23

2023-24

2024-25

2025-26

1. Supervisión educativa

a) Incidir en la supervisión de los horarios del profesorado objeto de consulta. Revisar las instrucciones para unificar criterios de supervisión de becas ACNEAE. Verificar la realización por parte de los Departamentos/Ciclos de un análisis exhaustivo de los resultados obtenidos en las pruebas de Evaluación Diagnóstica Censal y, en su caso, la propuesta de mejoras

SB0101

x

x

x

x

b) Incidir en la comunicación de inicio y seguimiento de la actuación de supervisión de la PGA y de las Memorias finales a fin de mejorar la eficacia de la actuación y sus resultados (al menos, en el 90% de centros)

SB0102

x

x

x

x

c) Realizar un control muestral por centro de programaciones didácticas LOMLOE

SB0102

x

x

x

2. Evaluación

a) Incidir en la comunicación de inicio y seguimiento de la actuación de supervisión de la autoevaluación 2023-2024 y del Plan de mejora 2023-2026 a fin de mejorar la eficacia de la actuación y sus resultados (al menos, en el 90% de centros)

SB0202

x

x

x

x

b) Revisar y desplegar el nuevo proceso de evaluación del desempeño de los centros, previo pilotaje, en una muestra anual de centros convenientemente seleccionadas

SB0201

x

x

c) Incidir en los informes resultantes (de tercer año) del proceso de evaluación de la función directiva a fin de apoyar la mejora de la práctica y su desarrollo profesional

SB0204

x

x

x

d) Actualizar los procesos de evaluación de la función docente de acuerdo en el marco de lo que la normativa determine

SB0205/06/07

x

x

x

e) Estudiar la posibilidad de incluir nuevas pruebas para evaluar la adquisición de otras competencias clave recogidas en la LOMLOE tales como la digital o la ciudadana

SB0301

x

x

x

3. Atención a los centros

a) Disponer de instrucciones para facilitar el asesoramiento del programa PROA+ puesto en marcha a iniciativa de centro

SB0402

x

x

x

x

b) Disponer de instrucciones para facilitar el asesoramiento legal continuo de los centros

SB0401

x

x

x

c) Incidir en el asesoramiento de la renovación de las programaciones didácticas (desarrollo curricular), de las estrategias y metodologías y de la evaluación derivados de la LOMLOE

SB0402

x

x

x

x

d) Diseñar, documentar y desplegar un nuevo proceso de mediación en relación a los conflictos o disparidad de criterio entre los miembros de la comunidad educativa en respuesta a la nueva función inspectora

SB0510

x

x

e) Incidir en el asesoramiento de los planes de contingencia en respuesta a las situaciones sanitarias o de cualquier otra índole que puedan sobrevenir en los próximos cursos

SB0402

x

x

x

x

4. Colaboración con otras unidades de gestión del Departamento de Educación

a) Establecer un canal (protocolo e informe normalizado) de traslado de información en relación a las necesidades y dificultades detectadas en el funcionamiento de centros, servicios, programas y actividades educativas del Departamento de Educación

SB0608

x

x

b) Priorizar la participación en comisiones y equipos encargados del desarrollo reglamentario derivada de la LOMLOE

SB0702

x

x

x

x

c) Colaborar activamente en la puesta en marcha del programa PROA+ por parte del Servicio de Inclusión

SB0702

x

x

x

x

d) Realizar el desarrollo reglamentario de la nueva Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) en Navarra

SB0305

x

x

x

e) Contribuir a la mejora del nuevo procedimiento de escolarización del alumnado derivado del Decreto Foral 33/2021, de 28 de abril, que regula la admisión del alumnado

SB0708

x

x

x

x

f) Incidir en la labor supervisora en el nuevo procedimiento de elaboración de las plantillas de funcionamiento de los centros docentes públicos y avanzar en el proceso de automatización con el objetivo de dotar de mayor autonomía a los centros

SB0710

x

x

x

x

5. Organización y gestión interna del SIE

a) Proponer un nuevo Decreto Foral que actualice la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación

SB0801

x

b) Establecer instrucciones para reforzar el trabajo en equipo y la coordinación de los miembros del equipo de Zona (frecuencia reuniones, contenido reuniones, coordinación actuaciones del Plan, análisis normativa, puesta en común de casos, intercambio buenas prácticas, formación en el puesto, etc.)

SB0801

x

x

x

c) Actualizar la tabla de procesos y completar el diseño, documentación y control de los procesos por parte de los sus responsables

SB1101

x

x

x

x

d) Promulgar la Resolución por la que se aprueba el Plan plurianual de Actuación

SB0802

x

x

x

x

e) Incidir en la comunicación, el seguimiento y evaluación del Plan Anual de Actuación del SIE

SB0803

x

x

x

x

f) Reorganizar las tareas y cometidos del Negociado del Control Administrativo y Archivo.

x

x

6. Digitalización.

a) Proponer el desarrollo de una plataforma modular digital a modo de cuaderno o agenda del inspector/a

SB1003

x

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x

b) Formular la transformación de la aplicación digital de evaluación del profesorado (Evacompro) en una plataforma multifunción aplicable a los diferentes procesos de evaluación educativa

PR02

x

x

x

x

c) Planificar, desarrollar y controlar los procesos del sistema de gestión del SIE con la la plataforma tecnológica AppSheet por parte de sus responsables

SB1101

x

x

x

x

d) Plantear la realización de desarrollos de la PGA, de los planes de mejora y de las programaciones didácticas en la plataforma Educa que permitan la digitalización de algunas actuaciones inspectoras relacionadas

SB0102

x

x

x

x

e) Incidir en la digitalización de las pruebas de las evaluaciones diagnósticas para que el alumnado las pueda realizar por ordenador. Recomendar la creación en la aplicación Tableau nuevos informes de evolución de resultados (de bloques de contenidos y de procesos)

SB0301

x

x

x

f) Proponer la creación de una plataforma tecnológica nueva que permita gestionar los desplazamientos del profesorado de centros públicos que itinera

SB0101

x

x

x

7. Estabilización de la plantilla del SIE

a) Realizar una nueva convocatoria de acceso al cuerpo de inspectores de educación

SB0901

x

x

b) Poner en marcha una nueva convocatoria para la provisión temporal de puestos de trabajo de inspector de educación

SB0902

x

8. Competencia profesional

a) Impulsar los procesos de acogida, de tutoría y de formación inicial de los inspectores e inspectoras de nueva incorporación para la adaptación al puesto y su adecuado desempeño

SB0903

x

x

x

b) Compartir información y conocimiento sobre el marco de competencias profesionales de la Inspección de Educación de Navarra para favorecer el desempeño

SB00906

x

x

x

c) Impulsar la formación permanente y la actualización profesional de los miembros del Servicio de Inspección Educativa

SB0906

x

x

x

9. Desempeño de la función inspectora

a) Diseñar un marco de evaluación (dirección, planificación, personas y equipos, intervención inspectora, recursos, colaboraciones y resultados) que permita determinar el desempeño de la Inspección de Educación

SB1105

x

b) Realizar la evaluación periódica del desempeño general de la Inspección de Educación y de inspectores e inspectoras, así como de los nuevos miembros (acceso y provisión temporal) en el momento de su incorporación

SB1105

x

x

c) Determinar la percepción de los directores y directoras de los centros docentes del servicio prestado por el SIE

SB1103

x

x

10. Colaboración con otras instituciones

a) Intercambiar información y buenas prácticas especializadas y, en su caso, desarrollar proyectos y programas comunes con Inspecciones de otras CCAA

SB1004

x

x

x

11. Imagen y comunicación externa

a) Crear una entrada del SIE en la página web del Departamento de Educación a fin de mejorar la comunicación con la comunidad educativa y la ciudadanía

SB1004

x

x

x

ANEXO II

Matriz de procesos

PROCESOS OPERATIVOS

DOC.

RESPONSABLE

CONTROL Y SUPERVISIÓN

PR01

Supervisión de inicio de curso

SB0101

Inspector/a

Supervisión de la PGA y de la Memoria final

SB0102

Inspector/a

Aprobación del calendario y horario escolar de los centros

SB0103

Inspector/a

Supervisión de los partes de faltas del profesorado

SB0104

Inspector/a

Autorización y control del uso de símbolos, logotipos y leyendas en centros docentes no universitarios

SB0105

Inspector/a

Supervisión de las solicitudes de programas de atención a la diversidad

SB0106

Inspector/a

Autorización y registro de Actividades y Servicios Escolares de centros privados concertados

SB0107

Inspector/a

Control de titulaciones de profesorado de centros privados

SB0108

Inspector/a

Supervisión de la FCT

SB0109

Inspector/a

EVALUACIÓN

PR02

Área eval.

Evaluación del desempeño de los centros

SB0201

Seguimiento de la autoevaluación y de los planes de los centros

SB0202

Evaluación del sistema de gestión de la calidad de los centros

SB0203

Evaluación de la función directiva

SB0204

Evaluación de los funcionarios en prácticas

SB0205

Evaluación voluntaria del profesorado

SB0206

Evaluación de los servicios especiales

SB0207

EVALUACIÓN DEL ALUMNADO

PR03

Evaluación de diagnóstico censal

SB0301

Sección eval.

Participación en evaluación final de Primaria y ESO

SB0302

Sección eval.

Participación en proyectos de evaluación internacional

SB0303

Sección eval.

Gestión del sistema de indicadores de la educación de Navarra

SB0304

Sección eval.

Participación en la gestión de la PAU

SB0305

Inspector/a

ASESORAMIENTO

PR04

Asesoramiento normativo a centros

SB0401

Inspector/a

Asesoramiento organizativo, pedagógico y curricular a centros

SB0402

Inspector/a

Asesoramiento y orientación a miembros comunidad educativa

SB0403

Inspector/a

INTERVENCIÓN CONVIVENCIA

PR05

Área Conv.

Reclamaciones sobre calificaciones de alumnos

SB0501

Intervención inspectora ante procedimientos de aplicación de medidas educativas al alumnado y/o propuesta de cambio de centro

SB0502

Intervención inspectora en casos de acoso escolar

SB0503

Intervención inspectora en el procedimiento de resolución de contrato

SB0504

Instrucción de expedientes disciplinarios a funcionarios

SB0505

Intervención inspectora ante los casos de acoso laboral

SB0506

Realización de informes sobre reclamaciones y denuncias

SB0507

Intervención inspectora ante incidentes graves que generan alarma en la comunidad educativa

SB0508

Control del absentismo del alumnado

SB0509

Mediación en situaciones de conflicto

SB0510

INFORMACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

PR06

Realización de Informes para la autorización de permanencia de los ACNEE un curso más en EI y EP y fragmentación del Bachillerato en bloques

SB0601

Inspector/a

Realización del informe de flexibilización del período de escolarización

SB0602

Inspector/a

Realización del Informe sobre necesidades de espacios

SB0603

Inspector/a

Emisión del informe sobre la desafección de espacios escolares

SB0604

Inspector/a

Emisión del informe sobre la autorización de nuevas enseñanzas

SB0605

Inspector/a

Emisión del informe sobre la autorización, apertura y cierre de centros

SB0606

Inspector/a

Elaboración del Informe sobre conciertos educativos

SB0607

Inspector/a

Realización de informes y estudios a petición de la Administración Educativa

SB0608

Inspector/a

Emisión de informes sobre preguntas parlamentarias

SB0609

Inspector/a

Emisión de informes al Defensor del Pueblo

SB0610

Inspector/a

Intervención inspectora ante solicitudes de acceso a información pública

SB0611

Inspector/a

COLABORACIÓN CON EL RESTO DE UNIDADES DE GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

PR07

Presidencia de las comisiones locales de escolarización

SB0701

Inspector/a

Participación en comisiones, tribunales y grupos de trabajo

SB0702

Inspector/a

Revisión de propuestas normativas del Departamento

SB0703

Inspector/a

Nombramiento de las direcciones (selección y extraordinario)

SB0704

Inspector/a

Elaboración de la propuesta de la oferta educativa y comunicación a los centros

SB0705

Área Plan. Ed.

Coordinación del proceso de escolarización y supervisión de la admisión del alumnado en centros

SB0706

Área Esc.

Premios extraordinarios alumnado

SB0707

Inspector/a

Determinación de la propuesta de plantilla orgánica de los centros

SB0709

Área Plan. Rec.

Determinación de la propuesta de plantilla de funcionamiento de los centros

SB0710

Área Plan. Rec.

Gestión de las itinerancias del profesorado

SB0712

Neg. C.A.A.

Autorización y registro de centros

SB0713

SIE

DIRECCIÓN Y PLANIFICACIÓN

PR08

Dirección SIE

Organización de inicio: Zonas, Áreas y Guardias

SB0801

Plan Plurianual de Actuación

SB0802

Plan Anual de Actuación

SB0803

PERSONAS

PR09

Dirección SIE

Provisión de personas mediante acceso

SB0901

Provisión temporal de personas

SB0902

Acogida y tutoría de personas

SB0903

Asignación de centros para la Inspección

SB0904

Gestión de sustituciones

SB0905

Formación anual

SB0906

RECURSOS

PR10

Dirección SIE

Elaboración y visado de informes de inspección

SB1001

La visita a los centros docentes

SB1002

Sistemas de información y comunicación: sitio web

SB1003

Comunicación externa: página web Dpto.

SB1004

Gestión de Instalaciones y equipos

SB1005

Gestión económica

SB1006

MEJORA E INNOVACIÓN

PR11

Inspector/a

Diseño y desarrollo de procesos-subprocesos

SB1101

Homogeneización de criterios actuación

SB1102

Percepción y expectativas de los directores/as de centros

SB1103

Percepción y expectativas de los miembros del SIE

SB1104

Autoevaluación del desempeño

SB1105

RESULTADOS

PR12

Inspector/a

Resultados de las actuaciones: gestión y control calidad interna

SB1201

ANEXO III

Plan de acción del curso 20../20..

LÍNEAS

ACCIONES

PROCESOS

RESPONSABLE

ANEXO IV

Seguimiento y evaluación del plan plurianual de actuación

LÍNEAS DE ACCIÓN

ACCIONES

SITUACIÓN DE LA ACCIÓN

VALORACIÓN GLOBAL
Y DECISIONES ADOPTADAS

GOBIERNO DE NAVARRA.

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